T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2021-11298)
Sala Segunda. Sentencia 116/2021, de 31 de mayo de 2021. Recurso de amparo 1619-2020. Promovido por D.P.G. Redacción y Administración, S.L., respecto de las resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia de Elche (Alicante) en procedimiento de ejecución hipotecaria. Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: entidad mercantil que se desentiende de la suerte de un procedimiento de ejecución y de la convocatoria de una subasta de la que tenía fehaciente conocimiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161

Miércoles 7 de julio de 2021

Sec. TC. Pág. 80816

SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
11298

Sala Segunda. Sentencia 116/2021, de 31 de mayo de 2021. Recurso de
amparo 1619-2020. Promovido por D.P.G. Redacción y Administración, S.L.,
respecto de las resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia de
Elche (Alicante) en procedimiento de ejecución hipotecaria. Supuesta
vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: entidad mercantil
que se desentiende de la suerte de un procedimiento de ejecución y de la
convocatoria de una subasta de la que tenía fehaciente conocimiento.

ECLI:ES:TC:2021:116
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional compuesta por la magistrada doña
Encarnación Roca Trías, presidenta, y los magistrados don Juan Antonio Xiol Ríos, don
Pedro José González-Trevijano Sánchez, don Antonio Narváez Rodríguez, y don Ricardo
Enríquez Sancho, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 1619-2020, promovido por la entidad D.P.G.
Redacción y Administración, S.L., contra el auto del Juzgado de Primera Instancia núm.
2 de Elche de 12 de febrero de 2020, por el que se desestima el recurso de reposición
interpuesto contra el auto de 24 de octubre de 2019, por el que se desestima el incidente
de nulidad de actuaciones, pronunciado en el procedimiento de ejecución hipotecaria
núm. 2365-2015. Ha comparecido la entidad Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa
de Crédito. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente el magistrado don Juan
Antonio Xiol Ríos.
I. Antecedentes
1. La entidad D.P.G. Redacción y Administración, S.L., representada por la
procuradora de los tribunales doña Francisca Orts Mogica y bajo la dirección del letrado
don Alfredo Martínez Lidón, interpuso recurso de amparo contra las resoluciones citadas
en el encabezamiento, mediante escrito registrado en este tribunal el 11 de marzo
de 2020.
El recurso tiene su origen en los siguientes antecedentes:

a) El 30 de octubre de 2015 se formuló demanda de ejecución hipotecaria contra la
entidad recurrente en amparo, como deudora principal, y contra su administradora única,
como fiadora, dando lugar al procedimiento de ejecución hipotecaria núm. 2365-2015,
tramitado por el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Elche.
b) El juzgado, por auto de 16 marzo de 2016, acordó despachar ejecución y su
notificación a los ejecutados. Se efectuó un primer intento de notificación en el domicilio
social de la entidad recurrente que figuraba en el título ejecutivo el 7 de abril de 2016 con
resultado negativo, haciendo constar el funcionario del servicio común de notificaciones
que no pudo llevarse a efecto por «encontrar un bajo cerrado y según los vecinos

cve: BOE-A-2021-11298
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