III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-10492)
Resolución de 18 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia, el Instituto de Estudios Fiscales, O.A., y el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias, para la realización del Máster Universitario Oficial en Hacienda Pública y Administración Financiera y Tributaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Miércoles 23 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 75881

gestión técnica y administrativa; todas las partidas vinculadas al Seminario de Brasil
(salvo los gastos académicos); todas las partidas vinculadas al Seminario de Madrid
(salvo los gastos académicos) hasta un importe de 70.489,81 euros; la expedición de
títulos, la Autorización del Rector titulados extranjeros, tasas y los imprevistos. En
relación con los anteriores gastos el CIAT realizará directamente los pagos y la gestión
económica correspondiente a dichas partidas presupuestarias.
Asimismo, CIAT financiará los importes de las matrículas de los estudiantes que se
matriculen, los cuales serán ingresados directamente a la UNED.
Las partes suscribientes podrán llevar a cabo las acciones que sean necesarias,
incluidas la suscripción de posibles Convenios entre éstas y otras instituciones, por
ejemplo, organismos internacionales o multilaterales, administraciones públicas de los
países de América Latina y el Caribe, etc., para conseguir fondos pudieran contribuir a la
financiación del Máster.
Sexta.
Los responsables técnicos de la UNED, CIAT y el IEF, una (1) persona por firmante,
integrarán la Comisión de Seguimiento, que será la encargada del seguimiento,
vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de los compromisos asumidos y
resolverán todos los problemas de interpretación y cumplimiento que se puedan plantear.
Por parte del IEF el responsable técnico será un miembro de la Dirección de la
Escuela de la Hacienda Pública.
Por parte de la UNED será el Coordinador General/Director Académico del Máster
universitario oficial en Hacienda Pública y Administración Financiera y Tributaria.
Por parte de CIAT será la Dirección de Capacitación y Formación del Talento
Humano o persona que le represente.
Séptima.
En relación con la seguridad de la información y la protección de datos de carácter
personal, todas las partes asumen las siguientes actuaciones y compromisos:

El IEF está legitimado tanto por el artículo 51 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre,
de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, por el que se crea, como por el
Real Decreto 63/2001, de 26 de enero (BOE de 27 de enero), por el que se aprueba el
Estatuto del organismo autónomo, entre cuyas funciones se encuentra la cooperación y
coordinación con otros centros, universidades, etc., en materia de estudios e
investigación.
La UNED está legitimada por Ley Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre en
su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), y por sus Estatutos
Fundacionales (Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre.
El CIAT está legitimado por sus Estatutos, aprobados en la Primera Asamblea
General realizada en la ciudad de Panamá, República de Panamá, en mayo de 1967, y
modificados en la cuarta, sexta, novena, vigésima primera, vigésima tercera, vigésima
quinta, vigésima séptima, trigésima primera, trigésima cuarta, trigésima quinta, trigésima

cve: BOE-A-2021-10492
Verificable en https://www.boe.es

1. En el tratamiento de los datos de carácter personal, las partes tendrán la
consideración de «Corresponsables del tratamiento» y asumen de mutuo acuerdo sus
respectivas responsabilidades especificadas en la presente cláusula, en aplicación del
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD).
2. Los datos derivados de este Convenio serán de carácter identificativo y
financiero, estrictamente necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el objeto
establecido en la cláusula primera del Convenio.
3. La base de legitimación para la obtención de los datos vendrá dada; por un lado
por los fines del Convenio; y por otro, de la legitimación de las partes dada su naturaleza: