III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional básica. (BOE-A-2021-10864)
Orden EFP/687/2021, de 18 de junio, por la que se autoriza la implantación de programas formativos de formación profesional para alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales en el Centro de Educación Especial San Antonio de Ceuta y el Centro Integrado de Formación Profesional Reina Victoria Eugenia de Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155

Miércoles 30 de junio de 2021

4.

Distribución horaria anual de los módulos del programa formativo.

Módulos del programa formativo

Módulos profesionales del título de Formación Profesional Básica
en Actividades de Panadería y Pastelería.

Módulos específicos.

Otra formación.

Sec. III. Pág. 78172

Duración Primer Segundo
total
curso
curso
2.000
1.000
1.000
horas
horas
horas

3007. Procesos Básicos de Panadería.

245

245

3017. Procesos Básicos de Pastelería.

395

395

3026. Dispensación en Panadería y Pastelería.

210

210

3133. Operaciones Auxiliares en la Industria
Alimentaria.

80

80

3005. Atención al Cliente.

80

80

Ámbito Sociolingüístico I y II.

300

140

160

Ámbito Científico Tecnológico I y II.

300

140

160

Formación en Centros de Trabajo.

240

240

Formación y Orientación Laboral.

75

75

Inglés.

75

75

ANEXO II
Programa formativo de formación profesional para alumnos y alumnas con
necesidades educativas especiales en el Centro de Educación Especial San
Antonio de Ceuta
1.

Identificación del programa formativo:

2. Destinatarios. El programa se dirige a alumnos y alumnas con necesidades
educativas especiales de carácter permanente, derivadas de discapacidad intelectual
severa o profunda, plurideficiencias o trastornos generalizados del desarrollo y cuyos
requerimientos de apoyos y atenciones educativas específicas no puedan ser atendidas
en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios.
Con carácter general, el alumnado se encuentra escolarizado en el Centro de
Educación Especial San Antonio de Ceuta y reúne las condiciones establecidas en el
artículo 5.2 de la Orden EDU/849/2010, de 18 de marzo, por la que se regula la
ordenación de la educación del alumnado con necesidad de apoyo educativo y se
regulan los servicios de orientación educativa en el ámbito de gestión del Ministerio de
Educación, en las Ciudades de Ceuta y Melilla. Es alumnado que habiendo cursado el
itinerario formativo previsto en los artículos 26 y 28.3 de la Orden citada y teniendo un
nivel de autonomía personal y social adecuado al programa formativo, necesitan
completar su formación básica con un programa formativo adaptado a sus necesidades
que posibilite su inclusión sociolaboral, siempre dentro del límite de edad establecido en
el artículo 25.4 de dicha orden.

cve: BOE-A-2021-10864
Verificable en https://www.boe.es

Denominación: Programa Formativo en Actividades Domésticas y Limpieza de
Edificios.
Duración: 2.000 horas.
Familia profesional: Servicios Socioculturales y a la Comunidad.