III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2021-11371)
Resolución de 29 de junio de 2021, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Valladolid y Elivere Innovación, para el estudio del aumento del rendimiento de módulos solares fotovoltaicos debido al enfriamiento de los mismos a partir de la flotación en agua.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Jueves 8 de julio de 2021
2.º
Sec. III. Pág. 81724
Elivere Innovación se compromete a:
– Asesorar durante la fase de instalación de ambas plantas.
– Asesorar sobre la instalación de los componentes de medida.
– Contribuir con instalación y equipamiento, para la fase de instalación de las plantas
y de los componentes de medida. Contribuir con personal cualificado en la realización de
este tipo de actividades.
– Participación en el desarrollo de los resultados y conclusiones.
– Redacción de publicación/es conjunta/s.
– Identificación de las convocatorias de I+D+i donde presentar proyecto/s de investigación.
3.º
El CIEMAT se compromete a:
– Asesorar durante la fase de instalación de ambas plantas.
– Asesorar sobre la instalación de los componentes de medida.
– Contribuir en las instalaciones del CEDER, con infraestructura científico-técnica y
administrativa suficiente para el desarrollo de las actividades.
– Contribuir en las instalaciones del CEDER, con los medios materiales para la
correcta instalación de las plantas.
– Seguimiento y recopilación de los datos obtenidos.
– Participación en el desarrollo de los resultados y conclusiones.
– Redacción de publicación/es conjunta/s.
– Identificación de las convocatorias de I+D+i donde presentar proyecto/s de
investigación.
– Contribuir con personal investigador con experiencia en la realización de este tipo
de actividades.
El personal de cada una de las partes que, con motivo del cumplimiento de los objetivos
del presente Convenio, hubiese de desplazarse y permanecer en las instalaciones de la otra
parte conservará en todo momento su dependencia laboral o administrativa de la parte de
origen, la cual asumirá las obligaciones legales de su condición.
No tendrán por tanto la consideración de personal de la parte que les acoge ni
acceso a las prestaciones y recursos reservados para el personal propio.
El personal de cada una de las partes desplazado a la otra deberá someterse,
durante su permanencia en el recinto o dependencias de ésta, a todas las normas de
régimen interior aplicables en los mismos.
Quinta.
Contribución de las partes.
Sexta.
Mecanismos de Seguimiento, vigilancia, y control.
Se acuerda que cada parte nombre a dos personas responsables del seguimiento y
control del cumplimiento de todo lo dispuesto en el presente Convenio hasta la extinción
del mismo.
Por parte de la Universidad de Valladolid se nombra al Vicerrector competente en la
materia, o persona en quien delegue, y a un Profesor Titular de la UVa.
cve: BOE-A-2021-11371
Verificable en https://www.boe.es
Las partes firmantes coordinarán entre ellos la contribución de recursos propios, y se
contemplará la posibilidad de otros recursos obtenidos mediante propuestas individuales
o conjuntas a entidades financiadoras de I+D públicas o privadas de ámbito autonómico,
nacional, europeo e internacional para la mejora del proyecto.
No hay intercambio económico entre las partes en el desarrollo del presente
Convenio.
Entre los recursos propios se incluirá personal investigador y puesta a disposición de
equipos e infraestructuras pertenecientes a cada una de las partes para el buen
desarrollo del Convenio, que se describe en anexo II.
Núm. 162
Jueves 8 de julio de 2021
2.º
Sec. III. Pág. 81724
Elivere Innovación se compromete a:
– Asesorar durante la fase de instalación de ambas plantas.
– Asesorar sobre la instalación de los componentes de medida.
– Contribuir con instalación y equipamiento, para la fase de instalación de las plantas
y de los componentes de medida. Contribuir con personal cualificado en la realización de
este tipo de actividades.
– Participación en el desarrollo de los resultados y conclusiones.
– Redacción de publicación/es conjunta/s.
– Identificación de las convocatorias de I+D+i donde presentar proyecto/s de investigación.
3.º
El CIEMAT se compromete a:
– Asesorar durante la fase de instalación de ambas plantas.
– Asesorar sobre la instalación de los componentes de medida.
– Contribuir en las instalaciones del CEDER, con infraestructura científico-técnica y
administrativa suficiente para el desarrollo de las actividades.
– Contribuir en las instalaciones del CEDER, con los medios materiales para la
correcta instalación de las plantas.
– Seguimiento y recopilación de los datos obtenidos.
– Participación en el desarrollo de los resultados y conclusiones.
– Redacción de publicación/es conjunta/s.
– Identificación de las convocatorias de I+D+i donde presentar proyecto/s de
investigación.
– Contribuir con personal investigador con experiencia en la realización de este tipo
de actividades.
El personal de cada una de las partes que, con motivo del cumplimiento de los objetivos
del presente Convenio, hubiese de desplazarse y permanecer en las instalaciones de la otra
parte conservará en todo momento su dependencia laboral o administrativa de la parte de
origen, la cual asumirá las obligaciones legales de su condición.
No tendrán por tanto la consideración de personal de la parte que les acoge ni
acceso a las prestaciones y recursos reservados para el personal propio.
El personal de cada una de las partes desplazado a la otra deberá someterse,
durante su permanencia en el recinto o dependencias de ésta, a todas las normas de
régimen interior aplicables en los mismos.
Quinta.
Contribución de las partes.
Sexta.
Mecanismos de Seguimiento, vigilancia, y control.
Se acuerda que cada parte nombre a dos personas responsables del seguimiento y
control del cumplimiento de todo lo dispuesto en el presente Convenio hasta la extinción
del mismo.
Por parte de la Universidad de Valladolid se nombra al Vicerrector competente en la
materia, o persona en quien delegue, y a un Profesor Titular de la UVa.
cve: BOE-A-2021-11371
Verificable en https://www.boe.es
Las partes firmantes coordinarán entre ellos la contribución de recursos propios, y se
contemplará la posibilidad de otros recursos obtenidos mediante propuestas individuales
o conjuntas a entidades financiadoras de I+D públicas o privadas de ámbito autonómico,
nacional, europeo e internacional para la mejora del proyecto.
No hay intercambio económico entre las partes en el desarrollo del presente
Convenio.
Entre los recursos propios se incluirá personal investigador y puesta a disposición de
equipos e infraestructuras pertenecientes a cada una de las partes para el buen
desarrollo del Convenio, que se describe en anexo II.