III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2021-11464)
Resolución de 30 de junio de 2021, de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Principado de Asturias y la Universidad de Oviedo, para la regulación del Centro de Investigación en Nanomateriales y Nanotecnología.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 82450
Capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Podrán constituirse, convocarse, celebrar sus sesiones, adoptar acuerdos y remitir actas
tanto de forma presencial como a distancia por medios electrónicos, de conformidad con
el artículo 17 de dicha Ley.
Los miembros de los órganos colegiados del Instituto no percibirán ningún tipo de
retribución por su participación en los mismos.
8.1
Comisión Rectora.
1. La Comisión Rectora es el órgano de gobierno del CINN y tiene competencias
sobre todas aquellas cuestiones e incidencias que afecten a la estructura, organización y
buen funcionamiento del Instituto.
2. Composición.
2.1
Son miembros de la Comisión Rectora:
a) Dos vocales en representación del Principado de Asturias, designados por la
persona titular de la Consejería competente en materia de ciencia.
b) Dos vocales en representación del CSIC.
c) Dos vocales en representación de la Universidad de Oviedo.
Los miembros de la Comisión Rectora no podrán tener la condición de personal
adscrito al Instituto.
2.2 Las personas titulares de la Dirección y la Gerencia asistirán a las reuniones
con voz y sin voto.
2.3 A propuesta de cualquier miembro de la Comisión Rectora, podrán ser invitados
a las reuniones, con voz y sin voto, personas ajenas a la misma cuando lo requiera la
naturaleza de los asuntos a tratar.
Funciones:
a) Conocer el Plan Estratégico plurianual del CINN y los Planes de Actuación
anuales que lo desarrollen, elevándolos a las instituciones cotitulares para, en su caso,
su evaluación y/o aprobación.
b) Aprobar, a propuesta de la Dirección, el presupuesto anual de ingresos y gastos
y la memoria anual de liquidación del ejercicio anterior.
c) Conocer la memoria anual de actividades aprobada por la Junta.
d) Acordar la propuesta de nombramiento y de cese de la persona titular de la
Dirección de conformidad con lo establecido en este convenio y en el RRI, para su
nombramiento y la formalización del cese por las instituciones cotitulares.
e) Acordar el nombramiento y el cese de las personas que ocuparán las
Vicedirecciones del Instituto a iniciativa de la Dirección, que deberá comunicarse a las
instituciones cotitulares.
f) Nombrar a los miembros del Comité Externo de Asesoramiento Científico, a
propuesta de la Dirección oída la Junta y previa consulta al Claustro Científico,
correspondiendo a la Dirección la comunicación del nombramiento.
g) Proponer a las partes la modificación del Reglamento de Régimen Interno del
Instituto, a propuesta de las instituciones cotitulares o de la Dirección oída la Junta.
h) Aprobar, a propuesta de la Dirección y previo informe de la Junta, y sin perjuicio
de lo que establezca el RRI al respecto, las normas que regulen los requisitos, las
condiciones y el procedimiento para la adscripción y desadscripción de personal
investigador al Instituto.
i) Aprobar, en su caso, la adscripción y desadscripción de personal investigador, de
conformidad con lo que establezcan las normas previstas en la letra anterior.
j) Proponer a las partes la creación, supresión o cambio de denominación de
departamentos y otras unidades o servicios que se detallen en el RRI, a propuesta de la
Dirección, oída la Junta.
cve: BOE-A-2021-11464
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 82450
Capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Podrán constituirse, convocarse, celebrar sus sesiones, adoptar acuerdos y remitir actas
tanto de forma presencial como a distancia por medios electrónicos, de conformidad con
el artículo 17 de dicha Ley.
Los miembros de los órganos colegiados del Instituto no percibirán ningún tipo de
retribución por su participación en los mismos.
8.1
Comisión Rectora.
1. La Comisión Rectora es el órgano de gobierno del CINN y tiene competencias
sobre todas aquellas cuestiones e incidencias que afecten a la estructura, organización y
buen funcionamiento del Instituto.
2. Composición.
2.1
Son miembros de la Comisión Rectora:
a) Dos vocales en representación del Principado de Asturias, designados por la
persona titular de la Consejería competente en materia de ciencia.
b) Dos vocales en representación del CSIC.
c) Dos vocales en representación de la Universidad de Oviedo.
Los miembros de la Comisión Rectora no podrán tener la condición de personal
adscrito al Instituto.
2.2 Las personas titulares de la Dirección y la Gerencia asistirán a las reuniones
con voz y sin voto.
2.3 A propuesta de cualquier miembro de la Comisión Rectora, podrán ser invitados
a las reuniones, con voz y sin voto, personas ajenas a la misma cuando lo requiera la
naturaleza de los asuntos a tratar.
Funciones:
a) Conocer el Plan Estratégico plurianual del CINN y los Planes de Actuación
anuales que lo desarrollen, elevándolos a las instituciones cotitulares para, en su caso,
su evaluación y/o aprobación.
b) Aprobar, a propuesta de la Dirección, el presupuesto anual de ingresos y gastos
y la memoria anual de liquidación del ejercicio anterior.
c) Conocer la memoria anual de actividades aprobada por la Junta.
d) Acordar la propuesta de nombramiento y de cese de la persona titular de la
Dirección de conformidad con lo establecido en este convenio y en el RRI, para su
nombramiento y la formalización del cese por las instituciones cotitulares.
e) Acordar el nombramiento y el cese de las personas que ocuparán las
Vicedirecciones del Instituto a iniciativa de la Dirección, que deberá comunicarse a las
instituciones cotitulares.
f) Nombrar a los miembros del Comité Externo de Asesoramiento Científico, a
propuesta de la Dirección oída la Junta y previa consulta al Claustro Científico,
correspondiendo a la Dirección la comunicación del nombramiento.
g) Proponer a las partes la modificación del Reglamento de Régimen Interno del
Instituto, a propuesta de las instituciones cotitulares o de la Dirección oída la Junta.
h) Aprobar, a propuesta de la Dirección y previo informe de la Junta, y sin perjuicio
de lo que establezca el RRI al respecto, las normas que regulen los requisitos, las
condiciones y el procedimiento para la adscripción y desadscripción de personal
investigador al Instituto.
i) Aprobar, en su caso, la adscripción y desadscripción de personal investigador, de
conformidad con lo que establezcan las normas previstas en la letra anterior.
j) Proponer a las partes la creación, supresión o cambio de denominación de
departamentos y otras unidades o servicios que se detallen en el RRI, a propuesta de la
Dirección, oída la Junta.
cve: BOE-A-2021-11464
Verificable en https://www.boe.es
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