II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de los Subgrupos C1 y C2. (BOE-A-2021-10990)
Orden TFP/700/2021, de 29 de junio, por la que se convoca concurso unitario para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 2 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 78875
podrá delegar en la persona titular de la Subdirección General Adjunta de la misma
Unidad.
– Vocales: un funcionario o funcionaria de las respectivas Unidades de Personal, por
cada uno de los Departamentos ministeriales y Agencias en que se convoquen puestos
de trabajo, designados por la Directora General de la Función Pública a propuesta de los
Departamentos Ministeriales; y tres funcionarios o funcionarias de la Dirección General
de la Función Pública; podrán formar parte de la Comisión, de acuerdo con lo previsto
por el artículo 46 del Real Decreto 364/1995, un representante de cada una de las
Organizaciones Sindicales que tengan representatividad en el grupo de trabajo de
movilidad del personal funcionario, dada la naturaleza de concurso unitario.
En el caso de los representantes de las Organizaciones Sindicales, se designarán a
propuesta de las mismas, advirtiéndose expresamente que interesada la propuesta de
designación por la Autoridad convocante, si no se formula la correspondiente propuesta
de nombramiento en el plazo de diez días hábiles, se entenderá que dicha organización
sindical ha decaído en su opción.
– Secretario o Secretaria: Un funcionario o funcionaria de la Dirección General de la
Función Pública.
Los miembros de la Comisión deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas de subgrupo
de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados.
2. La Subdirección General de Gestión de Procedimientos de Personal de la
Dirección General de la Función Pública, en función de los méritos de las personas
participantes, elevará a la Comisión de Valoración relación de la adjudicación provisional
de destinos.
3. La Comisión de Valoración propondrá a las personas candidatas que hayan
obtenido mayor puntuación para cada puesto.
4. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, está obligado a comunicarlo por escrito en los
tres días siguientes a la comisión de valoración del concurso.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, se acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las posibles subsanaciones por
parte de las personas excluidas.
Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter
mínimo, su publicación en la página web de este Departamento: www.mptfp.gob.es >
Función Pública > Empleo público, captación de talento y procedimientos de personal >
Procedimientos de personal > Movilidad de las personas empleadas públicas > Movilidad
del personal funcionario de carrera:
(https://www.mptfp.gob.es/portal/funcionpublica/funcion-publica/ep-pp/Gestionprocedimientos-personal/Movilidad/Movilidad-personal-funcionarios/2021-ConcursoUnitario.html)
La renuncia parcial a la solicitud de participación en un concurso se permitirá hasta la
fecha en la que se constituya la Comisión de Valoración del concurso. De la fecha de la
reunión se dará publicidad con suficiente antelación.
cve: BOE-A-2021-10990
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 157
Viernes 2 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 78875
podrá delegar en la persona titular de la Subdirección General Adjunta de la misma
Unidad.
– Vocales: un funcionario o funcionaria de las respectivas Unidades de Personal, por
cada uno de los Departamentos ministeriales y Agencias en que se convoquen puestos
de trabajo, designados por la Directora General de la Función Pública a propuesta de los
Departamentos Ministeriales; y tres funcionarios o funcionarias de la Dirección General
de la Función Pública; podrán formar parte de la Comisión, de acuerdo con lo previsto
por el artículo 46 del Real Decreto 364/1995, un representante de cada una de las
Organizaciones Sindicales que tengan representatividad en el grupo de trabajo de
movilidad del personal funcionario, dada la naturaleza de concurso unitario.
En el caso de los representantes de las Organizaciones Sindicales, se designarán a
propuesta de las mismas, advirtiéndose expresamente que interesada la propuesta de
designación por la Autoridad convocante, si no se formula la correspondiente propuesta
de nombramiento en el plazo de diez días hábiles, se entenderá que dicha organización
sindical ha decaído en su opción.
– Secretario o Secretaria: Un funcionario o funcionaria de la Dirección General de la
Función Pública.
Los miembros de la Comisión deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas de subgrupo
de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados.
2. La Subdirección General de Gestión de Procedimientos de Personal de la
Dirección General de la Función Pública, en función de los méritos de las personas
participantes, elevará a la Comisión de Valoración relación de la adjudicación provisional
de destinos.
3. La Comisión de Valoración propondrá a las personas candidatas que hayan
obtenido mayor puntuación para cada puesto.
4. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, está obligado a comunicarlo por escrito en los
tres días siguientes a la comisión de valoración del concurso.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, se acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las posibles subsanaciones por
parte de las personas excluidas.
Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter
mínimo, su publicación en la página web de este Departamento: www.mptfp.gob.es >
Función Pública > Empleo público, captación de talento y procedimientos de personal >
Procedimientos de personal > Movilidad de las personas empleadas públicas > Movilidad
del personal funcionario de carrera:
(https://www.mptfp.gob.es/portal/funcionpublica/funcion-publica/ep-pp/Gestionprocedimientos-personal/Movilidad/Movilidad-personal-funcionarios/2021-ConcursoUnitario.html)
La renuncia parcial a la solicitud de participación en un concurso se permitirá hasta la
fecha en la que se constituya la Comisión de Valoración del concurso. De la fecha de la
reunión se dará publicidad con suficiente antelación.
cve: BOE-A-2021-10990
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 157