III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2021-10411)
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se incoa expediente para la declaración de las termas romanas de Valduno, en el concejo de Las Regueras, como bien de interés cultural, con la categoría de zona arqueológica.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 22 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75540
Referencia catastral
Polígono
Parcela
33054A038001820000RK
38
182
33054A038001830000RR
38
183
33054A038001840000RD
38
184
33054A038001850000RX
38
185
33054A038001860000RI
38
186
33054A038001870000RJ
38
187
33054A038001880000RE
38
188
33054A038001930000RZ
38
193
33054A038001940000RU
38
194
33054A038001950000RH
38
195
33054A038001960000RW
38
196
33054A038002830000RI
38
283
33054A038002840000RJ
38
284
33054A038002850000RE
38
285
33054A038002860000RS
38
286
33054A038002870000RZ
38
287
33054A038002900000RZ
38
290
33054A038112900000RG
38
11290
33054A038002950000RB
38
295
33054A038002960000RY
38
296
33054A038002970000RG
38
297
33054A038002980000RQ
38
298
E008024TP5055N0001GG
LG VALDUNO 24 (A)
E008025TP5055N0001QG
LG VALDUNO 25 (A)
33054A038002930000RW
38
293
E008026TP5055N0001PG
LG VALDUNO 26 (A)
E008027TP5055N0001LG
LG VALDUNO 27 (A)
E008028TP5055N0001TG
LG VALDUNO 28 (A)
33054A038006380000RU
38
638
33054A038006390000RH
38
639
33054A038090270000RW
38
9027
El entorno de protección condicionará toda obra que conlleve remoción de tierras en
el interior de ese perímetro, con excepción de los trabajos de labrantío que utilicen
técnicas tradicionales. El principio de protección de los vestigios arqueológicos
conocidos, de los que puedan aparecer y de su entorno de protección deberá ser
contemplado en los instrumentos de planeamiento urbanístico que se desarrollen en el
futuro. Teniendo en consideración la continuación más inmediata y previsible de los
restos arqueológicos no exhumados, tanto la ampliación constructiva en las edificaciones
número 024, 025, 026, 027 y 028, como las nuevas construcciones que pudieran
concernir a las parcelas número 293, 296, 297, 639 y la parte occidental de la parcela
cve: BOE-A-2021-10411
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 148
Martes 22 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75540
Referencia catastral
Polígono
Parcela
33054A038001820000RK
38
182
33054A038001830000RR
38
183
33054A038001840000RD
38
184
33054A038001850000RX
38
185
33054A038001860000RI
38
186
33054A038001870000RJ
38
187
33054A038001880000RE
38
188
33054A038001930000RZ
38
193
33054A038001940000RU
38
194
33054A038001950000RH
38
195
33054A038001960000RW
38
196
33054A038002830000RI
38
283
33054A038002840000RJ
38
284
33054A038002850000RE
38
285
33054A038002860000RS
38
286
33054A038002870000RZ
38
287
33054A038002900000RZ
38
290
33054A038112900000RG
38
11290
33054A038002950000RB
38
295
33054A038002960000RY
38
296
33054A038002970000RG
38
297
33054A038002980000RQ
38
298
E008024TP5055N0001GG
LG VALDUNO 24 (A)
E008025TP5055N0001QG
LG VALDUNO 25 (A)
33054A038002930000RW
38
293
E008026TP5055N0001PG
LG VALDUNO 26 (A)
E008027TP5055N0001LG
LG VALDUNO 27 (A)
E008028TP5055N0001TG
LG VALDUNO 28 (A)
33054A038006380000RU
38
638
33054A038006390000RH
38
639
33054A038090270000RW
38
9027
El entorno de protección condicionará toda obra que conlleve remoción de tierras en
el interior de ese perímetro, con excepción de los trabajos de labrantío que utilicen
técnicas tradicionales. El principio de protección de los vestigios arqueológicos
conocidos, de los que puedan aparecer y de su entorno de protección deberá ser
contemplado en los instrumentos de planeamiento urbanístico que se desarrollen en el
futuro. Teniendo en consideración la continuación más inmediata y previsible de los
restos arqueológicos no exhumados, tanto la ampliación constructiva en las edificaciones
número 024, 025, 026, 027 y 028, como las nuevas construcciones que pudieran
concernir a las parcelas número 293, 296, 297, 639 y la parte occidental de la parcela
cve: BOE-A-2021-10411
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 148