III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-11211)
Resolución de 26 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican los Acuerdos de revisión salarial y las tablas salariales para el año 2021 del VII Convenio colectivo estatal del sector de fabricantes de yesos, escayolas, cales y sus prefabricados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Martes 6 de julio de 2021
Niveles
Año 2021
VIII
17.572,88
IX
17.214,25
X
16.854,70
XI
16.481,60
Sec. III. Pág. 80101
2. Durante el año 2021, se aplicará un importe equivalente al 2,5 %, sobre
el SMG de 2020.
3. Será aplicable al SMG para el ejercicio 2021 los mismos criterios de
actualización previstos en el apartado 4 del artículo 42.
4. Las cantidades que se abonan, cualquier que sea su denominación en
concepto de pluses extrasalariales, serán equivalentes al 8 % del Salario Mínimo
Interprofesional vigente.
Segundo. Adición de un nuevo Anexo VII al Convenio a través del cual se procede a la
actualización de las tablas salariales para el año 2021.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Convenio, se procede a
modificar y actualizar el importe de las tablas salariales provinciales establecidas en el
Anexo VII para el año 2021, tras la aplicación de un incremento equivalente al 2,5 %
sobre las tablas del año 2020.
La liquidación y pago de los incrementos que se hayan devengado correspondientes
a las tablas de 2021 se harán efectivos dentro de los dos meses siguientes tras la
publicación en el BOE del presente Acuerdo de actualización salarial del convenio.
De esta manera, se procede a la adición de un nuevo Anexo VII, cuyo contenido se
establece como a continuación se expone:
ANEXO VII
Tablas salariales para 2021
Nivel / Categoría profesional Salario base mes
Salario
base día
Plus asistencia
mes
Plus asistencia día
Plus Resp.
esp. mes
Plus convenio
mes
Plus
convenio día
II Titulado superior.
1.916,42
63,88
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
III Titulado medio.
1.664,41
55,48
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
IV Encargado general.
1.594,13
53,14
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
V Jefe administración 2.ª.
1.502,16
50,06
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
VI Oficial de 1.ª
administrativo.
1.372,92
45,77
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
VII Capataz.
1.319,54
43,99
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
VIII Oficial de 1.ª de oficio.
1.261,41
42,05
188,34
7,54
62,87
18,50
0,76
IX Oficial de 2.ª de oficio.
1.225,38
40,85
188,34
7,54
31,43
18,50
0,76
X Ayudante.
1.203,72
40,12
188,34
7,54
18,50
0,76
XI Peón especialista.
1.188,09
39,60
188,34
7,54
18,50
0,76
XII Peón ordinario.
1.168,15
38,93
188,34
7,54
18,50
0,76
cve: BOE-A-2021-11211
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Albacete
Núm. 160
Martes 6 de julio de 2021
Niveles
Año 2021
VIII
17.572,88
IX
17.214,25
X
16.854,70
XI
16.481,60
Sec. III. Pág. 80101
2. Durante el año 2021, se aplicará un importe equivalente al 2,5 %, sobre
el SMG de 2020.
3. Será aplicable al SMG para el ejercicio 2021 los mismos criterios de
actualización previstos en el apartado 4 del artículo 42.
4. Las cantidades que se abonan, cualquier que sea su denominación en
concepto de pluses extrasalariales, serán equivalentes al 8 % del Salario Mínimo
Interprofesional vigente.
Segundo. Adición de un nuevo Anexo VII al Convenio a través del cual se procede a la
actualización de las tablas salariales para el año 2021.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Convenio, se procede a
modificar y actualizar el importe de las tablas salariales provinciales establecidas en el
Anexo VII para el año 2021, tras la aplicación de un incremento equivalente al 2,5 %
sobre las tablas del año 2020.
La liquidación y pago de los incrementos que se hayan devengado correspondientes
a las tablas de 2021 se harán efectivos dentro de los dos meses siguientes tras la
publicación en el BOE del presente Acuerdo de actualización salarial del convenio.
De esta manera, se procede a la adición de un nuevo Anexo VII, cuyo contenido se
establece como a continuación se expone:
ANEXO VII
Tablas salariales para 2021
Nivel / Categoría profesional Salario base mes
Salario
base día
Plus asistencia
mes
Plus asistencia día
Plus Resp.
esp. mes
Plus convenio
mes
Plus
convenio día
II Titulado superior.
1.916,42
63,88
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
III Titulado medio.
1.664,41
55,48
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
IV Encargado general.
1.594,13
53,14
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
V Jefe administración 2.ª.
1.502,16
50,06
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
VI Oficial de 1.ª
administrativo.
1.372,92
45,77
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
VII Capataz.
1.319,54
43,99
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
VIII Oficial de 1.ª de oficio.
1.261,41
42,05
188,34
7,54
62,87
18,50
0,76
IX Oficial de 2.ª de oficio.
1.225,38
40,85
188,34
7,54
31,43
18,50
0,76
X Ayudante.
1.203,72
40,12
188,34
7,54
18,50
0,76
XI Peón especialista.
1.188,09
39,60
188,34
7,54
18,50
0,76
XII Peón ordinario.
1.168,15
38,93
188,34
7,54
18,50
0,76
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