III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-11035)
Resolución de 24 de junio de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se determina la información necesaria que deben contener los códigos QR para acceder al comparador de ofertas de gas y electricidad de la CNMC, que han de incluirse en la factura de electricidad, y la información a incluir en los vínculos en las facturas electrónicas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm.
23
24
25
Viernes 2 de julio de 2021
Clave
cfP2
Consumo del periodo de facturación en
P2, en kWh.
cfP3
Consumo del periodo de facturación en
P3, en kWh.
cfP4
26
Descripción
cfP5
Consumo del periodo de facturación en
P4, en kWh.
Consumo del periodo de facturación en
P5, en kWh.
Formato
9(4)
9(4)
9(4)
9(4)
Unidad
Sec. III. Pág. 79305
Observaciones
Obligatorio
kWh
Siempre, salvo en facturas
regularizadoras,
rectificativas o de
anulación.
kWh
Siempre, salvo en facturas
regularizadoras,
rectificativas o de
anulación.
kWh
Siempre, salvo en facturas
regularizadoras,
rectificativas o de
anulación y Solo en peajes
3.0TD.
kWh
Siempre, salvo en facturas
regularizadoras,
rectificativas o de
anulación y solo en peajes
3.0TD.
kWh
Siempre, salvo en facturas
regularizadoras,
rectificativas o de
anulación y solo en peajes
3.0TD.
27
cfP6
Consumo del periodo de facturación en
P6, en kWh.
9(4)
28
iniF
Fecha inicio del periodo de facturación.
AAAA-MMDD
⊠
29
finF
Fecha fin del periodo de facturación.
AAAA-MMDD
⊠
30
impSA
31
Subtotal de los importes correspondientes
a servicios adicionales en la factura
actual, sin impuestos, en euros.
D(6,2)
eur
⊠
Subtotal de los importes correspondientes
a otros conceptos (derechos de
enganche, penalizaciones por excesos de
impOtros potencia, reactiva, aumento depósito
garantía, regularizaciones, suplementos
territoriales, así como otros conceptos
aperiódicos ), sin impuestos, en euros.
D(6,2)
eur
⊠
D(6,2)
eur
32
exc
Subtotal de los importes correspondientes
a excedentes de autoconsumo, sin
impuestos, en euros.
33
com
Comercializador. R2-XXX.
X(6)
-
⊠
34
cups
CUPS.
X(22)
-
⊠
Solo si tiene autoconsumo,
aunque no tenga
compensación.
kW
Durante el primer año de puesta
en marcha de esta resolución, se
proporcionará el mejor valor
disponible.
⊠
D(5,2)
kW
Ídem.
⊠
D(5,2)
kW
Ídem.
Solo en peajes 3.0TD.
35
Potencia máxima demanda en el último
pmaxP1
año en P1, en kW.
D(5,2)
36
pmaxP2
Potencia máxima demanda en el último
año en P2, en kW.
37
pmaxP3
Potencia máxima demanda en el último
año en P3, en kW.
(5)
Se consignará en valor absoluto.
Valores coincidentes con los definidos para estos peajes en las Circulares 1/2005, 2/2005 y 2/2016 de la CNMC.
cve: BOE-A-2021-11035
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 157
Núm.
23
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Viernes 2 de julio de 2021
Clave
cfP2
Consumo del periodo de facturación en
P2, en kWh.
cfP3
Consumo del periodo de facturación en
P3, en kWh.
cfP4
26
Descripción
cfP5
Consumo del periodo de facturación en
P4, en kWh.
Consumo del periodo de facturación en
P5, en kWh.
Formato
9(4)
9(4)
9(4)
9(4)
Unidad
Sec. III. Pág. 79305
Observaciones
Obligatorio
kWh
Siempre, salvo en facturas
regularizadoras,
rectificativas o de
anulación.
kWh
Siempre, salvo en facturas
regularizadoras,
rectificativas o de
anulación.
kWh
Siempre, salvo en facturas
regularizadoras,
rectificativas o de
anulación y Solo en peajes
3.0TD.
kWh
Siempre, salvo en facturas
regularizadoras,
rectificativas o de
anulación y solo en peajes
3.0TD.
kWh
Siempre, salvo en facturas
regularizadoras,
rectificativas o de
anulación y solo en peajes
3.0TD.
27
cfP6
Consumo del periodo de facturación en
P6, en kWh.
9(4)
28
iniF
Fecha inicio del periodo de facturación.
AAAA-MMDD
⊠
29
finF
Fecha fin del periodo de facturación.
AAAA-MMDD
⊠
30
impSA
31
Subtotal de los importes correspondientes
a servicios adicionales en la factura
actual, sin impuestos, en euros.
D(6,2)
eur
⊠
Subtotal de los importes correspondientes
a otros conceptos (derechos de
enganche, penalizaciones por excesos de
impOtros potencia, reactiva, aumento depósito
garantía, regularizaciones, suplementos
territoriales, así como otros conceptos
aperiódicos ), sin impuestos, en euros.
D(6,2)
eur
⊠
D(6,2)
eur
32
exc
Subtotal de los importes correspondientes
a excedentes de autoconsumo, sin
impuestos, en euros.
33
com
Comercializador. R2-XXX.
X(6)
-
⊠
34
cups
CUPS.
X(22)
-
⊠
Solo si tiene autoconsumo,
aunque no tenga
compensación.
kW
Durante el primer año de puesta
en marcha de esta resolución, se
proporcionará el mejor valor
disponible.
⊠
D(5,2)
kW
Ídem.
⊠
D(5,2)
kW
Ídem.
Solo en peajes 3.0TD.
35
Potencia máxima demanda en el último
pmaxP1
año en P1, en kW.
D(5,2)
36
pmaxP2
Potencia máxima demanda en el último
año en P2, en kW.
37
pmaxP3
Potencia máxima demanda en el último
año en P3, en kW.
(5)
Se consignará en valor absoluto.
Valores coincidentes con los definidos para estos peajes en las Circulares 1/2005, 2/2005 y 2/2016 de la CNMC.
cve: BOE-A-2021-11035
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 157