III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2021-11372)
Resolución de 25 de junio de 2021, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Bancaria Caja de Ahorros de Santander y Cantabria, para la organización de las actividades culturales "Toná" y "Lope y sus Doroteas".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 81732
o por motivos de otra índole, deberán ser aprobadas por ambas instituciones a través de
sus responsables de seguimiento del Convenio.
Tercera. Actuaciones de cada una de las partes. Colaboración en la organización y
gestión.
Para la ejecución de este Convenio las partes firmantes asumen los siguientes
compromisos de gestión:
a) La UIMP, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de
actividades culturales, se encargará, siempre dentro de lo que establezca su normativa
sobre procedimientos y demás legislación que le sea aplicable como organismo público,
de:
– Cachet, viajes, alojamiento y manutención de los participantes en las actividades.
– Alquiler de equipamientos y servicios técnicos de escena necesarios para las
actividades objeto de este Convenio, no existentes en las instalaciones del Teatro Centro
de Acción Social y Cultural (Teatro CASYC).
– En caso de suspensión o aplazamiento de todas o alguna de las actividades
previstas en este Convenio, la UIMP se hará cargo del coste de los servicios de venta y
devolución prestados por la entidad que lo gestiona.
– Publicidad de la celebración de las actividades culturales dentro del plan general
de publicidad de la UIMP.
– Diseño y maquetación del programa en el apartado correspondiente de la web de
la UIMP.
– Servicios de personal propio derivado de la gestión de las actividades culturales.
– Recopilación de la documentación de las actividades culturales. Inclusión de la
misma en la memoria anual de la UIMP.
b) La Fundación Caja Cantabria, por su parte, se encargará de las siguientes
gestiones, de acuerdo a sus procedimientos y normativa:
– Infraestructura general y medios técnicos existentes en su sede para la
organización y realización de las actividades culturales en el Teatro CASYC: servicio de
limpieza, mantenimiento y vigilancia, incluida la gestión de cobro de entradas con la
mercantil que presta el servicio.
– Servicios de personal propio derivado de la gestión de las actividades culturales.
– Podrá apoyar a la UIMP en la campaña de promoción de las actividades culturales,
a través de su propia web, con anuncios complementarios en prensa, mediante la
difusión directa del programa entre el público específico o llevando a cabo cuantas otras
acciones estimen convenientes, respetando en la medida de lo posible el diseño de la
campaña publicitaria de la UIMP.
– Podrá apoyar, a través de su propio gabinete de prensa y comunicación, la labor
realizada por la UIMP con los medios de comunicación, siempre con la necesaria
coordinación y apoyo mutuo.
Cuarta. Compromisos económicos de las partes. Colaboración en la financiación.
I. La Fundación Caja Cantabria se compromete a contribuir a la financiación de los
gastos derivados de la organización y celebración de las actividades culturales objeto de
este Convenio asumiendo directamente, con cargo a su presupuesto ordinario, la
financiación de las partidas que gestiona de acuerdo con lo indicado en el apartado b) de
la cláusula tercera, que estima en cuatro mil seiscientos treinta y cinco euros (4.635 €).
II. Los ingresos netos totales que se obtengan por la taquilla de ambas actividades
deberán ser transferidos por la Fundación Caja Cantabria a la UIMP, para su aplicación a los
costes de las actividades. Estos ingresos se estiman en cinco mil seiscientos euros (5.600 €),
calculados a razón de 14 € netos por entrada y 200 entradas a la venta por cada una de las
cve: BOE-A-2021-11372
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 162
Jueves 8 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 81732
o por motivos de otra índole, deberán ser aprobadas por ambas instituciones a través de
sus responsables de seguimiento del Convenio.
Tercera. Actuaciones de cada una de las partes. Colaboración en la organización y
gestión.
Para la ejecución de este Convenio las partes firmantes asumen los siguientes
compromisos de gestión:
a) La UIMP, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de
actividades culturales, se encargará, siempre dentro de lo que establezca su normativa
sobre procedimientos y demás legislación que le sea aplicable como organismo público,
de:
– Cachet, viajes, alojamiento y manutención de los participantes en las actividades.
– Alquiler de equipamientos y servicios técnicos de escena necesarios para las
actividades objeto de este Convenio, no existentes en las instalaciones del Teatro Centro
de Acción Social y Cultural (Teatro CASYC).
– En caso de suspensión o aplazamiento de todas o alguna de las actividades
previstas en este Convenio, la UIMP se hará cargo del coste de los servicios de venta y
devolución prestados por la entidad que lo gestiona.
– Publicidad de la celebración de las actividades culturales dentro del plan general
de publicidad de la UIMP.
– Diseño y maquetación del programa en el apartado correspondiente de la web de
la UIMP.
– Servicios de personal propio derivado de la gestión de las actividades culturales.
– Recopilación de la documentación de las actividades culturales. Inclusión de la
misma en la memoria anual de la UIMP.
b) La Fundación Caja Cantabria, por su parte, se encargará de las siguientes
gestiones, de acuerdo a sus procedimientos y normativa:
– Infraestructura general y medios técnicos existentes en su sede para la
organización y realización de las actividades culturales en el Teatro CASYC: servicio de
limpieza, mantenimiento y vigilancia, incluida la gestión de cobro de entradas con la
mercantil que presta el servicio.
– Servicios de personal propio derivado de la gestión de las actividades culturales.
– Podrá apoyar a la UIMP en la campaña de promoción de las actividades culturales,
a través de su propia web, con anuncios complementarios en prensa, mediante la
difusión directa del programa entre el público específico o llevando a cabo cuantas otras
acciones estimen convenientes, respetando en la medida de lo posible el diseño de la
campaña publicitaria de la UIMP.
– Podrá apoyar, a través de su propio gabinete de prensa y comunicación, la labor
realizada por la UIMP con los medios de comunicación, siempre con la necesaria
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Cuarta. Compromisos económicos de las partes. Colaboración en la financiación.
I. La Fundación Caja Cantabria se compromete a contribuir a la financiación de los
gastos derivados de la organización y celebración de las actividades culturales objeto de
este Convenio asumiendo directamente, con cargo a su presupuesto ordinario, la
financiación de las partidas que gestiona de acuerdo con lo indicado en el apartado b) de
la cláusula tercera, que estima en cuatro mil seiscientos treinta y cinco euros (4.635 €).
II. Los ingresos netos totales que se obtengan por la taquilla de ambas actividades
deberán ser transferidos por la Fundación Caja Cantabria a la UIMP, para su aplicación a los
costes de las actividades. Estos ingresos se estiman en cinco mil seiscientos euros (5.600 €),
calculados a razón de 14 € netos por entrada y 200 entradas a la venta por cada una de las
cve: BOE-A-2021-11372
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