III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Auditores de Cuentas. (BOE-A-2021-10811)
Orden ETD/680/2021, de 23 de junio, por la que se publica la convocatoria conjunta del Consejo General de Economistas de España-Registro de Economistas Auditores y del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, del examen de aptitud profesional para la autorización del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas e inscripción en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Martes 29 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 77873

3.8 Las solicitudes de admisión deberán ir acompañadas del justificante de
haber satisfecho la cantidad de 160,00 euros. Dicho pago deberá realizarse antes de
que termine el plazo de presentación de las solicitudes de admisión a través del
correspondiente ingreso o transferencia bancaria en la cuenta corriente con IBAN:
ES47 2085 9967 6303 3037 5536 de la entidad, habilitada al efecto de esta
convocatoria, incluyendo expresamente el nombre y apellidos del solicitante y la
mención «EXAMEN ROAC 2021». La falta de justificación del abono total de la
cantidad anterior determinará la exclusión del aspirante.
3.9 Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 53.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la no
presentación de la documentación acreditativa citada en tiempo y forma supondrá la
exclusión del aspirante, con pérdida de los derechos de examen que hubiera satisfecho.
3.10 Una vez examinadas por el Tribunal las solicitudes de admisión, y en un
periodo de tiempo no superior a tres meses desde la expiración del plazo de
presentación de solicitudes establecido en la base 3.1, se publicarán: por una parte, la
lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la primera fase del examen,
conteniendo en este último supuesto las causas que han motivado su exclusión, y, por
otra, la lista provisional de aspirantes dispensados de la primera fase del examen por
haberse acreditado debidamente hallarse en alguno de los supuestos previstos en la
base 2.4.
En el plazo de diez días hábiles desde la fecha de publicación de dichas listas, se
podrán realizar las alegaciones a éstas que se estimen oportunas a fin de subsanar los
defectos que pudieran ser objeto de ello.
En los quince días hábiles siguientes a la expiración del plazo de presentación de
alegaciones, se publicarán, con carácter definitivo, las citadas listas y se señalará el
lugar y fecha de celebración de la primera fase del examen.
Una vez concluida la primera fase del examen, se publicará la lista provisional de
admitidos y excluidos a la segunda fase del mismo, conteniendo en este último supuesto
las causas que han motivado su exclusión. Dicha lista comprenderá aquellas personas
que hubieran aprobado la primera fase del examen en esta convocatoria, y aquellas
otras a las que se hubiere reconocido la dispensa de realización de la primera fase.
En el plazo de diez días hábiles desde la fecha de publicación de dicha lista, se
podrán realizar las alegaciones a ésta que se estimen oportunas a fin de subsanar los
defectos que pudieran ser objeto de ello.
En los quince días hábiles siguientes a la expiración del plazo anterior, se publicará
con carácter definitivo la citada lista y se señalará el lugar y fecha de celebración de la
segunda fase del examen.
3.11 Las publicaciones de las listas y resoluciones adoptadas por el Tribunal
calificador se efectuarán en la página web del ICAC https://www.icac.gob.es/
examenesroac y en las sedes nacionales y territoriales de las Corporaciones
proponentes, así como en sus respectivas páginas web.
3.12 Desde la página web del ICAC https://www.icac.gob.es/examenesroac los
examinandos podrán acceder a la aplicación «Examen de aptitud profesional para el
acceso al ROAC 2021» y consultar su nota; utilizando para ello su DNI/NIE y, un número
identificativo único e individualizado que les será entregado el día del examen.

4.1

Tribunal

El Tribunal calificador estará constituido de la siguiente forma:

Presidente/a: Subdirector/a General de Normas Técnicas del Instituto de
Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
Vocal: Doña Cristina Vidal Retavé, en representación del Instituto de Contabilidad y
Auditoría de Cuentas.
Vocal: Doña Ana Manzano Cuadrado, en representación del Instituto de Contabilidad
y Auditoría de Cuentas.

cve: BOE-A-2021-10811
Verificable en https://www.boe.es

4.