II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal de la Administración de Justicia. (BOE-A-2021-10362)
Resolución de 8 de junio de 2021, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Oficina Fiscal de la Fiscalía Provincial de Córdoba.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148
Martes 22 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 75302
funcionario de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal
y Administrativa destinado en el municipio de Córdoba; que se encuentre en situación de
servicio activo o con reserva de puesto de trabajo y que reúna las condiciones generales
exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el
plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantengan hasta la
resolución definitiva del concurso.
2. No podrá participar en el presente concurso:
a) El personal funcionario que se encuentre en situación de excedencia sin derecho
a reserva de puesto de trabajo.
b) El personal que se encuentre en suspensión firme, mientras dure la suspensión.
c) El personal sancionado con traslado forzoso, para destino en la misma localidad
en la que se le impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se
trata de falta grave o muy grave, respectivamente.
3. De conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al
Servicio de la Administración de Justicia aprobado por el Real Decreto 1451/2005, de 7
de diciembre, no regirá la limitación referente al tiempo para concursar establecida en el
artículo 46.1 del mismo.
Tercera.
Puestos de trabajo ofertados.
1. Los puestos a proveer mediante el concurso específico son los que figuran en el
anexo I, en el que constan los datos referentes a los puestos de trabajo, sus requisitos y
se indica el complemento general del puesto, el complemento específico, el Cuerpo al
que está adscrito, y los méritos específicos correspondientes.
2. La descripción de los puestos, las especificaciones derivadas de la naturaleza de
la función encomendada a los mismos, y la relación de las principales tareas, se
encuentra descrita en la Orden de 22 de octubre de 2020, por la que se implanta la
Oficina Fiscal de la Fiscalía Provincial de Córdoba y se aprueba inicialmente su relación
de puestos de trabajo.
Méritos valorables.
1. La valoración de los méritos se efectuará con sujeción a lo establecido en la
base cuarta y con las reglas aplicables recogidas en el anexo IV.
2. La valoración de los méritos para la adjudicación de puestos, se referirá a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el
concurso.
3. La Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal aportará de oficio la
correspondiente certificación de la antigüedad en el Cuerpo, así como la puntuación
correspondiente.
Los méritos específicos recogidos en el anexo IV se acreditarán con la Hoja de
Acreditación de Datos de SIRHUS. Los méritos del concepto 161 (Experiencia en gestión
de aplicaciones informáticas Judiciales/fiscales), se acreditarán por certificación de la
Fiscalía Provincial o del Responsable Técnico Procesal del Centro de destino donde se
hayan realizado las funciones. Los méritos no inscritos en la Hoja de Acreditación de
Datos se justificarán con fotocopia debidamente compulsada.
4. La Comisión de Valoración, una vez examinada la documentación aportada por
el personal concursante, podrá recabar del candidato las aclaraciones o, en su caso, la
documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos,
requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para
una ajustada inclusión o valoración.
cve: BOE-A-2021-10362
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 148
Martes 22 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 75302
funcionario de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal
y Administrativa destinado en el municipio de Córdoba; que se encuentre en situación de
servicio activo o con reserva de puesto de trabajo y que reúna las condiciones generales
exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el
plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantengan hasta la
resolución definitiva del concurso.
2. No podrá participar en el presente concurso:
a) El personal funcionario que se encuentre en situación de excedencia sin derecho
a reserva de puesto de trabajo.
b) El personal que se encuentre en suspensión firme, mientras dure la suspensión.
c) El personal sancionado con traslado forzoso, para destino en la misma localidad
en la que se le impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se
trata de falta grave o muy grave, respectivamente.
3. De conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al
Servicio de la Administración de Justicia aprobado por el Real Decreto 1451/2005, de 7
de diciembre, no regirá la limitación referente al tiempo para concursar establecida en el
artículo 46.1 del mismo.
Tercera.
Puestos de trabajo ofertados.
1. Los puestos a proveer mediante el concurso específico son los que figuran en el
anexo I, en el que constan los datos referentes a los puestos de trabajo, sus requisitos y
se indica el complemento general del puesto, el complemento específico, el Cuerpo al
que está adscrito, y los méritos específicos correspondientes.
2. La descripción de los puestos, las especificaciones derivadas de la naturaleza de
la función encomendada a los mismos, y la relación de las principales tareas, se
encuentra descrita en la Orden de 22 de octubre de 2020, por la que se implanta la
Oficina Fiscal de la Fiscalía Provincial de Córdoba y se aprueba inicialmente su relación
de puestos de trabajo.
Méritos valorables.
1. La valoración de los méritos se efectuará con sujeción a lo establecido en la
base cuarta y con las reglas aplicables recogidas en el anexo IV.
2. La valoración de los méritos para la adjudicación de puestos, se referirá a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el
concurso.
3. La Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal aportará de oficio la
correspondiente certificación de la antigüedad en el Cuerpo, así como la puntuación
correspondiente.
Los méritos específicos recogidos en el anexo IV se acreditarán con la Hoja de
Acreditación de Datos de SIRHUS. Los méritos del concepto 161 (Experiencia en gestión
de aplicaciones informáticas Judiciales/fiscales), se acreditarán por certificación de la
Fiscalía Provincial o del Responsable Técnico Procesal del Centro de destino donde se
hayan realizado las funciones. Los méritos no inscritos en la Hoja de Acreditación de
Datos se justificarán con fotocopia debidamente compulsada.
4. La Comisión de Valoración, una vez examinada la documentación aportada por
el personal concursante, podrá recabar del candidato las aclaraciones o, en su caso, la
documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos,
requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para
una ajustada inclusión o valoración.
cve: BOE-A-2021-10362
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.