III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-11446)
Resolución de 28 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se registra y publica el Acuerdo Tripartito en materia de solución de conflictos laborales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 82230
– Por la Unión General de Trabajadores, Rosa Santos Fernández.
– Por la Conferencia Teresa Díaz de Terán López.
– Por la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa, Teresa Díaz
de Terán López.
ANEXO
Preámbulo
El pasado 26 de noviembre de 2020 se firmó por las representaciones de la Unión
General de Trabajadores (UGT), Confederación Sindical de Comisiones Obreras
(CC.OO), Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la
Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), el Sexto
Acuerdo sobre Solución Autónoma de Conflictos Laborales (VI ASAC), por el que se
procede a dar continuidad al sistema de solución de conflictos iniciado hace veinticinco
años.
Las organizaciones firmantes del VI ASAC y el Ministerio de Trabajo y Economía
Social entienden que los resultados de los anteriores Acuerdos permiten efectuar una
valoración positiva, tanto sobre el funcionamiento y los beneficios de los procedimientos
alternativos de solución autónoma de conflictos laborales, como sobre la gestión
efectuada por la Fundación Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMAFSP), en adelante, Fundación, SIMA-FSP.
En el propio Capítulo II, del Título I del VI ASAC, las Organizaciones que lo suscriben
reconocen a la Fundación SIMA-FSP, como el soporte administrativo indispensable para
una gestión adecuada de los procedimientos de mediación y arbitraje y demás
actuaciones previstas en el citado Acuerdo.
Las partes firmantes del Acuerdo Tripartito coinciden, por tanto, en la necesidad de
seguir apostando por este sistema de solución autónoma y de hacerlo, concretamente, a
través de un doble compromiso. Por un lado, impulsar los sistemas de solución
autónoma de conflictos mediante el diálogo social por parte de las Organizaciones
Empresariales y Sindicales. Por otro, la voluntad de su mantenimiento y consolidación
por parte del Gobierno, a través de la Fundación SIMA-FSP y del apoyo expreso al
contenido que los interlocutores sociales le han dado al VI ASAC. Por lo tanto, el
Gobierno, evaluadas todas las posibilidades, considera que el mejor instrumento para la
consecución de los contenidos pactados por las Organizaciones Empresariales y
Sindicales más representativas en el VI ASAC en dotar de apoyo público para el
desarrollo de las funciones y cometidos de la Fundación SIMA-FSP.
En función de todo ello las partes firmantes han alcanzado el siguiente Acuerdo:
Artículo primero. Compromisos Presupuestarios, Técnicos y de Rendición de Cuentas
para el adecuado desarrollo de sus funciones por parte de la Fundación Servicio
Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA-FSP).
1. El Gobierno adoptará las medidas presupuestarias y técnicas necesarias para
facilitar la consecución de los fines estipulados en el Sexto Acuerdo sobre Solución
Autónoma de Conflictos (VI ASAC) a través del mantenimiento y la potenciación de la
Fundación Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA-FSP).
2. En desarrollo de lo previsto en el apartado anterior, el Ministerio de Trabajo y
Economía Social promoverá que se habilite el crédito necesario para dotar
presupuestariamente a la Fundación a través de dicho Ministerio, con el objetivo de
garantizar, durante la vigencia del VI ASAC, el adecuado desarrollo de las funciones que
ya se vienen ejerciendo por la Fundación SIMA-FSP, en virtud de lo previsto en los
Acuerdos anteriores, así como el despliegue de las nuevas funciones que se le asignan
en el VI ASAC.
3. De acuerdo con lo previsto en los apartados anteriores y en los Estatutos de la
Fundación SIMA-FSP, corresponde al Patronato de la Fundación, sin perjuicio de otras
cve: BOE-A-2021-11446
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 82230
– Por la Unión General de Trabajadores, Rosa Santos Fernández.
– Por la Conferencia Teresa Díaz de Terán López.
– Por la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa, Teresa Díaz
de Terán López.
ANEXO
Preámbulo
El pasado 26 de noviembre de 2020 se firmó por las representaciones de la Unión
General de Trabajadores (UGT), Confederación Sindical de Comisiones Obreras
(CC.OO), Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la
Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), el Sexto
Acuerdo sobre Solución Autónoma de Conflictos Laborales (VI ASAC), por el que se
procede a dar continuidad al sistema de solución de conflictos iniciado hace veinticinco
años.
Las organizaciones firmantes del VI ASAC y el Ministerio de Trabajo y Economía
Social entienden que los resultados de los anteriores Acuerdos permiten efectuar una
valoración positiva, tanto sobre el funcionamiento y los beneficios de los procedimientos
alternativos de solución autónoma de conflictos laborales, como sobre la gestión
efectuada por la Fundación Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMAFSP), en adelante, Fundación, SIMA-FSP.
En el propio Capítulo II, del Título I del VI ASAC, las Organizaciones que lo suscriben
reconocen a la Fundación SIMA-FSP, como el soporte administrativo indispensable para
una gestión adecuada de los procedimientos de mediación y arbitraje y demás
actuaciones previstas en el citado Acuerdo.
Las partes firmantes del Acuerdo Tripartito coinciden, por tanto, en la necesidad de
seguir apostando por este sistema de solución autónoma y de hacerlo, concretamente, a
través de un doble compromiso. Por un lado, impulsar los sistemas de solución
autónoma de conflictos mediante el diálogo social por parte de las Organizaciones
Empresariales y Sindicales. Por otro, la voluntad de su mantenimiento y consolidación
por parte del Gobierno, a través de la Fundación SIMA-FSP y del apoyo expreso al
contenido que los interlocutores sociales le han dado al VI ASAC. Por lo tanto, el
Gobierno, evaluadas todas las posibilidades, considera que el mejor instrumento para la
consecución de los contenidos pactados por las Organizaciones Empresariales y
Sindicales más representativas en el VI ASAC en dotar de apoyo público para el
desarrollo de las funciones y cometidos de la Fundación SIMA-FSP.
En función de todo ello las partes firmantes han alcanzado el siguiente Acuerdo:
Artículo primero. Compromisos Presupuestarios, Técnicos y de Rendición de Cuentas
para el adecuado desarrollo de sus funciones por parte de la Fundación Servicio
Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA-FSP).
1. El Gobierno adoptará las medidas presupuestarias y técnicas necesarias para
facilitar la consecución de los fines estipulados en el Sexto Acuerdo sobre Solución
Autónoma de Conflictos (VI ASAC) a través del mantenimiento y la potenciación de la
Fundación Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA-FSP).
2. En desarrollo de lo previsto en el apartado anterior, el Ministerio de Trabajo y
Economía Social promoverá que se habilite el crédito necesario para dotar
presupuestariamente a la Fundación a través de dicho Ministerio, con el objetivo de
garantizar, durante la vigencia del VI ASAC, el adecuado desarrollo de las funciones que
ya se vienen ejerciendo por la Fundación SIMA-FSP, en virtud de lo previsto en los
Acuerdos anteriores, así como el despliegue de las nuevas funciones que se le asignan
en el VI ASAC.
3. De acuerdo con lo previsto en los apartados anteriores y en los Estatutos de la
Fundación SIMA-FSP, corresponde al Patronato de la Fundación, sin perjuicio de otras
cve: BOE-A-2021-11446
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 163