II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. (BOE-A-2021-10360)
Resolución de 15 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Martes 22 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 75267

7.4 Una vez iniciado el proceso selectivo, las comunicaciones e incidencias
relacionadas con el mismo se deberán dirigir al Tribunal que tendrá su sede en el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y cuya dirección de correo electrónico es
seleccion.facultativos@mapa.es.
8.

Desarrollo del proceso selectivo

8.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primer
apellido que comience por la letra «B», según lo establecido en la Resolución de 21 de
julio de 2020, la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública («Boletín
Oficial del Estado» del 24).
8.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página web del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación:https://www.mapa.gob.es/es/ministerio/
servicios/empleo-publico/oep.aspx, así como en la página web www.administracion.gob.es y
en el Portal Funciona.
8.3 Toda la información del proceso selectivo se realizará en formatos adecuados
siguiendo los principios de accesibilidad universal y diseño para todas las personas,
definidos en el artículo 2 del texto refundido de la Ley General de derechos de las
personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
8.4 Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá
dirigir a la dirección de correo electrónico oposiciones@mapa.es.
9.

Destinos

Con el fin de canalizar los principios contenidos en el artículo 14 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en las convocatorias de procesos selectivos derivadas de la Oferta de Empleo
Público, se podrá establecer la obligatoriedad de que quienes superen dichas pruebas
soliciten destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.
El nombramiento como funcionarios de carrera de quienes superen este proceso
selectivo tendrá lugar en puestos de trabajo adscritos a Centros Directivos y Organismos
Autónomos de este Departamento.
10.

Embarazo de riesgo o parto

Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las
aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo,
su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las
fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se
menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso
ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y en todo caso
la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de las
personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo
dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, potestativamente y con
carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el Subsecretario de Agricultura,
Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes desde su publicación, de acuerdo con los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

cve: BOE-A-2021-10360
Verificable en https://www.boe.es

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