II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Personal laboral. (BOE-A-2021-10447)
Resolución de 15 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal como personal laboral fijo fuera de convenio, con la categoría de Farmacéutico/a Hospitalario/a, Farmacéutico/a y de Asesor/a de Relaciones Públicas e Institucionales, en la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Miércoles 23 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 75664
artículo 15 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento de Situaciones administrativas de los funcionarios/as de la Administración
General del Estado, o en la situación que determine el correspondiente convenio
colectivo o normativa aplicable, si se trata de personal laboral.
1.6 La presente convocatoria se publicará, además de en el «Boletín Oficial del
Estado», en las páginas web www.administracion.gob.es y www.interior.gob.es
1.7 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura en el anexo III
de la presente convocatoria. Respecto a la normativa será de aplicación la que se
encuentre en vigor a la fecha de realización del primer ejercicio.
2.
Requisitos de los candidatos/as
2.1 Para ser admitidos/as a la realización del proceso selectivo los/las aspirantes
deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1
Nacionalidad:
2.1.2 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.
2.1.3 Edad: Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación.
2.1.4 Titulación: Estar en posesión del título de Licenciado/a o Grado en Farmacia
Hospitalaria, para las plazas de Farmacéutico/a Hospitalario/a, Licenciado o Grado en
Farmacia para las plazas de Farmacéutico/a y Licenciado en Ciencias de la Información,
Periodismo, Comunicación Audiovisual, Publicidad y Relaciones Públicas o equivalente o
el Grado correspondiente para la plaza de Asesor/a de Relaciones Públicas e
Institucionales o estar en condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes. Los/las aspirantes con titulaciones obtenidas en el
extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación
o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de
aplicación a los/las aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su
cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las
disposiciones de Derecho Comunitario.
2.1.5 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas.
2.1.6 Habilitación: No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatuarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
cve: BOE-A-2021-10447
Verificable en https://www.boe.es
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de los estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles/as y de los/las
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados/as de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar
los/las ascendientes directos/as y los/las de su cónyuge que vivan a su cargo, sus
descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los/as extranjeros/as que no estando incluidos en los párrafos anteriores se
encuentren con residencia legal en España.
Núm. 149
Miércoles 23 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 75664
artículo 15 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento de Situaciones administrativas de los funcionarios/as de la Administración
General del Estado, o en la situación que determine el correspondiente convenio
colectivo o normativa aplicable, si se trata de personal laboral.
1.6 La presente convocatoria se publicará, además de en el «Boletín Oficial del
Estado», en las páginas web www.administracion.gob.es y www.interior.gob.es
1.7 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura en el anexo III
de la presente convocatoria. Respecto a la normativa será de aplicación la que se
encuentre en vigor a la fecha de realización del primer ejercicio.
2.
Requisitos de los candidatos/as
2.1 Para ser admitidos/as a la realización del proceso selectivo los/las aspirantes
deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1
Nacionalidad:
2.1.2 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.
2.1.3 Edad: Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación.
2.1.4 Titulación: Estar en posesión del título de Licenciado/a o Grado en Farmacia
Hospitalaria, para las plazas de Farmacéutico/a Hospitalario/a, Licenciado o Grado en
Farmacia para las plazas de Farmacéutico/a y Licenciado en Ciencias de la Información,
Periodismo, Comunicación Audiovisual, Publicidad y Relaciones Públicas o equivalente o
el Grado correspondiente para la plaza de Asesor/a de Relaciones Públicas e
Institucionales o estar en condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes. Los/las aspirantes con titulaciones obtenidas en el
extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación
o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de
aplicación a los/las aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su
cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las
disposiciones de Derecho Comunitario.
2.1.5 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas.
2.1.6 Habilitación: No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatuarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
cve: BOE-A-2021-10447
Verificable en https://www.boe.es
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de los estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles/as y de los/las
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados/as de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar
los/las ascendientes directos/as y los/las de su cónyuge que vivan a su cargo, sus
descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los/as extranjeros/as que no estando incluidos en los párrafos anteriores se
encuentren con residencia legal en España.