I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Igualdad de género. (BOE-A-2021-11382)
Ley 2/2021, de 7 de junio, de igualdad social y no discriminación por razón de identidad de género, expresión de género y características sexuales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Artículo 47.
Sec. I. Pág. 81819
Violencia en el ámbito familiar.
Título VII. Medidas en el ámbito de la juventud y personas mayores.
Artículo 48. Protección de las personas jóvenes.
Artículo 49. Protección de las personas trans e intersexuales mayores.
Título VIII. Medidas en el ámbito del ocio, la cultura y el deporte.
Artículo 50. Promoción de una cultura inclusiva.
Artículo 51. Deporte, ocio y tiempo libre.
Título IX. Medidas en el ámbito de la cooperación internacional al desarrollo.
Artículo 52.
Cooperación internacional para el desarrollo.
Título X. Medidas en el ámbito de los medios de comunicación.
Artículo 53. Tratamiento igualitario de la información y la comunicación.
Artículo 54. Códigos deontológicos.
Título XI. Medidas en el ámbito del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias
Capítulo I. Actuación ante la diversidad sexual.
Artículo 55.
Protocolo de atención a la diversidad sexual.
Capítulo II.
Medidas en privación de libertad.
Artículo 56. Medidas respecto a personas trans e intersexuales en situación de
privación de libertad dentro de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Título XII. Régimen sancionador.
Artículo 57.
Artículo 58.
Artículo 59.
Artículo 60.
Artículo 61.
Artículo 62.
Artículo 63.
Artículo 64.
Artículo 65.
Responsabilidad.
Concurrencia con el orden jurisdiccional penal.
Infracciones.
Reincidencia.
Sanciones.
Graduación de las sanciones.
Prescripción.
Competencia del procedimiento sancionador.
Ejercicio de la potestad sancionadora.
Disposición derogatoria única.
Derogaciones normativas.
PREÁMBULO
I
El concepto de género en el ordenamiento jurídico canario, tal y como recoge la
vigente Ley 1/2010, de 26 de febrero, Canaria de Igualdad entre Mujeres y Hombres, es
una construcción social y cultural marcada por las desigualdades y que viene
determinada por una concepción tradicional en el contexto jurídico occidental de la
división de las personas en dos categorías diferentes en base a las características
cve: BOE-A-2021-11382
Verificable en https://www.boe.es
Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda. Cooperación y colaboración entre instituciones.
Disposición final tercera. Afectaciones presupuestarias.
Disposición final cuarta. Creación del comité consultivo.
Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Artículo 47.
Sec. I. Pág. 81819
Violencia en el ámbito familiar.
Título VII. Medidas en el ámbito de la juventud y personas mayores.
Artículo 48. Protección de las personas jóvenes.
Artículo 49. Protección de las personas trans e intersexuales mayores.
Título VIII. Medidas en el ámbito del ocio, la cultura y el deporte.
Artículo 50. Promoción de una cultura inclusiva.
Artículo 51. Deporte, ocio y tiempo libre.
Título IX. Medidas en el ámbito de la cooperación internacional al desarrollo.
Artículo 52.
Cooperación internacional para el desarrollo.
Título X. Medidas en el ámbito de los medios de comunicación.
Artículo 53. Tratamiento igualitario de la información y la comunicación.
Artículo 54. Códigos deontológicos.
Título XI. Medidas en el ámbito del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias
Capítulo I. Actuación ante la diversidad sexual.
Artículo 55.
Protocolo de atención a la diversidad sexual.
Capítulo II.
Medidas en privación de libertad.
Artículo 56. Medidas respecto a personas trans e intersexuales en situación de
privación de libertad dentro de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Título XII. Régimen sancionador.
Artículo 57.
Artículo 58.
Artículo 59.
Artículo 60.
Artículo 61.
Artículo 62.
Artículo 63.
Artículo 64.
Artículo 65.
Responsabilidad.
Concurrencia con el orden jurisdiccional penal.
Infracciones.
Reincidencia.
Sanciones.
Graduación de las sanciones.
Prescripción.
Competencia del procedimiento sancionador.
Ejercicio de la potestad sancionadora.
Disposición derogatoria única.
Derogaciones normativas.
PREÁMBULO
I
El concepto de género en el ordenamiento jurídico canario, tal y como recoge la
vigente Ley 1/2010, de 26 de febrero, Canaria de Igualdad entre Mujeres y Hombres, es
una construcción social y cultural marcada por las desigualdades y que viene
determinada por una concepción tradicional en el contexto jurídico occidental de la
división de las personas en dos categorías diferentes en base a las características
cve: BOE-A-2021-11382
Verificable en https://www.boe.es
Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda. Cooperación y colaboración entre instituciones.
Disposición final tercera. Afectaciones presupuestarias.
Disposición final cuarta. Creación del comité consultivo.
Disposición final quinta. Entrada en vigor.