III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2021-11225)
Resolución de 28 de junio de 2021, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con el Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha, para la colaboración científico-tecnológica en la Planta Clamber.
<< 7 << Página 7
Página 8 Pág. 8
-
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Martes 6 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 80345

al convenio, sin que en ningún caso la duración total del convenio, incluidas las
prórrogas, pueda superar los ocho años.
Duodécima.

Confidencialidad y protección de datos.

Ambas partes se comprometen a adoptar las medidas oportunas para respetar la
confidencialidad y asegurar el tratamiento de los datos de carácter personal de acuerdo
con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
Garantía de los Derechos Digitales.
Lo referido a la confidencialidad subsistirán después de la terminación del presente
Convenio y durante un período de dos años contados a partir de la fecha de su eficacia.
Decimotercera.

Naturaleza y jurisdicción.

Este convenio tiene su fundamento en lo establecido en el artículo 34 de la
Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y sujeto a lo
dispuesto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
El presente Convenio se incluye en los previstos en el Artículo 47.2.a), de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las controversias a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o
resolución del presente convenio serán resueltas en el seno de la Comisión de
Seguimiento. Si no hubiera acuerdo, las cuestiones litigiosas que surjan serán de
competencia de los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional contenciosoadministrativo, con arreglo a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción
contencioso administrativa.

cve: BOE-A-2021-11225
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido,
ambas partes firman el presente Convenio en duplicado ejemplar y en todas sus hojas,
en el lugar y fecha al principio indicados.–El Consejero de Agricultura, Agua y Desarrollo
Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Francisco Martínez Arroyo.–El
Director General del CIEMAT, Carlos Alejaldre Losilla.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X