III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2021-10412)
Resolución de 7 de abril de 2021, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se incoa expediente para la declaración de la iglesia de San Pedro de Arroxo, en el concejo de Quirós, como bien de interés cultural, con la categoría de monumento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Martes 22 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 75543

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
10412

Resolución de 7 de abril de 2021, de la Consejería de Cultura, Política
Llingüística y Turismo, por la que se incoa expediente para la declaración de
la iglesia de San Pedro de Arroxo, en el concejo de Quirós, como bien de
interés cultural, con la categoría de monumento.
Antecedentes de hecho

Primero.
La iglesia de San Pedro de Arroxo se encuentra en el pueblo del mismo nombre,
dentro del principal valle del concejo de Quirós. Con un origen en el siglo XI, fue refundada
entre finales del siglo XII y principios del XIII bajo jurisdicción de la Mitra ovetense que, en
el siglo XIV, cedió en encomienda a la Casa de Quirós. Conserva su fábrica prístina,
restaurada a mitad del siglo XIX, de nave única con ábside semicircular, realizada con
muros de cuidada sillería y cubierta de madera en la primera y abovedada en el segundo.
Fue ornamentada con una rica decoración escultórica de motivos geométricos, vegetales,
zoomorfos y humanos, que se plasma en capiteles y canecillos concentrados en torno a la
portada y vanos, el arco de triunfo y la cornisa. En su interior se realizaron sepulturas en
arcosolio de la Casa de Quirós y conserva pinturas cuya última versión data de 1700.
Estos atributos hacen de la iglesia de San Pedro de Arroxo un ejemplo eminente en el
románico rural asturiano, fruto de la corriente artística internacional que se expandió por el
centro de la región. Su vínculo con la Casa de Quirós, la simbiosis con el núcleo rural y un
entorno paisajístico que mantienen su impronta tradicional y su proximidad a una
importante y secular ruta de comunicación enfatizan su significado histórico. La conjunción
de estos valores artísticos e históricos la hacen acreedora a su declaración como Bien
de Interés Cultural con la categoría de monumento.
Segundo.
La iglesia de San Pedro de Arroxo fue incluida, como bien arqueológico, en el
Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias mediante Resolución de la Consejería
de Educación, Cultura y Deporte de fecha 23 de diciembre de 2013.
Tercero.
Con fecha 1 de abril de 2019, el Pleno del Consejo del Patrimonio Cultural
de Asturias acordó informar favorablemente la propuesta de incoación de expediente
administrativo para la declaración de la iglesia de San Pedro de Arroxo como Bien de
Interés Cultural, con la categoría de monumento, y con el entorno de protección que
consta en el expediente.

Fundamentos de Derecho
Primero.
Examinados los artículos 10 y 11 de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6
de marzo, de Patrimonio Cultural, que definen y establecen los tipos de bienes
declarados de interés cultural, el artículo 14 y siguientes de la misma Ley que recogen
los trámites necesarios para su declaración, desarrollados por el artículo 1 y siguientes

cve: BOE-A-2021-10412
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A los antecedentes de hecho, son de aplicación los siguientes