III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-10489)
Resolución de 18 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición y la Agencia Estatal de Investigación, M.P., para la realización de actividades en materia de cooperación científica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Miércoles 23 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75845
Intervienen ambos en función de sus respectivos cargos, que han quedado
expresados, y en el ejercicio de las facultades que a cada uno le están conferidas, por lo
que se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y a tal
efecto,
EXPONEN
Que la AEI es una entidad de derecho público de las reguladas en la Sección 4.ª, del
Capítulo III, del Título II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público. Tiene como misión el fomento de la investigación científica y técnica en
todas las áreas del saber mediante la asignación competitiva y eficiente de los recursos
públicos, el apoyo a la generación de conocimiento de alto impacto científico y técnico y
el asesoramiento en la planificación de las acciones o iniciativas a través de las que se
instrumentan las políticas de I+D de la Administración General del Estado.
Que la AESAN integra y desempeña en el marco competencial de la Administración
General del Estado las funciones relacionadas con la seguridad alimentaria y la nutrición.
Dentro de sus funciones están, entre otras, elaborar y promover estudios de
investigación, ser el punto focal en España de la Autoridad Europea de Seguridad
Alimentaria (EFSA) y gestionar la colaboración científica entre los investigadores
españoles y la misma, la evaluación de riesgos alimentarios incluyendo la gestión e
identificación de riesgos emergentes, y asumir entre sus competencias y objetivos
colaborar con la formación de universitarios de cara al mejor desempeño de su trabajo
profesional.
Por ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio con sujeción a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es formalizar la relación de colaboración entre la
AESAN y la AEI en materia de cooperación científica, para facilitar la ejecución de sus
misiones respectivas dentro de las áreas de la seguridad alimentaria y la nutrición.
Segunda.
Compromisos de la AESAN.
La AESAN se compromete a facilitar a la AEI la información disponible en materia de
seguridad alimentaria y nutrición necesaria para la ejecución de las misiones de la AEI,
como son la identificación de prioridades de investigación en el ámbito de la seguridad
alimentaria y nutrición, así como facilitar la colaboración de las organizaciones y expertos
científico/técnicos con la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) y con la
AESAN.
La AEI se compromete a facilitar a la AESAN la información necesaria para la
identificación de las instituciones de investigación y expertos científico/técnicos a nivel
nacional en el área de la seguridad alimentaria y la nutrición, facilitando con ello que la
AESAN lleve a cabo las tareas de evaluación de riesgos dentro de sus competencias
estatutarias y las responsabilidades que conlleva el ser punto focal de la Autoridad
Europea de Seguridad Alimentaria en España (EFSA). La identificación de expertos se
limitará a aquellos que hayan prestado su consentimiento expreso de conformidad con lo
dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento (UE)
2016/679) y Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales.
cve: BOE-A-2021-10489
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Compromisos de la AEI.
Núm. 149
Miércoles 23 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75845
Intervienen ambos en función de sus respectivos cargos, que han quedado
expresados, y en el ejercicio de las facultades que a cada uno le están conferidas, por lo
que se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y a tal
efecto,
EXPONEN
Que la AEI es una entidad de derecho público de las reguladas en la Sección 4.ª, del
Capítulo III, del Título II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público. Tiene como misión el fomento de la investigación científica y técnica en
todas las áreas del saber mediante la asignación competitiva y eficiente de los recursos
públicos, el apoyo a la generación de conocimiento de alto impacto científico y técnico y
el asesoramiento en la planificación de las acciones o iniciativas a través de las que se
instrumentan las políticas de I+D de la Administración General del Estado.
Que la AESAN integra y desempeña en el marco competencial de la Administración
General del Estado las funciones relacionadas con la seguridad alimentaria y la nutrición.
Dentro de sus funciones están, entre otras, elaborar y promover estudios de
investigación, ser el punto focal en España de la Autoridad Europea de Seguridad
Alimentaria (EFSA) y gestionar la colaboración científica entre los investigadores
españoles y la misma, la evaluación de riesgos alimentarios incluyendo la gestión e
identificación de riesgos emergentes, y asumir entre sus competencias y objetivos
colaborar con la formación de universitarios de cara al mejor desempeño de su trabajo
profesional.
Por ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio con sujeción a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es formalizar la relación de colaboración entre la
AESAN y la AEI en materia de cooperación científica, para facilitar la ejecución de sus
misiones respectivas dentro de las áreas de la seguridad alimentaria y la nutrición.
Segunda.
Compromisos de la AESAN.
La AESAN se compromete a facilitar a la AEI la información disponible en materia de
seguridad alimentaria y nutrición necesaria para la ejecución de las misiones de la AEI,
como son la identificación de prioridades de investigación en el ámbito de la seguridad
alimentaria y nutrición, así como facilitar la colaboración de las organizaciones y expertos
científico/técnicos con la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) y con la
AESAN.
La AEI se compromete a facilitar a la AESAN la información necesaria para la
identificación de las instituciones de investigación y expertos científico/técnicos a nivel
nacional en el área de la seguridad alimentaria y la nutrición, facilitando con ello que la
AESAN lleve a cabo las tareas de evaluación de riesgos dentro de sus competencias
estatutarias y las responsabilidades que conlleva el ser punto focal de la Autoridad
Europea de Seguridad Alimentaria en España (EFSA). La identificación de expertos se
limitará a aquellos que hayan prestado su consentimiento expreso de conformidad con lo
dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento (UE)
2016/679) y Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales.
cve: BOE-A-2021-10489
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Compromisos de la AEI.