III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2021-11022)
Resolución de 23 de junio de 2021, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se publica el Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, para el desarrollo de nuevas funcionalidades de la plataforma tecnológica que facilita información sobre oferta y demanda de material de protección necesario para que las empresas puedan ejercer su actividad en condiciones de seguridad frente al COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 2 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 79225
Las partes se reconocen recíprocamente competencia y capacidad legal para
obligarse y otorgar el presente Convenio, a cuyo efecto
EXPONEN
1. El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (MINCOTUR) es, según lo previsto
en el artículo 1 del Real Decreto 998/2018, de 3 de agosto, que desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, el Departamento de la
Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia de industria, comercio y turismo que abarca, entre otros aspectos, el
desarrollo industrial y de la pequeña y mediana empresa.
2. La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, en
adelante Cámara de España, es una corporación de Derecho Público, con personalidad
jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.
La Cámara de España está integrada por representantes de las Cámaras de
Comercio de las Comunidades Autónomas y ciudad autónoma de Ceuta, las grandes
empresas de mayor contribución, las organizaciones empresariales y de autónomos, los
Ministerios por razón de la competencia y las Federaciones de las Cámaras Oficiales
españolas en el extranjero, y es el organismo de representación, relación y coordinación
de las Cámaras de Comercio españolas.
La Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria,
Servicios y Navegación, atribuye a la Cámara de España la coordinación e impulso de
las acciones que afecten al conjunto de las Cámaras de Comercio españolas.
Entre sus funciones, se encuentra la puesta en práctica de todas aquellas iniciativas
y proyectos que se consideran necesarios o beneficiosos para los intereses generales de
la economía española, partiendo de la información que transmiten las empresas, a través
de las Cámaras de Comercio y desarrollando una acción permanente para mejorar el
entorno económico de las empresas.
La Ley 4/2014, de 1 de abril, atribuye a las Cámaras de Comercio, entre otras
funciones, la prestación de servicios a empresas y la colaboración en la gestión de
servicios públicos relacionados con las empresas.
3. La rápida escalada de la crisis de salud pública generada por el coronavirus
COVID-19 derivó en una situación sin precedentes, en la que el conjunto de la economía
española y, en particular, su tejido empresarial, se enfrentaba a retos productivos,
organizativos y sanitarios de gravedad y magnitud desconocidos en nuestra historia
reciente.
Desde que la Organización Mundial de la Salud declaró el pasado 30 de enero que la
situación suponía una emergencia de salud pública de importancia internacional, la gravedad
de la crisis fue creciendo y son numerosos los Estados, incluido el español, que han adoptado
medidas restrictivas de la libertad de movimientos de sus ciudadanos, medidas restrictivas de
la actividad de las empresas que han limitado o restringido la entrada de viajeros procedentes
de países con brotes de COVID-19 y que han aprobado diversos tipos de disposiciones, con
la doble finalidad de proteger la salud de los ciudadanos, intentando mitigar, en lo posible, las
consecuencias económicas derivadas de esta situación.
El impacto tanto económico como social de la expansión de la epidemia y de las
medidas adoptadas para controlarla es, por tanto, de enorme magnitud y tiene especial
incidencia en distintos sectores productivos relevantes, entre los que pueden destacarse,
de forma no exhaustiva, el turismo, el sector servicios (señaladamente, la restauración,
la cultura, el ocio y el esparcimiento), así como el sector industrial y manufacturero.
4. Las excepcionales circunstancias anteriormente descritas y la importancia de
mantener la capacidad de respuesta de todos los sectores económicos y, en particular
los que aseguran la prestación de servicios esenciales a la comunidad, pusieron de
manifiesto la necesidad de contribuir a dotar a las empresas de información amplia y
fiable que faciliten el proceso de adquisición del material de protección preciso para
cve: BOE-A-2021-11022
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 157
Viernes 2 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 79225
Las partes se reconocen recíprocamente competencia y capacidad legal para
obligarse y otorgar el presente Convenio, a cuyo efecto
EXPONEN
1. El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (MINCOTUR) es, según lo previsto
en el artículo 1 del Real Decreto 998/2018, de 3 de agosto, que desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, el Departamento de la
Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia de industria, comercio y turismo que abarca, entre otros aspectos, el
desarrollo industrial y de la pequeña y mediana empresa.
2. La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, en
adelante Cámara de España, es una corporación de Derecho Público, con personalidad
jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.
La Cámara de España está integrada por representantes de las Cámaras de
Comercio de las Comunidades Autónomas y ciudad autónoma de Ceuta, las grandes
empresas de mayor contribución, las organizaciones empresariales y de autónomos, los
Ministerios por razón de la competencia y las Federaciones de las Cámaras Oficiales
españolas en el extranjero, y es el organismo de representación, relación y coordinación
de las Cámaras de Comercio españolas.
La Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria,
Servicios y Navegación, atribuye a la Cámara de España la coordinación e impulso de
las acciones que afecten al conjunto de las Cámaras de Comercio españolas.
Entre sus funciones, se encuentra la puesta en práctica de todas aquellas iniciativas
y proyectos que se consideran necesarios o beneficiosos para los intereses generales de
la economía española, partiendo de la información que transmiten las empresas, a través
de las Cámaras de Comercio y desarrollando una acción permanente para mejorar el
entorno económico de las empresas.
La Ley 4/2014, de 1 de abril, atribuye a las Cámaras de Comercio, entre otras
funciones, la prestación de servicios a empresas y la colaboración en la gestión de
servicios públicos relacionados con las empresas.
3. La rápida escalada de la crisis de salud pública generada por el coronavirus
COVID-19 derivó en una situación sin precedentes, en la que el conjunto de la economía
española y, en particular, su tejido empresarial, se enfrentaba a retos productivos,
organizativos y sanitarios de gravedad y magnitud desconocidos en nuestra historia
reciente.
Desde que la Organización Mundial de la Salud declaró el pasado 30 de enero que la
situación suponía una emergencia de salud pública de importancia internacional, la gravedad
de la crisis fue creciendo y son numerosos los Estados, incluido el español, que han adoptado
medidas restrictivas de la libertad de movimientos de sus ciudadanos, medidas restrictivas de
la actividad de las empresas que han limitado o restringido la entrada de viajeros procedentes
de países con brotes de COVID-19 y que han aprobado diversos tipos de disposiciones, con
la doble finalidad de proteger la salud de los ciudadanos, intentando mitigar, en lo posible, las
consecuencias económicas derivadas de esta situación.
El impacto tanto económico como social de la expansión de la epidemia y de las
medidas adoptadas para controlarla es, por tanto, de enorme magnitud y tiene especial
incidencia en distintos sectores productivos relevantes, entre los que pueden destacarse,
de forma no exhaustiva, el turismo, el sector servicios (señaladamente, la restauración,
la cultura, el ocio y el esparcimiento), así como el sector industrial y manufacturero.
4. Las excepcionales circunstancias anteriormente descritas y la importancia de
mantener la capacidad de respuesta de todos los sectores económicos y, en particular
los que aseguran la prestación de servicios esenciales a la comunidad, pusieron de
manifiesto la necesidad de contribuir a dotar a las empresas de información amplia y
fiable que faciliten el proceso de adquisición del material de protección preciso para
cve: BOE-A-2021-11022
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Núm. 157