II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos. (BOE-A-2021-10448)
Resolución de 8 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 23 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 75700
BIBLIOTECAS Y MUSEOS del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la
Administración General del Estado vigente o de categoría profesional equivalente del III
Convenio Único para el Personal Laboral de la Administración General del Estado,
siempre y cuando los puestos en los que se han desempeñado dichas funciones hayan
quedado encuadrados en el grupo y especialidad 2G - ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y
MUSEOS del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración
General del Estado vigente se otorgará la siguiente puntuación:
Un punto por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 8 puntos.
Se otorgará la misma puntuación por el tiempo de servicios efectivos prestados como
personal laboral fijo en una categoría y grupo equivalentes de otros convenios de
Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad
jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y
desarrollando funciones de las que respectivamente se reseñan para cada Sección
convocada en la base específica número 6 de la presente convocatoria.
2.2.4 Experiencia realizando, con carácter interino o temporal, funciones propias de
la Sección del Cuerpo convocado. Se otorgará un punto por cada año completo
realizando dichas funciones, hasta un máximo de 3 puntos.
2.2.5 Cursos de formación: La superación o impartición, en los últimos cinco años,
de cursos de formación relacionados con las funciones que se desempeñarán en la
respectiva sección del Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos
acreditados por el trabajador, se valorarán por el Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La
puntuación máxima que se podrá obtener por este apartado será de 5 puntos. Los
cursos deberán tener una duración igual o superior a 15 horas y haber sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros
Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes
promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las
Administraciones Públicas. Los cursos deberán acreditarse mediante diploma,
certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o
impartición, siempre que no figuren reseñados en el anexo VII que se cita a continuación.
La certificación de los méritos del personal laboral fijo para la fase de concurso
deberá realizarse según el modelo incluido como anexo VII a esta convocatoria.
3.
Curso selectivo
El curso selectivo será organizado por la Dirección General del Libro y Fomento de la
Lectura y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos y habilidades
en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones
propias del Cuerpo convocado.
El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los aspirantes de pruebas
teóricas, prácticas o de ambos tipos en relación con las áreas básicas de formación que
se impartan.
El curso selectivo será de hasta cuatro meses de duración. Una parte del mismo se
realizará en régimen de estancia en unidades designadas por la Dirección General del
Libro y Fomento de la Lectura como período de prácticas. Dicha estancia podrá
realizarse en Unidades de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, en
organismos adscritos al Ministerio u otros departamentos ministeriales.
La Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura designará una Comisión de
Valoración, que será la encargada de calificar el curso de «Apto» o «No Apto», siendo
necesario obtener la calificación de «Apto» para superar el curso selectivo.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su
nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución motivada de la autoridad
convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor
debidamente justificada y apreciada por el órgano convocante, podrán efectuarlo
cve: BOE-A-2021-10448
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 149
Miércoles 23 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 75700
BIBLIOTECAS Y MUSEOS del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la
Administración General del Estado vigente o de categoría profesional equivalente del III
Convenio Único para el Personal Laboral de la Administración General del Estado,
siempre y cuando los puestos en los que se han desempeñado dichas funciones hayan
quedado encuadrados en el grupo y especialidad 2G - ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y
MUSEOS del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración
General del Estado vigente se otorgará la siguiente puntuación:
Un punto por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 8 puntos.
Se otorgará la misma puntuación por el tiempo de servicios efectivos prestados como
personal laboral fijo en una categoría y grupo equivalentes de otros convenios de
Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad
jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y
desarrollando funciones de las que respectivamente se reseñan para cada Sección
convocada en la base específica número 6 de la presente convocatoria.
2.2.4 Experiencia realizando, con carácter interino o temporal, funciones propias de
la Sección del Cuerpo convocado. Se otorgará un punto por cada año completo
realizando dichas funciones, hasta un máximo de 3 puntos.
2.2.5 Cursos de formación: La superación o impartición, en los últimos cinco años,
de cursos de formación relacionados con las funciones que se desempeñarán en la
respectiva sección del Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos
acreditados por el trabajador, se valorarán por el Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La
puntuación máxima que se podrá obtener por este apartado será de 5 puntos. Los
cursos deberán tener una duración igual o superior a 15 horas y haber sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros
Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes
promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las
Administraciones Públicas. Los cursos deberán acreditarse mediante diploma,
certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o
impartición, siempre que no figuren reseñados en el anexo VII que se cita a continuación.
La certificación de los méritos del personal laboral fijo para la fase de concurso
deberá realizarse según el modelo incluido como anexo VII a esta convocatoria.
3.
Curso selectivo
El curso selectivo será organizado por la Dirección General del Libro y Fomento de la
Lectura y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos y habilidades
en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones
propias del Cuerpo convocado.
El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los aspirantes de pruebas
teóricas, prácticas o de ambos tipos en relación con las áreas básicas de formación que
se impartan.
El curso selectivo será de hasta cuatro meses de duración. Una parte del mismo se
realizará en régimen de estancia en unidades designadas por la Dirección General del
Libro y Fomento de la Lectura como período de prácticas. Dicha estancia podrá
realizarse en Unidades de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, en
organismos adscritos al Ministerio u otros departamentos ministeriales.
La Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura designará una Comisión de
Valoración, que será la encargada de calificar el curso de «Apto» o «No Apto», siendo
necesario obtener la calificación de «Apto» para superar el curso selectivo.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su
nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución motivada de la autoridad
convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor
debidamente justificada y apreciada por el órgano convocante, podrán efectuarlo
cve: BOE-A-2021-10448
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 149