I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2021-10683)
Aplicación provisional del Protocolo Adicional a la Carta Social Europea en el que se establece un sistema de reclamaciones colectivas, hecho en Estrasburgo el 9 de noviembre de 1995.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Lunes 28 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 77135

del mes siguiente a la expiración de un plazo de un mes a partir de la fecha del depósito
del instrumento de ratificación, aceptación o aprobación.
Artículo 15.
1. Cualquier Parte Contratante podrá denunciar el presente Protocolo, en cualquier
momento, mediante notificación dirigida al Secretario General del Consejo de Europa.
2. Dicha denuncia surtirá efecto el primer día del mes siguiente a la expiración de
un plazo de doce meses a partir de la fecha en que el Secretario General reciba dicha
notificación.
Artículo 16.
El Secretario General del Consejo de Europa notificará a todos los Estados
miembros del Consejo:
a) Cualquier firma;
b) el depósito de cualquier instrumento de ratificación, aceptación o aprobación;
c) la fecha de entrada en vigor del presente Protocolo, de conformidad con el
artículo 14;
d) cualquier otro acto, notificación o declaración relativos al presente Protocolo.
En fe de lo cual, los infrascritos, debidamente autorizados al efecto, firman el
presente Protocolo.
Hecho en Estrasburgo, el 9 de noviembre de 1995, en inglés y francés, siendo
ambos textos igualmente auténticos, en un ejemplar único que se depositará en los
archivos del Consejo de Europa. El Secretario General del Consejo de Europa remitirá
copias certificadas a todos los Estados miembros del Consejo de Europa.
* * *
El presente Protocolo se aplicará provisionalmente por España desde el 1 de julio
de 2021, fecha de entrada en vigor de la Carta Social Europea (revisada).

cve: BOE-A-2021-10683
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 24 de junio de 2021.–El Secretario General Técnico, José María Muriel
Palomino.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X