III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2021-10866)
Resolución de 19 de junio de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se lleva a cabo el reparto de la cuota de rape de la zona 7 de ICES (ANF/07) a cambio de stocks repartidos y no repartidos por intercambio con Francia y Bélgica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155
Miércoles 30 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 78177
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
10866
Resolución de 19 de junio de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la
que se lleva a cabo el reparto de la cuota de rape de la zona 7 de ICES
(ANF/07) a cambio de stocks repartidos y no repartidos por intercambio con
Francia y Bélgica.
En concreto en su punto 4.d) se establece la posibilidad de realizar un intercambio
con otro Estado Miembro en el que se aporten y reciban cantidades repartidas
individualmente a la flota. En este caso la Secretaría General de Pesca ofertará las
cantidades que se vayan a obtener a cambio a las asociaciones de los buques o buques
individuales que las tienen repartidas, con el fin de que estas indiquen en el plazo de tres
días los buques pertenecientes a las mismas que están interesados en participar en
dicho intercambio.
En las negociaciones habituales que se llevan a cabo con otros Estados miembros,
la Secretaría General de Pesca ha realizado un intercambio con Francia y Bélgica. Así,
España ha cedido stocks repartidos a la flota, siendo estos 120 toneladas de abadejo del
stock POL/8ABDE, 303 toneladas de merlán del stock WHG/08, 3 toneladas de cigala
del stock NEP/07, 130 toneladas de gallo del stock LEZ/07 y 1 tonelada de cigala del
stock NEP/8ABDE, así como stocks no repartidos, siendo estos 500 toneladas de rayas
del stock SRX/67AKXD y 708 toneladas de jureles (58 toneladas de JAX/4BC7D y 650
toneladas de JAX/2a14). A cambio ha recibido 823,4 toneladas de rape del stock
ANF/07.
La mayor parte de estos stocks se encuentran repartidos individualmente a la flota
que faena al amparo de la Orden APM/920/2017, de 22 de septiembre, por la que se
establece un Plan de gestión para los buques de los censos de las flotas de altura, gran
altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que
operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste
y por ello, en aplicación del artículo 8, punto 4, apartado d) citados anteriormente, se
informó debidamente al sector implicado en el intercambio para que aportasen la
cantidad considerada de cigala para, a cambio, recibir carbonero y lenguado del stock
correspondiente.
En lo referente al merlán del stock WHG/08, lo aportado por las asociaciones no ha
cubierto el total ofrecido por España en el swap, por lo que, usando el ratio fijado, se
recibirá la parte proporcional de rape del stock ANF/07. La parte restante para cubrir el
swap proviene de la cantidad reservada de WHG/08 para otros censos, mientras que la
parte restante a percibir de ANF/07 se suma a la que se reparte por posibilidades de
pesca, siendo por tanto 213,487 toneladas las aportadas de WHG/08 y 78,278 toneladas
las repartidas de ANF/07 en ese intercambio. Las restantes toneladas de ANF/07 a
percibir se suman a las 500,3 toneladas repartidas por posibilidades.
cve: BOE-A-2021-10866
Verificable en https://www.boe.es
La Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión
de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican
determinadas órdenes que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de
las mismas, establece en su artículo 8 las condiciones para los intercambios de cuotas
con otros Estados miembros, los conocidos como «swaps».
Núm. 155
Miércoles 30 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 78177
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
10866
Resolución de 19 de junio de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la
que se lleva a cabo el reparto de la cuota de rape de la zona 7 de ICES
(ANF/07) a cambio de stocks repartidos y no repartidos por intercambio con
Francia y Bélgica.
En concreto en su punto 4.d) se establece la posibilidad de realizar un intercambio
con otro Estado Miembro en el que se aporten y reciban cantidades repartidas
individualmente a la flota. En este caso la Secretaría General de Pesca ofertará las
cantidades que se vayan a obtener a cambio a las asociaciones de los buques o buques
individuales que las tienen repartidas, con el fin de que estas indiquen en el plazo de tres
días los buques pertenecientes a las mismas que están interesados en participar en
dicho intercambio.
En las negociaciones habituales que se llevan a cabo con otros Estados miembros,
la Secretaría General de Pesca ha realizado un intercambio con Francia y Bélgica. Así,
España ha cedido stocks repartidos a la flota, siendo estos 120 toneladas de abadejo del
stock POL/8ABDE, 303 toneladas de merlán del stock WHG/08, 3 toneladas de cigala
del stock NEP/07, 130 toneladas de gallo del stock LEZ/07 y 1 tonelada de cigala del
stock NEP/8ABDE, así como stocks no repartidos, siendo estos 500 toneladas de rayas
del stock SRX/67AKXD y 708 toneladas de jureles (58 toneladas de JAX/4BC7D y 650
toneladas de JAX/2a14). A cambio ha recibido 823,4 toneladas de rape del stock
ANF/07.
La mayor parte de estos stocks se encuentran repartidos individualmente a la flota
que faena al amparo de la Orden APM/920/2017, de 22 de septiembre, por la que se
establece un Plan de gestión para los buques de los censos de las flotas de altura, gran
altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que
operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste
y por ello, en aplicación del artículo 8, punto 4, apartado d) citados anteriormente, se
informó debidamente al sector implicado en el intercambio para que aportasen la
cantidad considerada de cigala para, a cambio, recibir carbonero y lenguado del stock
correspondiente.
En lo referente al merlán del stock WHG/08, lo aportado por las asociaciones no ha
cubierto el total ofrecido por España en el swap, por lo que, usando el ratio fijado, se
recibirá la parte proporcional de rape del stock ANF/07. La parte restante para cubrir el
swap proviene de la cantidad reservada de WHG/08 para otros censos, mientras que la
parte restante a percibir de ANF/07 se suma a la que se reparte por posibilidades de
pesca, siendo por tanto 213,487 toneladas las aportadas de WHG/08 y 78,278 toneladas
las repartidas de ANF/07 en ese intercambio. Las restantes toneladas de ANF/07 a
percibir se suman a las 500,3 toneladas repartidas por posibilidades.
cve: BOE-A-2021-10866
Verificable en https://www.boe.es
La Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión
de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican
determinadas órdenes que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de
las mismas, establece en su artículo 8 las condiciones para los intercambios de cuotas
con otros Estados miembros, los conocidos como «swaps».