III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2021-10560)
Resolución de 16 de junio de 2021, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Galicia, para la realización de trabajos de control por monitorización en las campañas 2021 y 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Jueves 24 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 76177
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
10560
Resolución de 16 de junio de 2021, del Fondo Español de Garantía Agraria,
O.A., por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de
Galicia, para la realización de trabajos de control por monitorización en las
campañas 2021 y 2022.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del convenio suscrito entre el Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria
O.A. y el Conselleiro del Medio Rural y Presidente del Fondo Galego de Garantía Agraria
de la Xunta de Galicia, para la realización de trabajos de control por monitorización en
las campañas 2021 y 2022, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 16 de junio de 2021.–El Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria,
Miguel Ángel Riesgo Pablo.
ANEXO
Convenio entre el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. y la Comunidad
Autónoma de Galicia para la realización de trabajos de control por monitorización
en las campañas 2021 y 2022
En Madrid, a 15 de junio de 2021.
De una parte, don Miguel Ángel Riesgo Pablo, en representación del Fondo Español
de Garantía Agraria, O.A. (en adelante FEGA), organismo autónomo adscrito al
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Actúa en su condición de Presidente del
mismo, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 767/2018, de 29 de junio,
(BOE núm. 158, de 30 de junio de 2018), en el ejercicio de la facultad para celebrar
convenios que le confieren el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 4.2.f del Estatuto del FEGA, aprobado
por Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre.
Y, de otra parte, don José González Vázquez, Conselleiro del Medio Rural y
Presidente del Fondo Galego de Garantía Agraria, de la Xunta de Galicia (en adelante, la
Comunidad Autónoma), cargo para el que fue nombrado por Decreto 112/2020, de 6 de
septiembre (DOG núm. 181, de 7 de septiembre de 2020). Interviene en el ejercicio de
las facultades para celebrar convenios que le atribuye el artículo 13.1.c) del
Decreto 7/2014, de 16 de enero, por el que se aprueban los estatutos del organismo
autónomo Fondo Galego de Garantía Agraria, en relación con el artículo 7 de la
Ley 7/1994, de 29 de diciembre, de creación del organismo, con la denominación actual
establecida por la disposición adicional quinta de la Ley 7/2002, de 27 de diciembre.
cve: BOE-A-2021-10560
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REUNIDOS
Núm. 150
Jueves 24 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 76177
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
10560
Resolución de 16 de junio de 2021, del Fondo Español de Garantía Agraria,
O.A., por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de
Galicia, para la realización de trabajos de control por monitorización en las
campañas 2021 y 2022.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del convenio suscrito entre el Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria
O.A. y el Conselleiro del Medio Rural y Presidente del Fondo Galego de Garantía Agraria
de la Xunta de Galicia, para la realización de trabajos de control por monitorización en
las campañas 2021 y 2022, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 16 de junio de 2021.–El Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria,
Miguel Ángel Riesgo Pablo.
ANEXO
Convenio entre el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. y la Comunidad
Autónoma de Galicia para la realización de trabajos de control por monitorización
en las campañas 2021 y 2022
En Madrid, a 15 de junio de 2021.
De una parte, don Miguel Ángel Riesgo Pablo, en representación del Fondo Español
de Garantía Agraria, O.A. (en adelante FEGA), organismo autónomo adscrito al
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Actúa en su condición de Presidente del
mismo, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 767/2018, de 29 de junio,
(BOE núm. 158, de 30 de junio de 2018), en el ejercicio de la facultad para celebrar
convenios que le confieren el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 4.2.f del Estatuto del FEGA, aprobado
por Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre.
Y, de otra parte, don José González Vázquez, Conselleiro del Medio Rural y
Presidente del Fondo Galego de Garantía Agraria, de la Xunta de Galicia (en adelante, la
Comunidad Autónoma), cargo para el que fue nombrado por Decreto 112/2020, de 6 de
septiembre (DOG núm. 181, de 7 de septiembre de 2020). Interviene en el ejercicio de
las facultades para celebrar convenios que le atribuye el artículo 13.1.c) del
Decreto 7/2014, de 16 de enero, por el que se aprueban los estatutos del organismo
autónomo Fondo Galego de Garantía Agraria, en relación con el artículo 7 de la
Ley 7/1994, de 29 de diciembre, de creación del organismo, con la denominación actual
establecida por la disposición adicional quinta de la Ley 7/2002, de 27 de diciembre.
cve: BOE-A-2021-10560
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