V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2021-32633)
Acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla de delegación de competencias del propio Consejo de Administración en los Órganos y personal de la Autoridad Portuaria de Sevilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de julio de 2021

Sec. V-B. Pág. 43214

similares que comporten meras declaraciones de intención de contenido general o
que expresen la voluntad de las Administraciones y partes suscriptoras para actuar
con un objetivo común, siempre que no supongan la formalización de compromisos
jurídicos concretos y exigibles.
3. La aprobación de las modificaciones internas de los presupuestos que no
incrementen la cuantía total del mismo y sean consecuencia de las necesidades
surgidas durante el ejercicio.
4. Realizar cuantos actos sean precisos para la gestión y administración del
patrimonio propio de la Autoridad Portuaria de Sevilla, incluyendo la realización de
cuantos actos sean necesarios para su inscripción en los correspondientes
Registros públicos.
5. Realizar los actos de disposición de bienes muebles de cuantía no superior
a 36.000 € y la cesión temporal de los mismos, cualquiera sea su cuantía,
incluyéndose la declaración de innecesariedad de vehículos, maquinaria, equipos,
bienes muebles de cualquier naturaleza, así como de materiales inservibles e
instalaciones no fijas y acordar y formalizar lo menester para su enajenación,
cesión temporal, donación y/o desguace o traslado a vertedero según estime
procedente.
6. El otorgamiento de préstamos reintegrables a los empleados de la Autoridad
Portuaria de Sevilla. 7. Resolver sobre las solicitudes relativas a devolución de
garantías en materias de las que sea competente el Consejo de Administración.
8. Aprobar económicamente las inversiones y gastos que estén incluidos en la
programación aprobada, sin perjuicio de las delegaciones que en esta materia se
establecen en el Director.
9. La aplicación de las tasas y tarifas portuarias.
10. La rectificación y anulación de las liquidaciones y facturas por tasas y
tarifas portuarias, y la resolución de los recursos y reclamaciones sobre ellas sin
perjuicio de las delegaciones que en esta materia se establecen en el Director.
11. La gestión y recaudación hasta su efectivo ingreso en todos sus trámites de
las tasas, sanciones, tributos, y demás ingresos de naturaleza pública, en las que
se incluyen, con carácter no exhaustivo, los actos de determinación, giro,
comprobación, concesión y denegación de aplazamiento o fraccionamiento de
deudas, compensación de deudas, suspensión, apremio, y cualesquiera otras
previstas en la normativa de recaudación. Las actuaciones que correspondan a la
Autoridad Portuaria de Sevilla en cumplimiento de los Convenios que tiene
suscritos en materia de gestión recaudatoria.
A.2. EN MATERIA DE ORGANIZACIÓN Y PERSONAL
1. Contratar al personal regulado por Convenio Colectivo y fuera de Convenio
de la Autoridad Portuaria de Sevilla, cuya selección se realizará de acuerdo con
sistemas basados en los principios de igualdad, mérito y capacidad y mediante
convocatoria pública, aprobar el régimen retributivo de personal directivo y técnico,
y establecer los criterios para la negociación colectiva de las condiciones de
trabajo del personal, y los criterios de excedencias incluida su aplicación, sin
perjuicio, en este sentido, de lo establecido en la normativa que resulta de
aplicación. No se delega la separación o cese del personal fijo tanto de Convenio

cve: BOE-B-2021-32633
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Núm. 162