III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2021-10640)
Resolución de 21 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Servicio Murciano de Salud, para la formación sanitaria especializada en ciencias de la salud en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Murcia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Viernes 25 de junio de 2021

Segunda.

Sec. III. Pág. 76574

Obligaciones de las partes.
1.

Obligaciones comunes

Sin perjuicio de los compromisos establecidos en las cláusulas precedentes y de las
obligaciones que se derivan de lo dispuesto en la legislación vigente sobre FSE, son
obligaciones comunes a todos los firmantes de este Convenio:
– Colaborar en la impartición de los programas oficiales de las especialidades en
Ciencias de la Salud posibilitando la inclusión de las unidades y/o los dispositivos
dependientes de cada una de ellas en los distintos programas formativos.
– Garantizar el cumplimiento tanto del programa formativo como del Plan de Gestión
de la Calidad Docente (PGCD) de la Entidad Titular en cuanto a la planificación,
seguimiento y evaluación del residente.
– Impulsar la coordinación de las unidades y dispositivos acreditados de cada una
de las partes informándose mutuamente sobre las actividades laborales y formativas de
los residentes, a fin de decidir conjuntamente sobre su adecuada integración con la
actividad asistencial del Instituto o dispositivo docente de que se trate.
2.

Obligaciones del Ministerio de Justicia

– Promover la acreditación del IMLCF como UD, según los requisitos generales de
acreditación establecidos por la Dirección General de Ordenación Profesional del
Ministerio de Sanidad.
– Colaborar en la FSE de todas aquellas especialidades a las que pueda resultar de
interés, poniendo a disposición del servicio de salud de la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia las unidades y dispositivos docentes dependientes del Ministerio de
Justicia, en los términos que fijen las guías o itinerarios formativos de la especialidad
correspondiente. Para ello, será necesaria la celebración de acuerdos concretos de
colaboración docente en los que se fijen los objetivos, el programa y la capacidad docente
correspondiente para cada especialidad.
– Informar a los residentes de Medicina Legal y Forense de sus obligaciones hacia el
SMS durante sus rotaciones:

– Reconocer, mediante la expedición del correspondiente certificado, la colaboración
docente prestada por el personal facultativo del Servicio Murciano de Salud para la
formación en la especialidad de Medicina Legal y Forense.
3.

Obligaciones del Servicio Murciano de Salud

En virtud del presente Convenio, el Servicio Murciano de Salud se compromete a:
a) Posibilitar el acceso de los/las médicos/as residentes de la especialidad de
Medicina Legal y Forense a los medios de formación, investigación y consulta de que

cve: BOE-A-2021-10640
Verificable en https://www.boe.es

• Cumplir la normativa vigente establecida por el SMS para sus residentes.
• Cumplir horario y las actividades previstas en el programa de rotaciones y
respetar las normas de funcionamiento interno, seguridad y prevención de riesgos
laborales de la misma.
• Colocar en lugar visible de su uniforme la tarjeta identificativa que le será facilitada,
que será devuelta una vez finalizado su período formativo.
• Guardar confidencialidad en relación con la información interna del centro y
guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y una vez
finalizada ésta. La confidencialidad será extensible incluso en caso de fallecimiento del
paciente.
• Presentar al inicio de su estancia la certificación negativa del Registro Central de
Delincuentes Sexuales.