III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2021-10866)
Resolución de 19 de junio de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se lleva a cabo el reparto de la cuota de rape de la zona 7 de ICES (ANF/07) a cambio de stocks repartidos y no repartidos por intercambio con Francia y Bélgica.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155
Miércoles 30 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 78178
Por todo lo señalado, la Secretaría General de Pesca, una vez consultado el sector
pesquero afectado, resuelve:
Primero.
Publicar como anexo I el reparto de las 3 toneladas de ANF/07 y la cantidad detraída
a cambio de NEP/8ABDE. Como Anexo II el reparto de las 100 toneladas de ANF/07 y la
cantidad detraída a cambio de POL/8ABDE. Como Anexo III el reparto de las 111,1
toneladas de ANF/07 y la cantidad detraída a cambio de WHG/08. Como Anexo IV el
reparto de las 9 toneladas de ANF/07 y la cantidad detraída a cambio de NEP/07. Como
Anexo V el reparto de las 130 toneladas de ANF/07 y la cantidad detraída a cambio de
LEZ/07. Como Anexo VI el reparto de las 533,121 toneladas de ANF/07 a cambio de
stocks no repartidos y del sobrante del intercambio por WHG/08, repartidas por
posibilidades de pesca.
Segundo.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 19 de junio de 2021.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.
ANEXO I
Código
Nombre buque
Cuota a aportar
NEP/8ABDE
ANASOL.
27785
JUNDIÑA CUARTO.
0,06
ANASOL.
23252
NUEVO LAREDO.
0,96
ANASOL.
24592
PESCABERBES TRES.
1,34
ANASOL.
25060
NOVO ALBORADA.
3,36
ANASOL.
24051
NOVO MORRIÑA.
4,91
ANASOL.
24289
HERBADI DOS.
6,00
ANASOL.
24966
BAQUEIRO.
13,62
ANASOL.
24868
CALI UNO.
15,06
ANASOL.
25080
CACHACHO.
19,55
ANASOL.
27069
ANCHOUSA.
21,28
ANASOL.
23665
ARMAVEN TRES.
21,28
ANASOL.
100009
AVENEIRA.
21,28
ANASOL.
26397
CANTABRICO TRES.
21,28
ANASOL.
23692
NUEVO CONFURCO.
21,28
ANASOL.
26098
NUEVO MUGARDOS.
21,28
ANASOL.
25464
PEIXEMAR DOS.
21,28
ANASOL.
22927
RIO MAU.
21,28
ANASOL.
6357
VALLE FRAGA.
21,28
ANASOL.
26023
VISPON.
21,28
cve: BOE-A-2021-10866
Verificable en https://www.boe.es
Asociación
Núm. 155
Miércoles 30 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 78178
Por todo lo señalado, la Secretaría General de Pesca, una vez consultado el sector
pesquero afectado, resuelve:
Primero.
Publicar como anexo I el reparto de las 3 toneladas de ANF/07 y la cantidad detraída
a cambio de NEP/8ABDE. Como Anexo II el reparto de las 100 toneladas de ANF/07 y la
cantidad detraída a cambio de POL/8ABDE. Como Anexo III el reparto de las 111,1
toneladas de ANF/07 y la cantidad detraída a cambio de WHG/08. Como Anexo IV el
reparto de las 9 toneladas de ANF/07 y la cantidad detraída a cambio de NEP/07. Como
Anexo V el reparto de las 130 toneladas de ANF/07 y la cantidad detraída a cambio de
LEZ/07. Como Anexo VI el reparto de las 533,121 toneladas de ANF/07 a cambio de
stocks no repartidos y del sobrante del intercambio por WHG/08, repartidas por
posibilidades de pesca.
Segundo.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 19 de junio de 2021.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.
ANEXO I
Código
Nombre buque
Cuota a aportar
NEP/8ABDE
ANASOL.
27785
JUNDIÑA CUARTO.
0,06
ANASOL.
23252
NUEVO LAREDO.
0,96
ANASOL.
24592
PESCABERBES TRES.
1,34
ANASOL.
25060
NOVO ALBORADA.
3,36
ANASOL.
24051
NOVO MORRIÑA.
4,91
ANASOL.
24289
HERBADI DOS.
6,00
ANASOL.
24966
BAQUEIRO.
13,62
ANASOL.
24868
CALI UNO.
15,06
ANASOL.
25080
CACHACHO.
19,55
ANASOL.
27069
ANCHOUSA.
21,28
ANASOL.
23665
ARMAVEN TRES.
21,28
ANASOL.
100009
AVENEIRA.
21,28
ANASOL.
26397
CANTABRICO TRES.
21,28
ANASOL.
23692
NUEVO CONFURCO.
21,28
ANASOL.
26098
NUEVO MUGARDOS.
21,28
ANASOL.
25464
PEIXEMAR DOS.
21,28
ANASOL.
22927
RIO MAU.
21,28
ANASOL.
6357
VALLE FRAGA.
21,28
ANASOL.
26023
VISPON.
21,28
cve: BOE-A-2021-10866
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