III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional básica. (BOE-A-2021-10864)
Orden EFP/687/2021, de 18 de junio, por la que se autoriza la implantación de programas formativos de formación profesional para alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales en el Centro de Educación Especial San Antonio de Ceuta y el Centro Integrado de Formación Profesional Reina Victoria Eugenia de Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155

Miércoles 30 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 78169

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
10864

Orden EFP/687/2021, de 18 de junio, por la que se autoriza la implantación
de programas formativos de formación profesional para alumnos y alumnas
con necesidades educativas especiales en el Centro de Educación Especial
San Antonio de Ceuta y el Centro Integrado de Formación Profesional Reina
Victoria Eugenia de Melilla.

La disposición adicional cuarta del Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el
que se regulan aspectos específicos de la formación profesional básica de las
enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos
profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real
Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y
profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece la posibilidad de ofertar en el
ámbito de la Formación Profesional otros programas formativos dirigidos a los alumnos y
a las alumnas con necesidades educativas específicas. Estos programas se diseñan a
efectos de dar continuidad a los alumnos y las alumnas con necesidades educativas
especiales, y responder a colectivos con necesidades específicas.
La referida disposición adicional cuarta determina que las Administraciones
educativas podrán establecer y autorizar otras ofertas formativas de formación
profesional adaptadas a sus necesidades.
Por su parte, el artículo 5 del Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación
Profesional asigna a la Secretaría General de Formación Profesional la competencia en
la elaboración de la oferta formativa aplicable al ámbito territorial y competencial de
gestión del Departamento en materia de formación profesional educativa y para el
empleo.
Vista la propuesta realizada por las Direcciones Provinciales de las Ciudades
Autónomas de Ceuta y Melilla, en relación con la necesidad de atención al alumnado con
necesidades educativas específicas a fin de ofrecerles, desde el sistema educativo,
mayores posibilidades para su desarrollo personal y profesional y facilitar su inserción
laboral.

Se autoriza al Centro Integrado de Formación Profesional Reina Victoria Eugenia de
Melilla (código de centro 52000403) la implantación del «Programa Formativo en
Actividades de Panadería y Pastelería» que figura en el anexo I de la presente Orden,
destinado a los alumnos y las alumnas con necesidades educativas especiales,
Se autoriza al Centro de Educación Especial San Antonio de Ceuta (código de
centro 51000511) la implantación del «Programa Formativo en Actividades Domésticas y
Limpieza de Edificios» que figura en el anexo II de la presente orden, para los alumnos y
las alumnas con necesidades educativas especiales.
Segundo.
Los programas formativos tendrán una duración de dos cursos académicos e
incluirán un máximo de diez alumnos o alumnas, según lo establecido en la legislación
vigente en materia de cupo de alumnado con necesidades educativas especiales.

cve: BOE-A-2021-10864
Verificable en https://www.boe.es

Primero.