III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-11356)
Resolución 420/38261/2021, de 28 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, para la realización del curso de verano "Tendencias geopolíticas: ¿Hacia dónde va Europa?".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Jueves 8 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 81600

partes, compuesta por, al menos, dos miembros nombrados por el Ministerio de Defensa
y otros dos nombrados por la Fundación General de la Universidad Complutense de
Madrid.
Compete a la Comisión Mixta resolver los problemas de interpretación y
cumplimiento del Convenio que puedan plantearse y programar las actividades. Todas
las decisiones se tomarán por consenso.
El régimen jurídico de esta Comisión Mixta se ajustará a las normas contenidas para
los órganos colegiados en el título preliminar, capítulo II, sección 3.ª, de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta. Protección y acceso a la información.
Se respetará la normativa en vigor sobre materias clasificadas, seguridad en la
información y seguridad militar y la correspondiente a la ordenación académica y los
Estatutos de la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid.
Las partes se comprometen a limitar el acceso a la información que pueda generarse
en las actividades objeto de este Convenio, por motivos de seguridad y Defensa
Nacional. En particular, cada parte mantendrá estrictamente protegida y no divulgará a
terceros, ni en todo ni en parte, la información y documentación clasificada recibida de la
otra parte e identificada como tal, en relación con el objeto y ejecución de este Convenio,
ni lo usarán, ni reproducirán, ni en todo ni en parte, sin autorización previa y escrita de la
otra parte, utilizando dicha información exclusivamente para los fines de este Convenio.
Protección de datos de carácter personal.

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos, RGPD), y en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, así como en las disposiciones de desarrollo que se
dicten.
Los datos personales que se traten en ejecución de este Convenio se incorporarán a
los registros de actividades de tratamiento de las partes intervinientes, con la finalidad de
gestionar las relaciones descritas en él. Las partes intervinientes se abstendrán de hacer
ningún tipo de tratamiento de los datos personales que no sea estrictamente necesario
para el cumplimiento de los fines de este Convenio. Los titulares de los datos personales
podrán ejercitar sus derechos frente a cualquiera de los responsables del tratamiento los
derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos personales, y la
limitación u oposición a su tratamiento.
Sobre el Ministerio de Defensa y la Fundación General de la Universidad
Complutense de Madrid, en calidad de corresponsables, recaen las responsabilidades
del tratamiento de los datos personales. El Ministerio de Defensa y la Fundación General
de la Universidad Complutense de Madrid asumen que deben informar a los titulares de
los datos personales de las características del tratamiento de los datos personales;
deben obtener el oportuno consentimiento de los titulares de los datos personales para
llevar a efectos los tratamientos de los datos personales consecuencia de las
actuaciones que se contemplan en el Convenio, y también asumen las obligaciones
derivadas de la obligación de implementar las oportunas medidas técnicas y
organizativas, y el correspondiente mecanismo en caso de violaciones de la seguridad
de los datos personales; así como establecer el mecanismo de respuesta al ejercicio por
los titulares de los datos personales de los derechos de protección de los datos
personales, y, si fuera necesario, establecer un mecanismo acordado de contratación de
encargado/s de tratamiento de datos personales.

cve: BOE-A-2021-11356
Verificable en https://www.boe.es

Séptima.