III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2021-10399)
Resolución de 21 de junio de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Duero, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de San Cristóbal de Entreviñas, para la ejecución de las obras de construcción de la EDAR y su gestión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Martes 22 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 75409

Ministerio de Hacienda),con el fin de transmitir la titularidad dominical de la instalación,
así como todos los derechos inherentes a dicho título al Ayuntamiento.
5. La obligación del Ayuntamiento de hacerse cargo de todas las infraestructuras
nace desde que la obra queda a su disposición y la entrega se entenderá materializada
por la mera notificación de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., al
Ayuntamiento de San Cristóbal de Entreviñas adjuntando copia del acta de recepción.
Tercera.

Obligaciones de la CHD, O.A.

1. Obligaciones económicas. Las obras serán ejecutadas por la Confederación
Hidrográfica del Duero, O.A. y cofinanciadas por el organismo de cuenca y el Fondo
Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo FEDER
Plurirregional de España (POPE) 2014-2020.
2. La Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., una vez disponga de los
necesarios terrenos puestos a su disposición por el Ayuntamiento, ejecutará y financiará,
las inversiones contenidas en el Proyecto con Clave d2.349-005/0311 referenciado, cuya
ejecución está pendiente de adjudicar por un Procedimiento abierto, por un importe
de 3.197.218,96 euros (Presupuesto Base de Licitación, hay que tener en cuenta que la
inversión final realizada en el futuro podrá variar, teniendo en cuenta la previsible baja de
adjudicación y eventos que puedan surgir en su ejecución), con un plazo de ejecución de
(18) dieciocho meses, crédito que ha sido objeto de retención por dicho importe además
de la retención adicional a que se refiere el artículo 47.2 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre.
Para afrontar el coste de la inversión existe crédito adecuado y suficiente en la
aplicación presupuestaria 452-A611.11.06/2011 del presupuesto de gastos del
Organismo de cuenca.
3. Recepción y entrega. Una vez terminada la obra y puesta en marcha la
instalación, la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. procederá a la recepción de
dicha obra para posteriormente ponerlas a disposición y entregarlas al Ayuntamiento de
San Cristóbal de Entreviñas para su uso, conservación y explotación.
Junto con el acta de recepción, la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A.,
facilitará al Ayuntamiento un manual de uso de las instalaciones para un funcionamiento
adecuado de las mismas.
La entrega se entenderá materializada por la mera notificación al Ayuntamiento de
San Cristóbal de Entreviñas adjuntado una copia del acta de recepción. A partir de este
momento dicha Entidad Local asumirá todos los derechos y obligaciones inherentes al
encomendado.
No obstante, como órgano de contratación la Confederación Hidrográfica del
Duero, O.A., ejercerá ante el contratista las actuaciones y reclamaciones pertinentes si
en el curso del periodo de garantía de un año, surgieran o se manifestaran vicios ocultos
de los que debiera responder el contratista.
La entrega de las precipitadas obras se efectuará por el organismo de cuenca en
adecuadas condiciones de uso.
Duración y efectos.

1. El presente Convenio se suscribe por un periodo de cuatro años, respetándose
las normas imperativas y límites sobre la duración y prórrogas contenidas en el
apartado h) del artículo 49 de la Ley 40/2015.
2. En cualquier momento antes de la finalización de dicho plazo, los firmantes del
Convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por periodos de un año, sin
sobrepasar el límite de duración de las prórrogas de hasta cuatro años adicionales, para
el caso de que en el periodo ordinario de duración por vicisitudes ajenas a las partes que
pudieran acontecer asociadas al proceso expropiatorio, o que pudieran acontecer en
relación con la ejecución y liquidación de las obras no se hubieran podido terminar,

cve: BOE-A-2021-10399
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.