I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Seguros privados. (BOE-A-2021-10419)
Orden ETD/642/2021, de 8 de junio, por la que se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos estadísticos y contables, a remitir por las entidades aseguradoras y reaseguradoras en relación con la adaptación en el tiempo a las nuevas tablas de supervivencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Miércoles 23 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 75585
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Orden ETD/642/2021, de 8 de junio, por la que se aprueban los modelos de
información cuantitativa a efectos estadísticos y contables, a remitir por las
entidades aseguradoras y reaseguradoras en relación con la adaptación en el
tiempo a las nuevas tablas de supervivencia.
En el sector asegurador se han introducido importantes novedades normativas
respecto a diferentes aspectos relacionados con las tablas biométricas, elemento
esencial en los seguros de vida y de decesos, a través, por una parte, del Real
Decreto 288/2021, de 20 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1060/2015,
de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades
aseguradoras y reaseguradoras; se da nueva redacción al artículo 34 del Reglamento
de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real
Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre; y se modifica el Reglamento para la
aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios
Combinados, aprobado por el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, y, por
otra parte, de la Resolución de 17 de diciembre de 2020, de la Dirección General de
Seguros y Fondos de Pensiones, relativa a las tablas de mortalidad y supervivencia a
utilizar por las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y por la que se aprueba la
guía técnica relativa a los criterios de supervisión en relación con las tablas
biométricas, y sobre determinadas recomendaciones para fomentar la elaboración de
estadísticas biométricas sectoriales.
La renovación de las tablas biométricas ha contemplado tanto los aspectos
cuantitativos como los de carácter cualitativo, entre los que cabe mencionar los relativos
al buen gobierno, la transparencia ante terceros y la adecuada conducta de mercado.
Haber revisado todos estos elementos de manera coherente y sistematizada permite
contar con una estructura más ordenada y completa en este ámbito.
Con el fin de adaptar la normativa reguladora de las tablas biométricas al nuevo
marco, se ha abordado la modificación de las disposiciones vigentes sobre este
particular contenidas en el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros
Privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, así como en el
Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de
las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
La adaptación de las cuantías de las provisiones técnicas contables derivada de
dicho cambio ha supuesto la introducción de una disposición transitoria en el Real
Decreto 288/2021, de 20 de abril, para establecer un proceso transitorio voluntario en
materia contable. Los datos disponibles sobre la adaptación a realizar y los principios
de transparencia y competencia en condiciones de igualdad aconsejan que el proceso
transitorio no se extienda más allá de lo necesario, tanto en términos temporales
como en su ámbito de aplicación. Por las mismas razones de transparencia, tanto la
documentación estadístico-contable como las cuentas anuales deben proporcionar
información sobre la existencia y contenido de dicho proceso transitorio.
Así, esta orden tiene por objeto aprobar los modelos de información cuantitativa a
efectos estadísticos y contables, a remitir por las entidades aseguradoras y
reaseguradoras en relación con la adaptación en el tiempo a las nuevas tablas de
supervivencia, mediante la modificación de la Orden ECC/724/2016, de 9 de mayo,
por la que se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos estadísticos
y contables, a remitir por las entidades aseguradoras y reaseguradoras en régimen
cve: BOE-A-2021-10419
Verificable en https://www.boe.es
10419
Núm. 149
Miércoles 23 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 75585
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Orden ETD/642/2021, de 8 de junio, por la que se aprueban los modelos de
información cuantitativa a efectos estadísticos y contables, a remitir por las
entidades aseguradoras y reaseguradoras en relación con la adaptación en el
tiempo a las nuevas tablas de supervivencia.
En el sector asegurador se han introducido importantes novedades normativas
respecto a diferentes aspectos relacionados con las tablas biométricas, elemento
esencial en los seguros de vida y de decesos, a través, por una parte, del Real
Decreto 288/2021, de 20 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1060/2015,
de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades
aseguradoras y reaseguradoras; se da nueva redacción al artículo 34 del Reglamento
de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real
Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre; y se modifica el Reglamento para la
aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios
Combinados, aprobado por el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, y, por
otra parte, de la Resolución de 17 de diciembre de 2020, de la Dirección General de
Seguros y Fondos de Pensiones, relativa a las tablas de mortalidad y supervivencia a
utilizar por las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y por la que se aprueba la
guía técnica relativa a los criterios de supervisión en relación con las tablas
biométricas, y sobre determinadas recomendaciones para fomentar la elaboración de
estadísticas biométricas sectoriales.
La renovación de las tablas biométricas ha contemplado tanto los aspectos
cuantitativos como los de carácter cualitativo, entre los que cabe mencionar los relativos
al buen gobierno, la transparencia ante terceros y la adecuada conducta de mercado.
Haber revisado todos estos elementos de manera coherente y sistematizada permite
contar con una estructura más ordenada y completa en este ámbito.
Con el fin de adaptar la normativa reguladora de las tablas biométricas al nuevo
marco, se ha abordado la modificación de las disposiciones vigentes sobre este
particular contenidas en el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros
Privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, así como en el
Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de
las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
La adaptación de las cuantías de las provisiones técnicas contables derivada de
dicho cambio ha supuesto la introducción de una disposición transitoria en el Real
Decreto 288/2021, de 20 de abril, para establecer un proceso transitorio voluntario en
materia contable. Los datos disponibles sobre la adaptación a realizar y los principios
de transparencia y competencia en condiciones de igualdad aconsejan que el proceso
transitorio no se extienda más allá de lo necesario, tanto en términos temporales
como en su ámbito de aplicación. Por las mismas razones de transparencia, tanto la
documentación estadístico-contable como las cuentas anuales deben proporcionar
información sobre la existencia y contenido de dicho proceso transitorio.
Así, esta orden tiene por objeto aprobar los modelos de información cuantitativa a
efectos estadísticos y contables, a remitir por las entidades aseguradoras y
reaseguradoras en relación con la adaptación en el tiempo a las nuevas tablas de
supervivencia, mediante la modificación de la Orden ECC/724/2016, de 9 de mayo,
por la que se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos estadísticos
y contables, a remitir por las entidades aseguradoras y reaseguradoras en régimen
cve: BOE-A-2021-10419
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