III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2021-11013)
Resolución de 24 de junio de 2021, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Consejo General de Graduados Sociales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157

Viernes 2 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 79115

que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales y en el Real Decreto 689/2020, de 21 de julio, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda.
Segundo.
El Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de
la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de
marzo, regula, entre otras cuestiones, la colaboración en la gestión del Catastro entre la
Administración del Estado y otras Administraciones, Entidades y Corporaciones públicas,
fijando el marco al que deben sujetarse los convenios que, sobre esta materia, se
suscriban, sin perjuicio de la aplicación de las prescripciones de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero.
El artículo 92 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, relativo al
principio de colaboración social en la gestión de tributos, establece que ésta podrá
instrumentarse a través de acuerdos entre la Administración Tributaria y las entidades
interesadas.
Cuarto.
El Consejo General de Colegios de Graduados Sociales de España es una
Corporación de Derecho Público con plena capacidad de obrar, órgano representativo de
la profesión en el ámbito estatal e internacional y coordinador de la política y acciones
desarrolladas por los Consejos de Colegios de las Comunidades Autónomas y los
Colegios de Graduados Sociales, de conformidad con los artículos 68 y 71 de los
Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Graduados Sociales y del Consejo
General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España, así como con los
artículos 4.4, y 9 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.

La suscripción del presente Convenio básico responde a la conveniencia y necesidad
de establecer los cauces de colaboración entre la Dirección General del Catastro y los
Colegios Oficiales de Graduados Sociales sobre las nuevas posibilidades normativas y
tecnológicas. Esta colaboración propiciará la mejora de las prestaciones a los
ciudadanos y la consecución del común objetivo de acercamiento de la Administración
pública a aquellos.
Así, las fórmulas de colaboración permitirán facilitar al ciudadano el cumplimiento de
sus obligaciones tributarias en general y, en particular, la de presentación electrónica de
declaraciones catastrales ante el Catastro, así como la práctica de la notificación
electrónica. Por otra parte, se contempla el compromiso de gestionar Puntos de
Información Catastral que permitirán la prestación de los servicios de acceso a la
información catastral y aquellos otros que puedan solicitarse.
Eje primordial de la colaboración es la asistencia de los colegiados a sus clientes en
la confección y presentación de declaraciones y otros escritos ante el Catastro
Inmobiliario, así como en la práctica de las notificaciones electrónicas y en la obtención
electrónica de los datos catastrales precisos para la realización de sus encargos
profesionales lo que propiciará la mejora de las prestaciones a los ciudadanos,

cve: BOE-A-2021-11013
Verificable en https://www.boe.es

Quinto.