II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. (BOE-A-2021-10360)
Resolución de 15 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Martes 22 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 75265

5. Requisitos específicos de los aspirantes por promoción interna
Quienes participen por promoción interna, deberán cumplir además:
a) Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la
Administración General del Estado del Subgrupo A2, salvo que se encuentren en servicio
activo en otra Administración pública por haber obtenido puesto en la misma por
procedimientos de provisión previstos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público; o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al
Subgrupo A2, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones
incluidas en el artículo 2.1 del citado Real Decreto Legislativo 5/2015, con destino
definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.
b) Antigüedad: haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años,
como funcionario de carrera del Cuerpo o Escala de la Administración General del
Estado del Subgrupo A2, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al
Subgrupo A2 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones
incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
6.

Solicitudes

a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:





La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
Anexar documentos a la solicitud.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.

cve: BOE-A-2021-10360
Verificable en https://www.boe.es

6.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial,
al que se accederá con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la
siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips.
La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de 20 días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado», exclusivamente a través de medios electrónicos, de acuerdo con lo
dispuesto en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de
marzo (BOE del 31 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, y en la Orden APA/76/2020,
de 20 de enero (BOE de 30 de enero), por la que se establece la obligatoriedad de la
inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso a los cuerpos y escalas
de personal funcionario y puestos de personal laboral fijo cuya selección corresponde al
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de Octubre y en la Orden APA/76/2020, en caso de incidencia técnica
que imposibilite la presentación de la solicitud por medios telemáticos, y hasta que se
solucione la incidencia, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos
no vencidos y publicará en la sede electrónica del órgano convocante, tanto la incidencia
técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
Podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel
cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el
funcionamiento ordinario de los sistemas.