V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. (BOE-B-2021-30806)
Extracto de la Orden ministerial de 18 de junio de 2021 por la que se convocan, por tramitación anticipada, subvenciones para 2021-2022 del Subprograma de Movilidad
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Jueves 24 de junio de 2021

Sec. V-B. Pág. 40549

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE UNIVERSIDADES

30806

Extracto de la Orden ministerial de 18 de junio de 2021 por la que se
convocan, por tramitación anticipada, subvenciones para 2021-2022 del
Subprograma de Movilidad

BDNS(Identif.):539780
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
539780)
Primero. Beneficiarios:
Profesores e investigadores con vinculación funcionarial o contractual, docente
o investigadora, con cualquiera de los centros de adscripción que figuran en el
artículo 9 de la Orden de convocatoria, para cuya formalización se haya requerido
el grado de doctor, con dedicación a tiempo completo y en servicio activo. Se
requiere una vinculación de funcionario de carrera o indefinida para la Modalidad A
y de funcionario interino o contractual, como mínimo hasta la fecha de finalización
de la estancia, en caso de la Modalidad B.
Se ha de estar en posesión del título de doctor y haber obtenido el grado de
doctor con anterioridad al 1 de enero de 2010, en caso de Modalidad A, y con
posterioridad, en caso de la Modalidad B.
En el caso de solicitantes que sean funcionarios de carrera de los cuerpos
docentes o escalas de investigación del CSIC y OPIS, con independencia de la
fecha de obtención del grado de doctor, deberán concurrir siempre a la modalidad
A.
Otros requisitos:
No haber realizado estancias en el extranjero, por un período acumulado
superior a 6 meses, durante los últimos cuatro años anteriores a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En ningún caso el país de destino podrá coincidir con el de nacionalidad del
beneficiario, salvo que éste acredite tener su residencia legal en España y haber
transcurrido como mínimo 2 años con vinculación indefinida con el centro de
adscripción.

Financiar estancias de movilidad de profesores e investigadores en centros
extranjeros de enseñanza superior e investigación. El nº de ayudas previstas es
400 estancias de la Modalidad A y 260 de la Modalidad B.
Las estancias tendrán una duración mínima de tres meses y máxima de seis
meses, improrrogables y en un único período.
La estancia ha de solicitarse para un solo centro de destino, que será el centro
receptor.

cve: BOE-B-2021-30806
Verificable en https://www.boe.es

Segundo. Objeto: