II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos. (BOE-A-2021-10448)
Resolución de 8 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Miércoles 23 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 75699
como funcionario del subgrupo C1, se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo
de 8 puntos:
Hasta el nivel 14 inclusive: 5 puntos.
Por cada unidad de nivel que exceda de 14: 0,50 puntos.
Las valoraciones efectuadas en este apartado no podrán ser modificadas por futuras
reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento
de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les
valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado, o si no lo tuvieran, el
nivel mínimo del subgrupo C1.
A los funcionarios en situación de excedencia por cuidado de familiares se les
valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado, y a los
funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la
Administración General del Estado, el nivel del puesto de trabajo que les correspondería
al efectuar el reingreso.
Asimismo, se otorgarán 3 puntos a los funcionarios de Cuerpos y Escalas de la
Administración General del Estado con destino en otras Administraciones o en otros
Organismos no mencionados en los párrafos anteriores, y a los funcionarios de Cuerpos
y Escalas Postales y Telegráficos que no tengan destino en la Administración General
del Estado.
2.1.4 Experiencia realizando, con carácter interino, funciones análogas a las
propias del cuerpo convocado. Se otorgará un punto por cada año completo realizando
dichas funciones, hasta un máximo de 3 puntos.
2.1.5 Cursos de formación: La superación o impartición de cursos de formación
relacionados con las funciones que se desempeñarán en el Cuerpo de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos (Sección Bibliotecas), acreditados por el funcionario, se
valorarán por el Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá
obtener por este apartado será de 5 puntos. Los cursos deberán tener una duración igual
o superior a 15 horas y haber sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto
Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por
Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Los cursos deberán
acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de
aprovechamiento o impartición, siempre que no figuren reseñados en el anexo VI que se
cita a continuación.
La certificación de los méritos para la fase de concurso deberá realizarse según el
modelo incluido como anexo VI a esta convocatoria.
2.2
Personal laboral fijo:
Un año: 1 punto.
Dos años: 1,5 puntos.
Tres años: 2 puntos.
Cuatro años: 2,5 puntos.
Cinco años o más: 3 puntos.
2.2.2 Superación de pruebas selectivas para acceder a la condición de personal
laboral fijo: 4 puntos.
2.2.3 Trabajo desarrollado: Por el tiempo de servicios efectivos prestados como
personal laboral fijo en puestos del grupo y especialidad 2G - ARCHIVOS,
cve: BOE-A-2021-10448
Verificable en https://www.boe.es
2.2.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en la Administración
General del Estado o en Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho
público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración
General del Estado, se otorgará la siguiente puntuación:
Núm. 149
Miércoles 23 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 75699
como funcionario del subgrupo C1, se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo
de 8 puntos:
Hasta el nivel 14 inclusive: 5 puntos.
Por cada unidad de nivel que exceda de 14: 0,50 puntos.
Las valoraciones efectuadas en este apartado no podrán ser modificadas por futuras
reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento
de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les
valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado, o si no lo tuvieran, el
nivel mínimo del subgrupo C1.
A los funcionarios en situación de excedencia por cuidado de familiares se les
valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado, y a los
funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la
Administración General del Estado, el nivel del puesto de trabajo que les correspondería
al efectuar el reingreso.
Asimismo, se otorgarán 3 puntos a los funcionarios de Cuerpos y Escalas de la
Administración General del Estado con destino en otras Administraciones o en otros
Organismos no mencionados en los párrafos anteriores, y a los funcionarios de Cuerpos
y Escalas Postales y Telegráficos que no tengan destino en la Administración General
del Estado.
2.1.4 Experiencia realizando, con carácter interino, funciones análogas a las
propias del cuerpo convocado. Se otorgará un punto por cada año completo realizando
dichas funciones, hasta un máximo de 3 puntos.
2.1.5 Cursos de formación: La superación o impartición de cursos de formación
relacionados con las funciones que se desempeñarán en el Cuerpo de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos (Sección Bibliotecas), acreditados por el funcionario, se
valorarán por el Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá
obtener por este apartado será de 5 puntos. Los cursos deberán tener una duración igual
o superior a 15 horas y haber sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto
Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por
Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Los cursos deberán
acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de
aprovechamiento o impartición, siempre que no figuren reseñados en el anexo VI que se
cita a continuación.
La certificación de los méritos para la fase de concurso deberá realizarse según el
modelo incluido como anexo VI a esta convocatoria.
2.2
Personal laboral fijo:
Un año: 1 punto.
Dos años: 1,5 puntos.
Tres años: 2 puntos.
Cuatro años: 2,5 puntos.
Cinco años o más: 3 puntos.
2.2.2 Superación de pruebas selectivas para acceder a la condición de personal
laboral fijo: 4 puntos.
2.2.3 Trabajo desarrollado: Por el tiempo de servicios efectivos prestados como
personal laboral fijo en puestos del grupo y especialidad 2G - ARCHIVOS,
cve: BOE-A-2021-10448
Verificable en https://www.boe.es
2.2.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en la Administración
General del Estado o en Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho
público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración
General del Estado, se otorgará la siguiente puntuación: