III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2021-10680)
Orden ETD/668/2021, de 25 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas en el ámbito de la inteligencia artificial, para la transformación digital de la sociedad y la economía, en el marco de la Agenda España Digital 2025 y la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial, y se convoca la concesión de ayudas para financiar proyectos del Programa Misiones de I+D en Inteligencia Artificial 2021, en el marco de la Agenda España Digital 2025 y de la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152

Sábado 26 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 77046

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
10680

Orden ETD/668/2021, de 25 de junio, por la que se establecen las bases
reguladoras de la concesión de ayudas en el ámbito de la inteligencia
artificial, para la transformación digital de la sociedad y la economía, en el
marco de la Agenda España Digital 2025 y la Estrategia Nacional de
Inteligencia Artificial, y se convoca la concesión de ayudas para financiar
proyectos del Programa Misiones de I+D en Inteligencia Artificial 2021, en el
marco de la Agenda España Digital 2025 y de la Estrategia Nacional de
Inteligencia Artificial.

La Agenda España Digital 2025 se constituye como marco para impulsar la
transformación digital de España, una de las palancas fundamentales para relanzar el
crecimiento económico, la reducción de la desigualdad, el aumento de la productividad y
el aprovechamiento de todas las oportunidades que brindan estas nuevas tecnologías.
En concreto, con esta agenda se quiere dar un impulso definitivo a la transformación
digital del país mediante la conectividad digital, el despliegue del 5G, el refuerzo de la
ciberseguridad, la digitalización de la Administración y de las empresas, el impulso de la
producción audiovisual, la garantía de los derechos digitales de la ciudadanía y, por
último, el desarrollo de la economía del dato y la inteligencia artificial.
En relación a este último objetivo, uno de los ejes clave en la Agenda es favorecer el
tránsito hacia una economía del dato, garantizando la seguridad y privacidad y
aprovechando las oportunidades que ofrece la inteligencia artificial, mediante medidas
como el impulso de la inteligencia artificial como motor de innovación y crecimiento
económico social, inclusivo y sostenible y el fortalecimiento de la competitividad a través
de las actividades de I+D en el conjunto de las tecnologías habilitadoras digitales.
Tanto en la sociedad como en todos los sectores productivos se suceden
actualmente nuevos procesos de transformación digital que deberían ser liderados por
las empresas tecnológicas españolas, ejerciendo de este modo un efecto tractor sobre el
resto de los sectores. Para facilitar este liderazgo es necesario apoyar y promocionar las
actividades de I+D en inteligencia artificial, dado su alto impacto y capacidad de
disrupción, y por ser estratégicas para el desarrollo y la transformación digital de España.
Esta orden se alinea con la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación
y con el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023,
del Ministerio de Ciencia e Innovación, en tanto en cuanto tiene como objetivo dar
respuesta a los desafíos de los sectores estratégicos nacionales a través de la I+D.
Este impulso a la inteligencia artificial ha justificado la conveniencia y la necesidad de
poner en marcha una Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial que permita
proporcionar un marco de referencia e impulsar el sector público y privado
Para llevar a cabo las actividades definidas en este nuevo marco de actuación para
el fomento de la inteligencia artificial, resulta necesario aprobar unas bases para el
conjunto de ayudas que se prevén impulsen el liderazgo en I+D de las entidades
españolas y ayuden a la transformación digital del país.
Las ayudas concedidas a proyectos incluidas en el ámbito de aplicación de estas
bases reguladoras respetarán lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la
Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de
ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del
Tratado (Reglamento general de exención por categorías).

cve: BOE-A-2021-10680
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