I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Política de empleo. (BOE-A-2021-10587)
Resolución de 24 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de junio de 2021, por el que se aprueba el Plan Garantía Juvenil Plus 2021-2027 de trabajo digno para las personas jóvenes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 25 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 76301
orientación para el empleo cualificado y estable. Este proceso de cualificación e
inserción laboral se enmarcará en un sistema de orientación y formación flexible y eficaz,
permeable con el mundo laboral, adaptado a la individualidad y a la diversidad. Garantía
Juvenil Plus atenderá a las capacidades y potencialidades específicas de las personas
jóvenes con el objetivo de favorecer su inserción laboral a largo plazo, configurando
itinerarios individualizados que se prolongarán tanto en las etapas de empleo como de
eventual desempleo, integrados en un sistema de orientación para el empleo cuyos
integrantes están cualificados y disponen de relaciones estables en el marco de los
Servicios Públicos de Empleo.
7. Garantía Juvenil Plus está diseñado para crear oportunidades de acceso a
nuevos empleos en nuevos sectores, tomando como referencia la transformación hacia
un contexto verde, sostenible, colaborativo y digital.
8. El objetivo prioritario es incrementar la cualificación de las personas jóvenes
dotándolas de las competencias profesionales requeridas por el mercado de trabajo.
9. La crisis sanitaria ha incidido en la situación del empleo de las personas y
requiere acciones específicas para ofrecer soluciones integrales que den respuesta a las
consecuencias adversas a medio y largo plazo en los planos educativo, formativo y
profesional de las personas jóvenes. La pandemia también anticipa cambios que pueden
ser estructurales en el funcionamiento del mercado de trabajo y a los que debe ser capaz
de dar respuesta Garantía Juvenil Plus.
10. Garantía Juvenil Plus busca introducir mayor flexibilidad en su funcionamiento y
gestión. La flexibilización y aumento en la agilidad de la inscripción en el fichero resulta
esencial para aumentar el volumen de personas inscritas y, consiguientemente, también
la relevancia del Plan.
11. Potencia el desarrollo de una comunidad de cooperación horizontal y vertical,
para lo cual establecerá los pilares para el trabajo conjunto con los interlocutores
económicos y sociales, organismos intermedios del Fondo Social Europeo y sus
entidades beneficiarias, así como con el tejido asociativo juvenil y las distintas
administraciones y organismos públicos que intervienen en las políticas activas de
empleo juvenil.
12. Garantía Juvenil Plus establece los mecanismos para mejorar el diálogo y la
colaboración con las empresas a fin de lograr la mejor adaptación de las capacidades de
las personas jóvenes a las necesidades de las mismas.
13. El Plan refuerza la dimensión local de las políticas activas de empleo dirigidas a
las personas jóvenes.
14. Garantía Juvenil Plus fomenta su difusión con la máxima claridad y
transparencia.
15. Contempla diversas medidas vinculadas a la mejora de procesos y optimización
de los recursos.
16. La digitalización integral del servicio de formación para el empleo de las
personas jóvenes resulta esencial, tanto en la relación con las personas usuarias, como
en el ámbito de la formación y en la generación de un sistema de datos compartido y
accesible en el marco de la ley de protección de datos. Igualmente, la digitalización
supone un principio transversal de Garantía Juvenil Plus.
Las acciones específicas se estructuran en seis ejes, que son los mismos
establecidos en la Estrategia Española de Activación para el Empleo prevista en el
artículo 10.4 del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 3/2015, de 23 de octubre: Eje 1, Orientación; Eje 2, Formación, a desarrollar
en cooperación con el Ministerio de Educación y Formación Profesional; Eje 3,
Oportunidades de Empleo; Eje 4, Igualdad de Oportunidades en el Acceso al Empleo;
Eje 5, Emprendimiento, y Eje 6, Mejora del Marco Institucional.
Asimismo, estos son los seis ejes que estructuran la cartera común de servicios del
sistema nacional de empleo (Real Decreto 7/2015, de 16 de enero, por el que se
aprueba la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo) y los
programas comunes de empleo.
cve: BOE-A-2021-10587
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 151
Viernes 25 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 76301
orientación para el empleo cualificado y estable. Este proceso de cualificación e
inserción laboral se enmarcará en un sistema de orientación y formación flexible y eficaz,
permeable con el mundo laboral, adaptado a la individualidad y a la diversidad. Garantía
Juvenil Plus atenderá a las capacidades y potencialidades específicas de las personas
jóvenes con el objetivo de favorecer su inserción laboral a largo plazo, configurando
itinerarios individualizados que se prolongarán tanto en las etapas de empleo como de
eventual desempleo, integrados en un sistema de orientación para el empleo cuyos
integrantes están cualificados y disponen de relaciones estables en el marco de los
Servicios Públicos de Empleo.
7. Garantía Juvenil Plus está diseñado para crear oportunidades de acceso a
nuevos empleos en nuevos sectores, tomando como referencia la transformación hacia
un contexto verde, sostenible, colaborativo y digital.
8. El objetivo prioritario es incrementar la cualificación de las personas jóvenes
dotándolas de las competencias profesionales requeridas por el mercado de trabajo.
9. La crisis sanitaria ha incidido en la situación del empleo de las personas y
requiere acciones específicas para ofrecer soluciones integrales que den respuesta a las
consecuencias adversas a medio y largo plazo en los planos educativo, formativo y
profesional de las personas jóvenes. La pandemia también anticipa cambios que pueden
ser estructurales en el funcionamiento del mercado de trabajo y a los que debe ser capaz
de dar respuesta Garantía Juvenil Plus.
10. Garantía Juvenil Plus busca introducir mayor flexibilidad en su funcionamiento y
gestión. La flexibilización y aumento en la agilidad de la inscripción en el fichero resulta
esencial para aumentar el volumen de personas inscritas y, consiguientemente, también
la relevancia del Plan.
11. Potencia el desarrollo de una comunidad de cooperación horizontal y vertical,
para lo cual establecerá los pilares para el trabajo conjunto con los interlocutores
económicos y sociales, organismos intermedios del Fondo Social Europeo y sus
entidades beneficiarias, así como con el tejido asociativo juvenil y las distintas
administraciones y organismos públicos que intervienen en las políticas activas de
empleo juvenil.
12. Garantía Juvenil Plus establece los mecanismos para mejorar el diálogo y la
colaboración con las empresas a fin de lograr la mejor adaptación de las capacidades de
las personas jóvenes a las necesidades de las mismas.
13. El Plan refuerza la dimensión local de las políticas activas de empleo dirigidas a
las personas jóvenes.
14. Garantía Juvenil Plus fomenta su difusión con la máxima claridad y
transparencia.
15. Contempla diversas medidas vinculadas a la mejora de procesos y optimización
de los recursos.
16. La digitalización integral del servicio de formación para el empleo de las
personas jóvenes resulta esencial, tanto en la relación con las personas usuarias, como
en el ámbito de la formación y en la generación de un sistema de datos compartido y
accesible en el marco de la ley de protección de datos. Igualmente, la digitalización
supone un principio transversal de Garantía Juvenil Plus.
Las acciones específicas se estructuran en seis ejes, que son los mismos
establecidos en la Estrategia Española de Activación para el Empleo prevista en el
artículo 10.4 del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 3/2015, de 23 de octubre: Eje 1, Orientación; Eje 2, Formación, a desarrollar
en cooperación con el Ministerio de Educación y Formación Profesional; Eje 3,
Oportunidades de Empleo; Eje 4, Igualdad de Oportunidades en el Acceso al Empleo;
Eje 5, Emprendimiento, y Eje 6, Mejora del Marco Institucional.
Asimismo, estos son los seis ejes que estructuran la cartera común de servicios del
sistema nacional de empleo (Real Decreto 7/2015, de 16 de enero, por el que se
aprueba la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo) y los
programas comunes de empleo.
cve: BOE-A-2021-10587
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 151