I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Política de empleo. (BOE-A-2021-10587)
Resolución de 24 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de junio de 2021, por el que se aprueba el Plan Garantía Juvenil Plus 2021-2027 de trabajo digno para las personas jóvenes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Viernes 25 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 76335

MEDIDA 15: ORIENTACIÓN DIRIGIDA A PERSONAS JÓVENES CON
RESPONSABILIDADES FAMILIARES
Alcance
Esta medida se dirige a las personas desempleadas con responsabilidades familiares, con especial
atención a aquellas personas que no cuenten con una red social y familiar de apoyo, entendiéndose
como tal, la persona en situación de desempleo que vive con hijas e hijos menores a su cargo,
personas con discapacidad o personas en situación de dependencia. Si bien cada vez hay un mayor
número de hombres en esta situación, existe un colectivo de mujeres cuyas cargas de cuidado, a
menudo no visibles, dificultan su incorporación a procesos normalizados de empleo o cualificación
profesional.
Desde todas las entidades participantes en el Plan GJ+, durante el desarrollo de los servicios de
orientación se potenciará la corresponsabilidad y la alteración de estereotipos de género. Ambas
cuestiones han de tenerse en cuenta en la implantación de programas y actuaciones dentro del
marco de Garantía Juvenil.
En colaboración con los servicios sociales comunitarios y el tejido asociativo se pretende llegar a
esta población joven, ofreciéndoles por un lado la necesaria orientación, así como la participación
en acciones de formación y empleo por medio de contratos formativos.
Instrumentos
Orientación: esta medida se compone de una primera fase de orientación de la persona joven que
ha salido del entorno educativo, formativo y laboral. La orientación comprenderá también
información acerca de derechos de conciliación y corresponsabilidad, así como de los derechos
laborales vinculados a los Derechos Fundamentales, particularmente el de no discriminación y los
derechos de representación para el ejercicio de sus derechos.
Programa formativo: en una segunda fase, se realizará un programa tendente a la adquisición de
habilidades laborales y formativas en oficios relacionados con servicios de proximidad, en el caso
de que las circunstancias de la persona lo aconsejaran. Esta etapa formativa podrá articularse por
medio de contratos formativos.

cve: BOE-A-2021-10587
Verificable en https://www.boe.es

Herramientas digitales: se establecerán herramientas digitales con el objetivo de participar en la
formación de manera presencial o a distancia, permitiendo así la conciliación y favoreciendo la
finalización de la etapa formativa si fuera el caso.

MINISTERIO DE TRABAJO Y
ECONOMÍA SOCIAL
----------------------------------SERVICIO PÚBLICO DE
EMPLEO ESTATAL

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