III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-10329)
Resolución de 16 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, para la realización del encuentro "Medicina de precisión: ciencia y tecnología al servicio de la transformación del sistema sanitario".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Lunes 21 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75093
Décima. Mecanismo de seguimiento y control.
Por parte de la UIMP el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de
los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través del Vicerrectorado de
Difusión e Intercambio Científico, y serán el personal técnico del mismo, y como responsable
último la Vicerrectora, los encargados de velar por la consecución de los objetivos del
presente Convenio, de proponer cuantas medidas se estimen necesarias para garantizar la
viabilidad y la calidad de las actuaciones y servicios, de efectuar el seguimiento y evaluación y
de resolver en primer término las posibles controversias o problemas de interpretación y
cumplimiento del Convenio.
Por parte del ICSIII el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y
de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través de su
Secretaría General, con los mismos objetivos y funciones señalados en el párrafo
anterior.
Cada una de las partes se compromete a hacer llegar a tiempo a la otra parte toda
dificultad, de cualquier naturaleza que ésta sea, que encuentre en el desarrollo de la
ejecución, y, en general, de toda información susceptible de afectar a su buena ejecución,
con el fin de permitir a la otra parte tomar las medidas que considere más apropiadas.
Otras disposiciones
Undécima.
Asistencia de alumnos.
Duodécima.
Titularidad de los resultados.
La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias, clases y demás
presentaciones que se efectúen en el curso de los encuentros, así como de los
materiales audiovisuales, gráficos, etc, que las apoyen, serán en todo caso de los
profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores podrán
transmitir a las partes firmantes del Convenio sin carácter de exclusividad los derechos
patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución, comunicación
pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se formaliza por
cve: BOE-A-2021-10329
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con lo establecido en el punto 6 del apartado séptimo de la Resolución
de precios a satisfacer por los servicios académicos universitarios conducentes a la
obtención de títulos y diplomas no oficiales de la UIMP para el año 2021, que contempla la
posibilidad de establecer bonificaciones en las tarifas de matrícula a las entidades que
colaboran en la organización y financiación de sus actividades, y con la condición recogida
en el párrafo siguiente de esta cláusula, la UIMP se compromete a facilitar al ISCIII diez (10)
plazas con una bonificación del 100% en el pago de la matrícula y de los gastos de
secretaría para asistir al seminario objeto de este Convenio. El ISCIII deberá comunicar
formalmente a la UIMP los datos de las personas que designe para ocupar dichas plazas
con una antelación de, al menos, tres semanas al inicio del mismo (nombre y dos apellidos,
fecha de nacimiento, DNI, y teléfono o e-mail de contacto). Además, el ISCIII o los propios
asistentes deberán presentar en la UIMP debidamente cumplimentado el impreso oficial de
solicitud de matrícula con sus datos personales, académicos y profesionales, requisito
obligatorio para darles de alta como alumnos.
El compromiso señalado en el párrafo anterior queda condicionado a la necesaria
aprobación por parte del Ministerio de Universidades de la citada Resolución de precios,
que actualmente se encuentra en tramitación.
Las personas que ocupen dichas plazas dispondrán de alojamiento en régimen de
pensión completa dentro de las residencias universitarias propias o concertadas de la
UIMP (habitación individual o doble compartida según disponibilidad a la hora de
formalizar la reserva). El coste del alojamiento y manutención está incluido en el
presupuesto del presente Convenio y será a cargo del ISCIII.
El resto de las plazas serán cubiertas por los procedimientos habituales de la UIMP.
Núm. 147
Lunes 21 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75093
Décima. Mecanismo de seguimiento y control.
Por parte de la UIMP el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de
los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través del Vicerrectorado de
Difusión e Intercambio Científico, y serán el personal técnico del mismo, y como responsable
último la Vicerrectora, los encargados de velar por la consecución de los objetivos del
presente Convenio, de proponer cuantas medidas se estimen necesarias para garantizar la
viabilidad y la calidad de las actuaciones y servicios, de efectuar el seguimiento y evaluación y
de resolver en primer término las posibles controversias o problemas de interpretación y
cumplimiento del Convenio.
Por parte del ICSIII el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y
de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través de su
Secretaría General, con los mismos objetivos y funciones señalados en el párrafo
anterior.
Cada una de las partes se compromete a hacer llegar a tiempo a la otra parte toda
dificultad, de cualquier naturaleza que ésta sea, que encuentre en el desarrollo de la
ejecución, y, en general, de toda información susceptible de afectar a su buena ejecución,
con el fin de permitir a la otra parte tomar las medidas que considere más apropiadas.
Otras disposiciones
Undécima.
Asistencia de alumnos.
Duodécima.
Titularidad de los resultados.
La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias, clases y demás
presentaciones que se efectúen en el curso de los encuentros, así como de los
materiales audiovisuales, gráficos, etc, que las apoyen, serán en todo caso de los
profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores podrán
transmitir a las partes firmantes del Convenio sin carácter de exclusividad los derechos
patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución, comunicación
pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se formaliza por
cve: BOE-A-2021-10329
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con lo establecido en el punto 6 del apartado séptimo de la Resolución
de precios a satisfacer por los servicios académicos universitarios conducentes a la
obtención de títulos y diplomas no oficiales de la UIMP para el año 2021, que contempla la
posibilidad de establecer bonificaciones en las tarifas de matrícula a las entidades que
colaboran en la organización y financiación de sus actividades, y con la condición recogida
en el párrafo siguiente de esta cláusula, la UIMP se compromete a facilitar al ISCIII diez (10)
plazas con una bonificación del 100% en el pago de la matrícula y de los gastos de
secretaría para asistir al seminario objeto de este Convenio. El ISCIII deberá comunicar
formalmente a la UIMP los datos de las personas que designe para ocupar dichas plazas
con una antelación de, al menos, tres semanas al inicio del mismo (nombre y dos apellidos,
fecha de nacimiento, DNI, y teléfono o e-mail de contacto). Además, el ISCIII o los propios
asistentes deberán presentar en la UIMP debidamente cumplimentado el impreso oficial de
solicitud de matrícula con sus datos personales, académicos y profesionales, requisito
obligatorio para darles de alta como alumnos.
El compromiso señalado en el párrafo anterior queda condicionado a la necesaria
aprobación por parte del Ministerio de Universidades de la citada Resolución de precios,
que actualmente se encuentra en tramitación.
Las personas que ocupen dichas plazas dispondrán de alojamiento en régimen de
pensión completa dentro de las residencias universitarias propias o concertadas de la
UIMP (habitación individual o doble compartida según disponibilidad a la hora de
formalizar la reserva). El coste del alojamiento y manutención está incluido en el
presupuesto del presente Convenio y será a cargo del ISCIII.
El resto de las plazas serán cubiertas por los procedimientos habituales de la UIMP.