III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-10490)
Resolución de 18 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz, para la prestación de los servicios asociados a la utilización de la "Gestión Integrada de Servicios de Registro" como aplicación integral de registro.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Miércoles 23 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 75852

plataforma (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales y en su normativa de desarrollo y Real
Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad
en el ámbito de la Administración Electrónica). Como responsable del tratamiento, la
Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz se responsabilizará de informar del tratamiento
de datos personales recogidos mediante GEISER, siendo la SGAD la encargada del
tratamiento.
i) La utilización de GEISER por parte de la entidad no podrá conllevar obligaciones
económicas para los ciudadanos.
3.

Ambas partes se comprometen a:

a) Dedicar los medios humanos y técnicos necesarios para proporcionar la
adecuada respuesta ante las incidencias técnicas de carácter informático en dicha
aplicación, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula cuarta.
b) Mantener la configuración técnica necesaria para el cumplimiento de las
obligaciones contenidas en el presente Convenio.
c) Cumplir las obligaciones que como responsable (o, en su caso, encargado) del
tratamiento de datos personales se establecen en el Artículo 28 de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Cuarta.

Mantenimiento de la aplicación informática.

1. En el mantenimiento de esta aplicación informática se distinguen dos tipos de
incidencias técnicas de carácter informático:
1.1 Incidencias correctivas: que serán las relativas a la solución de los posibles
errores, problemas o deficiencias que puedan presentarse durante la utilización de la
aplicación por sus usuarios y que alteren su normal funcionamiento. Serán atendidas
conforme a las siguientes condiciones:

1.2 Incidencias evolutivas: serán aquellas que se produzcan a partir de la
implantación inicial de la aplicación en la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz y, en
concreto, toda petición de modificación o alteración sugerida o solicitada por parte de
este, de naturaleza distinta a las incidencias correctivas establecidas en el apartado
anterior.
Estas incidencias deberán ser analizadas conjuntamente por la unidad designada por
la SGAD y por la unidad designada por la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz,
siendo competencia de la SGAD asegurar, en concordancia con los requisitos y
necesidades del resto de organismos usuarios de la aplicación, que en todo caso la
aplicación evoluciona de acuerdo con una única línea de desarrollo que permita su
extensión a otros Organismos o Entidades de la Administración General del Estado.
2. Por otra parte, la documentación electrónica contenida en la aplicación GEISER
correspondiente a los registros de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz estará

cve: BOE-A-2021-10490
Verificable en https://www.boe.es

a) Corresponderá a la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz dar soporte a la
solución de las mismas, siempre y cuando su causa se encuentre dentro de su propia
red de comunicaciones, equipos, sistemas operativos o navegadores.
b) Corresponderá a la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz atender y dar un
primer nivel de soporte a las incidencias que se produzcan en relación con el uso y
funcionamiento de la aplicación. La SGAD no atenderá directamente a los usuarios de la
Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz.
c) Las incidencias fuera del ámbito de actuación de la Autoridad Portuaria de la
Bahía de Cádiz serán comunicadas por su unidad de informática a la unidad designada
por la SGAD, quien proporcionará el soporte solicitado.