II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal de la Administración de Justicia. (BOE-A-2021-10362)
Resolución de 8 de junio de 2021, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Oficina Fiscal de la Fiscalía Provincial de Córdoba.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Martes 22 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 75304

10. La solicitud formulada será vinculante para la persona peticionaria una vez
transcurrido el período de presentación de instancias.
Séptima.

Comisión de valoración.

Los méritos serán valorados por una Comisión de Valoración compuesta por los
siguientes miembros:
Presidente:
Titular: Don Manuel Enrique Llorente Magro.
Suplente: Doña M.ª Belén Pérez Sánchez.
Vocales:
Titulares:
Doña Ana M.ª Cabanillas Barroso (Secretaria).
Don Rafael Manuel Navarro Sánchez.
Don Luis Fernández Arévalo.
Don Diego Gerardo Díaz Benítez.
Doña Fátima García García.
Don Aníbal Fernando Jiménez de Piñar.
Suplentes:

La Secretaría de la Comisión se ejercerá por una de las Vocales, funcionarias de la
Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal.
Asistirán a la Comisión de valoración con voz y sin voto un representante de U.G.T. y
de CC.OO.
La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convocante la designación
de personal experto que, en calidad de asesores, actuarán con voz pero sin voto; tanto la
solicitud como la designación de este personal experto han de constar por escrito en el
expediente. Fuera de este supuesto, no podrán participar en la Comisión de Valoración
más representantes que los indicados en los párrafos anteriores, sin perjuicio de que a
dicha Comisión pueda asistir el personal de apoyo administrativo necesario.
Los miembros titulares de la Comisión, así como los suplentes deberán pertenecer a
Cuerpos para cuyo ingreso se exija una titulación igual o superior a la requerida para los
puestos convocados.
Las personas que formen parte de la Comisión de Valoración deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, cuando
concurra en ellas alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La persona que
ejerza la presidencia de la Comisión de Valoración deberá exigir a quienes compongan la
misma declaración expresa de no hallarse incursa en las circunstancias previstas en el
artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, cualquier persona que participe en el proceso de provisión podrá recusar
a los miembros de la Comisión de valoración cuando concurran las circunstancias
previstas en el párrafo anterior.
La Comisión de Valoración resolverá cuantas dudas o cuestiones puedan plantearse
en la interpretación y aplicación de estas normas.

cve: BOE-A-2021-10362
Verificable en https://www.boe.es

Dona Marta Noval Méndez (Secretaria).
Doña María Ramos Pila.
Doña Carmen Castro Medina.
Don Jose María Soriano Abad.
Doña Aguas Santas Caballero Parrilla.
Doña María Ángeles Núñez Yanes.