I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2021-10824)
Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 30 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 77939

El PNIEC prevé que, mediante el autoconsumo y la generación distribuida
(medida 1.4), la gestión de la demanda, el almacenamiento y la flexibilidad (medida 1.2),
el fomento de las comunidades energéticas locales (medida 1.13) y la incorporación de
energías renovables en el sector industrial (medida 1.5), así como medidas específicas
destinadas a promover el papel proactivo de la ciudadanía en la «descarbonización»
(medida 1.14) y a aumentar el conocimiento y sensibilización sobre el proceso de
descarbonización (medida 1.19), se incremente la diversidad de actores y la existencia
de proyectos participativos tanto en la generación de energía renovable como en el
conjunto del sistema energético.
El PNIEC incluye, entre sus objetivos energéticos, lograr en 2030 una presencia de
las energías renovables sobre el uso final de energía del 42%, donde la producción de
energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovable deberá representar el 74% de
la generación eléctrica, conllevando una importante reducción del nivel de emisiones de
CO2 y favoreciendo el paso a una economía baja en carbono.
En lo que respecta a almacenamiento, el PNIEC prevé una potencia adicional de 6
GW, que aportará una mayor capacidad de gestión a la generación. Por otro lado, la
Estrategia de Almacenamiento energético, aprobada por el Gobierno el 9 de febrero
de 2021, profundiza en las necesidades de almacenamiento establecidas en el PNIEC,
cuantificando en, al menos, 20 GW de almacenamiento disponible en 2030 y aborda,
entre otras cuestiones, las distintas alternativas disponibles y las líneas de acción
prioritarias que permitan un efectivo despliegue del almacenamiento energético y su
integración en el sistema, de manera que se aporte flexibilidad a la generación eléctrica
renovable, lo cual, junto con el impulso de la gestión de la demanda, permitirá una mayor
integración de la generación renovable en el sistema, contribuyendo a la seguridad,
fiabilidad y calidad del suministro. Las actuaciones promovidas por los presentes
programas están alineadas con la Estrategia de Almacenamiento y contribuyen a su
desarrollo, según se detalla en dicha estrategia en la línea de acción 3, medida 3.12, en
la línea de acción 5 medida 5.1, así como en el anexo A, apartados 1.1 y 2.1.
Por otra parte, el consumo de energía para usos térmicos en el año 2019 en España
supuso alrededor del 33 % del total del consumo de energía final. En ese mismo año la
contribución de las energías renovables dentro del consumo de calor y frío se situó en
torno al 18,9 %. Para mejorar estos datos, la medida 1.6 del PNIEC: «Marco para el
desarrollo de las energías renovables térmicas» prevé el establecimiento de incentivos y
programas de ayudas para este tipo de energías renovables. En este sentido, para
alcanzar los objetivos a 2030 será necesario duplicar esta contribución, por lo tanto,
estas ayudas, y otras que se convoquen en el ámbito de las energías renovables
térmicas, son fundamentales para avanzar en esta dirección. Adicionalmente, y en el
corto plazo, el impulso de estos sistemas reducirá los costes energéticos de los
consumidores en el sector doméstico contribuyendo de manera significativa a la lucha
contra la pobreza energética y a la mejora de la economía de los ciudadanos.
Por otro lado, las prioridades del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
están completamente alineadas con las siete iniciativas bandera europeas (Flagship
initiatives) presentadas por la Comisión en la Estrategia Anual de Crecimiento
Sostenible 2021. Entre estas iniciativas destaca el apoyo a la electrificación, la
integración de energías renovables, el almacenamiento energético y el hidrógeno
renovable.
En este contexto, el Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia, establecido
por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, que financiará el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
tiene el objetivo de hacer frente a los efectos sin precedentes de la crisis ocasionada por
la COVID-19 así como los impactos económicos asociados. Estos recursos adicionales
deben utilizarse de modo que se garantice el cumplimiento de los objetivos y las metas
pertinentes, en los plazos que se establezcan en el citado Plan.
Para dotar de mayor flexibilidad a las administraciones públicas competentes, y con
el objetivo de una gestión eficaz del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

cve: BOE-A-2021-10824
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Núm. 155