II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil. (BOE-A-2021-10446)
Resolución 160/38235/2021, de 16 de junio, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Miércoles 23 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 75640

– Firma electrónica de la solicitud.
– Obtención del justificante de registro.
– Consulta del estado de su expediente en el apartado «Mis expedientes».
Los interesados deberán seguir los pasos e instrucciones que la sede les vaya
indicando, que incluye cumplimentar el número de la Seguridad Social o el número de
afiliación a la Seguridad Social (NSS/NAF). El número de la Seguridad Social, único y
exclusivo para cada persona, se podrá solicitar en la Administración de la Tesorería
General de la Seguridad Social en la que radique el domicilio del aspirante o en el
enlace:
http://www.seg-social.es/Internet_1/
ObtenciondelNumerod44084/index.htm.

Masinformacion/TramitesyGestiones/

3.2.1 Cuando lo indique el Tribunal de Selección deberán presentar la siguiente
documentación:
a) Original o copia auténtica de los documentos acreditativos de estar en posesión
de alguno de los títulos exigidos en la base 2.1.9. En el caso de titulaciones obtenidas en
el extranjero, además se deberá aportar copia auténtica y original de la credencial que
acredite su homologación. Quienes no presentasen dicha documentación en el momento
indicado, no podrán ser propuestos para ingresar como alumnos, quedando anuladas
todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber
incurrido por falsedad en su solicitud.
b) Los documentos justificativos para acreditar los méritos consignados por el
aspirante en su inscripción. A quienes en el momento indicado no presentasen dicha
documentación, les serán detraídos los puntos correspondientes, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en dicha consignación.
c) En el supuesto de la no autorización expresa indicada conforme a la base 2.3 por
parte del aspirante o cuando causas técnicas impidieran su comprobación, entregarán
cuando les sean requeridos los siguientes documentos: Copia auténticas del DNI y
permiso de conducción de la clase B, certificado original del Registro Central de
Penados, en su caso certificación de su pertenencia y tiempo de servicios en las Fuerzas
Armadas, Título de familia numerosa en vigor acreditativo de tal condición y expedido por
la correspondiente Comunidad Autónoma, certificación relativa a la condición de
demandante de empleo junto con declaración escrita acreditando las rentas, o sentencia
judicial firme o resolución administrativa que reconozca la condición de víctima del
terrorismo.
En el procedimiento de inscripción descrito, se tendrá en cuenta que:

a) Cuantos documentos se presenten podrán ser originales o extendidos en copias.
Respecto a la emisión de documentos, así como la validez y eficacia de las copias
realizadas por las Administraciones Públicas se tendrá en cuenta lo dispuesto en los
artículos 26 y 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
No serán tenidos en cuenta documentos transmitidos por telefax u otros sistemas
análogos, salvo que sean emitidos por las Administraciones Públicas en los términos
señalados en los artículos 44 y 155 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
b) La cumplimentación del domicilio, además de utilizarse a los efectos de
notificaciones, servirá para adjudicar sede de examen en las pruebas de la fase de
oposición.
c) Cualquier duda que pueda surgir relativa al proceso de inscripción incluida la
definición y puntuación de los méritos objeto de baremación, deberá ser resuelta única y
exclusivamente por la Jefatura de Enseñanza, para lo cual los aspirantes podrán
formular cualquier consulta a los teléfonos y direcciones señalados en la base 4.10.

cve: BOE-A-2021-10446
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3.2.2