I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA. Protección civil. (BOE-A-2021-10670)
Ley 4/2021, de 13 de mayo, de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152
Sábado 26 de junio de 2021
Artículo 32.
Artículo 33.
Artículo 34.
Sec. I. Pág. 76929
Puestos de segunda actividad.
Valoración.
Prestación.
Título VII. Derechos y deberes, distinciones y condecoraciones y régimen
disciplinario del personal de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y
Salvamento.
Capítulo I.
Derechos y deberes.
Artículo 35. Disposiciones comunes.
Artículo 36. Derechos.
Artículo 37. Deberes.
Capítulo II.
Distinciones y condecoraciones.
Artículo 38. Premios, distinciones y condecoraciones.
Capítulo III.
Régimen disciplinario.
Artículo 39.
Artículo 40.
Artículo 41.
Artículo 42.
Artículo 43.
Artículo 44.
Artículo 45.
Artículo 46.
Régimen disciplinario.
Infracciones muy graves.
Infracciones graves.
Infracciones leves.
Sanciones.
Graduación.
Competencias sancionadoras.
Procedimiento disciplinario.
Título VIII. De la Financiación de los Servicios de Prevención, Extinción de
Incendios y Salvamento de las Administraciones públicas de Cantabria.
Capítulo I.
Disposiciones generales.
Artículo 47.
Recursos de financiación.
Capítulo II.
Colaboración del Gobierno de Cantabria.
Disposición adicional primera. Protección civil.
Disposición adicional segunda. Modificación de la disposición adicional primera de
la Ley de Cantabria 6/2018, de 22 de noviembre, por la que se crea el Organismo
Autónomo Servicio de Emergencias de Cantabria.
Disposición adicional tercera. Modificación de la disposición transitoria tercera de la
Ley de Cantabria 6/2018, de 22 de noviembre por la que se crea el Organismo
Autónomo Servicio de Emergencias de Cantabria.
Disposición adicional cuarta. Modificación del artículo 26 de la Ley de
Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública de Cantabria.
Disposición adicional quinta. Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y
Salvamento de titularidad municipal. Parques de bomberos.
Disposición transitoria primera. Régimen transitorio.
Disposición transitoria segunda. Personal del Organismo Autónomo Servicio de
Emergencia de Cantabria (SEMCA).
Disposición derogatoria única. Derogación expresa.
Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
cve: BOE-A-2021-10670
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 48. Colaboración con los municipios de la Comunidad Autónoma de
Cantabria con competencias en materia de Prevención, Extinción de Incendios y
Salvamento.
Núm. 152
Sábado 26 de junio de 2021
Artículo 32.
Artículo 33.
Artículo 34.
Sec. I. Pág. 76929
Puestos de segunda actividad.
Valoración.
Prestación.
Título VII. Derechos y deberes, distinciones y condecoraciones y régimen
disciplinario del personal de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y
Salvamento.
Capítulo I.
Derechos y deberes.
Artículo 35. Disposiciones comunes.
Artículo 36. Derechos.
Artículo 37. Deberes.
Capítulo II.
Distinciones y condecoraciones.
Artículo 38. Premios, distinciones y condecoraciones.
Capítulo III.
Régimen disciplinario.
Artículo 39.
Artículo 40.
Artículo 41.
Artículo 42.
Artículo 43.
Artículo 44.
Artículo 45.
Artículo 46.
Régimen disciplinario.
Infracciones muy graves.
Infracciones graves.
Infracciones leves.
Sanciones.
Graduación.
Competencias sancionadoras.
Procedimiento disciplinario.
Título VIII. De la Financiación de los Servicios de Prevención, Extinción de
Incendios y Salvamento de las Administraciones públicas de Cantabria.
Capítulo I.
Disposiciones generales.
Artículo 47.
Recursos de financiación.
Capítulo II.
Colaboración del Gobierno de Cantabria.
Disposición adicional primera. Protección civil.
Disposición adicional segunda. Modificación de la disposición adicional primera de
la Ley de Cantabria 6/2018, de 22 de noviembre, por la que se crea el Organismo
Autónomo Servicio de Emergencias de Cantabria.
Disposición adicional tercera. Modificación de la disposición transitoria tercera de la
Ley de Cantabria 6/2018, de 22 de noviembre por la que se crea el Organismo
Autónomo Servicio de Emergencias de Cantabria.
Disposición adicional cuarta. Modificación del artículo 26 de la Ley de
Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública de Cantabria.
Disposición adicional quinta. Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y
Salvamento de titularidad municipal. Parques de bomberos.
Disposición transitoria primera. Régimen transitorio.
Disposición transitoria segunda. Personal del Organismo Autónomo Servicio de
Emergencia de Cantabria (SEMCA).
Disposición derogatoria única. Derogación expresa.
Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
cve: BOE-A-2021-10670
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 48. Colaboración con los municipios de la Comunidad Autónoma de
Cantabria con competencias en materia de Prevención, Extinción de Incendios y
Salvamento.