III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2021-10723)
Resolución de 22 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Convenio con Ostbayerische Technische Hochschule Regensburg (Universidad Técnica del Este de Baviera en Ratisbona), para la realización de prácticas formativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Lunes 28 de junio de 2021
Cuarta.
Sec. III. Pág. 77396
Beneficiarios de los programas.
Las prácticas de formación que se dispondrán en el marco de este Convenio están
dirigidas a los estudiantes de la Universidad. Se valorará la experiencia laboral de
manera adicional. Es requisito fundamental acreditar un nivel de español mínimo de B2
según el Marco de Referencia de la Unión Europea.
Al presente Convenio, le será de aplicación el artículo 5 del reglamento de estudios y
exámenes de la OTH sobre las prácticas obligatorias (anexo II).
Quinta.
Obligaciones genéricas en la ejecución del Convenio.
Las partes se comprometen a cumplir las siguientes obligaciones genéricas:
a) Intercambio de información. Sin perjuicio de las obligaciones de información que
se señalen a lo largo de este Convenio, y con pleno respeto a la normativa vigente en
materia de protección de datos, con carácter general cada parte informará a las otras de
cualquier incidencia, negativa o positiva, que observe o se le comunique en relación al
programa de formación, a fin de facilitar su perfeccionamiento y optimización.
b) Confidencialidad. Las partes se obligan a garantizar en la ejecución del presente
Convenio y de manera indefinida el secreto profesional debido al otro, sin revelar dato
alguno que, por no ser de general conocimiento, pudiera considerarse reservado y
confidencial.
c) Respeto de la legalidad vigente. Las partes firmantes se obligan al cumplimiento
y observancia de todas las disposiciones legales en materia laboral, de seguridad social
y seguridad y salud en el trabajo, así como a estar al corriente de sus obligaciones
fiscales.
Sexta. Obligaciones específicas de las partes.
En el marco de este Convenio las partes se comprometen al cumplimiento de las
siguientes obligaciones y compromisos específicos:
a)
La Universidad se comprometerá a:
b)
Por su parte, la OFECOME se compromete a:
I. Acoger al estudiante de la Universidad, al objeto de realizar el programa de
formación en prácticas, en los términos y condiciones que resulten del presente
Convenio.
II. No cubrir, ni siquiera con carácter eventual o interino, ningún puesto de trabajo
en plantilla con el alumno o titulado en tanto se encuentre en ejecución de la fase de
prácticas de los programas de formación.
cve: BOE-A-2021-10723
Verificable en https://www.boe.es
I. Preseleccionar estudiantes de los programas de Grado, Máster o Posgrado de la
Facultad de economía y gestión de empresas, interesados en participar en el programa
de formación en prácticas especializadas en la OFECOMES.
II. Guardar el secreto y confidencialidad respecto de la información técnica o
comercial que pudiera considerarse reservada y hubiera sido conocida en ejecución de
las prácticas.
III. Suscribir, en su caso, los compromisos de cumplimiento que figurarán como
anexo I al presente Convenio.
IV. Proporcionar o designar un tutor al alumno en prácticas para su seguimiento
desde el punto de vista académico.
V. Informar al estudiante de la obligatoriedad de poseer un seguro que cubra los
accidentes y la responsabilidad civil asociada a las prácticas conforme a lo estipulado en
la cláusula octava, con expresa advertencia de que la falta de dicho seguro impedirá la
formalización del documento de compromiso contenido en el anexo I del Convenio.
Núm. 153
Lunes 28 de junio de 2021
Cuarta.
Sec. III. Pág. 77396
Beneficiarios de los programas.
Las prácticas de formación que se dispondrán en el marco de este Convenio están
dirigidas a los estudiantes de la Universidad. Se valorará la experiencia laboral de
manera adicional. Es requisito fundamental acreditar un nivel de español mínimo de B2
según el Marco de Referencia de la Unión Europea.
Al presente Convenio, le será de aplicación el artículo 5 del reglamento de estudios y
exámenes de la OTH sobre las prácticas obligatorias (anexo II).
Quinta.
Obligaciones genéricas en la ejecución del Convenio.
Las partes se comprometen a cumplir las siguientes obligaciones genéricas:
a) Intercambio de información. Sin perjuicio de las obligaciones de información que
se señalen a lo largo de este Convenio, y con pleno respeto a la normativa vigente en
materia de protección de datos, con carácter general cada parte informará a las otras de
cualquier incidencia, negativa o positiva, que observe o se le comunique en relación al
programa de formación, a fin de facilitar su perfeccionamiento y optimización.
b) Confidencialidad. Las partes se obligan a garantizar en la ejecución del presente
Convenio y de manera indefinida el secreto profesional debido al otro, sin revelar dato
alguno que, por no ser de general conocimiento, pudiera considerarse reservado y
confidencial.
c) Respeto de la legalidad vigente. Las partes firmantes se obligan al cumplimiento
y observancia de todas las disposiciones legales en materia laboral, de seguridad social
y seguridad y salud en el trabajo, así como a estar al corriente de sus obligaciones
fiscales.
Sexta. Obligaciones específicas de las partes.
En el marco de este Convenio las partes se comprometen al cumplimiento de las
siguientes obligaciones y compromisos específicos:
a)
La Universidad se comprometerá a:
b)
Por su parte, la OFECOME se compromete a:
I. Acoger al estudiante de la Universidad, al objeto de realizar el programa de
formación en prácticas, en los términos y condiciones que resulten del presente
Convenio.
II. No cubrir, ni siquiera con carácter eventual o interino, ningún puesto de trabajo
en plantilla con el alumno o titulado en tanto se encuentre en ejecución de la fase de
prácticas de los programas de formación.
cve: BOE-A-2021-10723
Verificable en https://www.boe.es
I. Preseleccionar estudiantes de los programas de Grado, Máster o Posgrado de la
Facultad de economía y gestión de empresas, interesados en participar en el programa
de formación en prácticas especializadas en la OFECOMES.
II. Guardar el secreto y confidencialidad respecto de la información técnica o
comercial que pudiera considerarse reservada y hubiera sido conocida en ejecución de
las prácticas.
III. Suscribir, en su caso, los compromisos de cumplimiento que figurarán como
anexo I al presente Convenio.
IV. Proporcionar o designar un tutor al alumno en prácticas para su seguimiento
desde el punto de vista académico.
V. Informar al estudiante de la obligatoriedad de poseer un seguro que cubra los
accidentes y la responsabilidad civil asociada a las prácticas conforme a lo estipulado en
la cláusula octava, con expresa advertencia de que la falta de dicho seguro impedirá la
formalización del documento de compromiso contenido en el anexo I del Convenio.