III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2021-11013)
Resolución de 24 de junio de 2021, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Consejo General de Graduados Sociales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157

Viernes 2 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 79116

agilizando dicha actuación y confiriéndole un mayor grado de fiabilidad, transparencia y
seguridad jurídica.
Sexto.
El presente Convenio fija las pautas y el marco de colaboración entre la Dirección
General del Catastro y los Colegios de Graduados Sociales que podrán suscribir los
convenios cuya formalización soliciten en los términos fijados en el presente Convenio
suscrito con el Consejo General de Colegios de Graduados Sociales de España.
Séptimo.
El presente Convenio ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado
del Ministerio de Hacienda.
En consecuencia, las partes intervinientes proceden a la formalización del presente
Convenio de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

Es objeto del presente Convenio establecer el marco básico de colaboración, en
régimen de encomienda de gestión, entre la Dirección General del Catastro y los
distintos Colegios de Graduados Sociales que suscriban el correspondiente Convenio al
amparo del presente suscrito por el Consejo General de Colegios de Graduados
Sociales de España.
El Convenio prevé compromisos con relación a las actuaciones de asistencia a los
clientes que les formulen el correspondiente encargo profesional para la confección y
presentación de declaraciones catastrales, con utilización del asistente de declaraciones
y el asistente gráfico, en su caso, así como para la obtención del Informe de Validación
Gráfica. Por otra parte, se contemplan actuaciones de asistencia a sus clientes en la
comparecencia electrónica para ser notificados, así como el compromiso de
establecimiento de un Punto de Información Catastral en la sede colegial o, en su caso,
en las Delegaciones Provinciales que formen parte de la demarcación colegial.
Documentación gráfica de la definición de los bienes inmuebles.

El Colegio que suscriba el correspondiente convenio pondrá a disposición de la
Dirección General del Catastro, por procedimientos telemáticos, en los formatos digitales
que determine ésta y previo informe de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control
del convenio, la documentación gráfica digital de que disponga de los bienes inmuebles
objeto de sus encargos profesionales y con trascendencia catastral.
Dicha documentación se reflejará sobre la cartografía oficial de la Dirección General
del Catastro y contendrá la referencia catastral, superficies, usos y designación, en su
caso, de los distintos bienes inmuebles. Asimismo, irá acompañada del correspondiente
Informe de Validación Gráfica positivo cuando las alteraciones sobre los inmuebles
afecten al parcelario catastral y de la documentación que acuerde la Comisión de
seguimiento, vigilancia y control.
Para el cumplimiento de este compromiso, la Dirección General del Catastro
permitirá el acceso de los colegiados, en régimen de encomienda de gestión, a las
aplicaciones catastrales gráficas, en particular el asistente gráfico, que permitan la
generación de la cartografía en los formatos mencionados y la obtención del
correspondiente Informe de Validación Gráfica.
A dicha información se añadirá, según proceda, el documento de conformidad
expresa de todos los colindantes afectados por la alteración catastral de las parcelas o,
en su defecto, del mayor número posible de ellos; pudiendo utilizarse para ello el modelo

cve: BOE-A-2021-11013
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.