II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-10676)
Resolución de 23 de junio de 2021, de la Universidad de Salamanca, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 26 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 77013

10.2 Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos
expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones
exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.
10.3 Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de
justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener
su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del ministerio u organismo
del que dependan para acreditar su condición y aquellas circunstancias que obren en su
hoja de servicio.
10.4 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presenten la documentación o del examen de la misma se deduzca que carecen de
alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios
de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
10.5 Por el rectorado se ofertarán los destinos a quienes acrediten los requisitos
antedichos, a los efectos de que formulen la correspondiente petición, que será resuelta
atendiendo al orden de puntuación definitiva. No será de aplicación a la presente
convocatoria lo previsto en el párrafo 2 del citado artículo 78 del Real Decreto 364/1995.
No obstante, los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y justifiquen
algún tipo de discapacidad podrán solicitar al rector la alteración del orden de prelación
para la elección de plazas ofertadas, por motivos de dependencia personal, dificultades
de desplazamiento, tipo de discapacidad u otras análogas, que deberán ser debidamente
acreditados. El rector decidirá dicha alteración cuando se encuentre debidamente
justificada, y deberá limitarse a realizar la mínima modificación necesaria en el orden de
prelación para posibilitar el acceso al puesto de la persona con discapacidad.
Para determinar la justificación de la medida se tendrá en cuenta, en lo que resulte
de aplicación, lo establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la
autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia.
10.6 Una vez cumplidos los requisitos establecidos en la presente base y efectuada
la elección de destino por parte de los aspirantes, el rectorado dictará resolución, en
virtud de la cual nombrará funcionarios de carrera a los aspirantes seleccionados. La
toma de posesión de los aspirantes aprobados se efectuará en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento en el
«Boletín Oficial de Castilla y León».
10.7 Una vez finalizado el proceso selectivo, la gerencia de la universidad elaborará
una «Bolsa de Trabajo/Lista de Espera», de acuerdo con las «Bases de la convocatoria
pública para la formación de la lista de espera de personal funcionario interino de la
Universidad de Salamanca», para la selección de personal temporal en aquellas ofertas
de trabajo relacionadas con las funciones de la escala objeto de esta convocatoria que
pudieran producirse eventualmente, y en las que figurarán aquellos aspirantes que
habiendo superado alguno de los ejercicios de la fase de oposición no hayan superado el
proceso selectivo.
10.8 Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana, deberán
acompañarse, necesariamente, de la correspondiente traducción oficial que podrá
realizarse en cualquiera de los siguientes organismos:
– En la representación diplomática o consular de España en el extranjero.
– En la representación diplomática o consular del país del que proceden los
documentos en España.
– Por traductor jurado debidamente inscrito y autorizado en España.
11.

Norma final

11.1 Los aspirantes por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas,
se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que
adopte el tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla
facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases,

cve: BOE-A-2021-10676
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Núm. 152