III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-10338)
Resolución de 16 de junio de 2021, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publica el Convenio con la Asociación Ambilamp, para implantar mecanismos que faciliten la recogida selectiva de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Lunes 21 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75183
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El responsable del tratamiento de datos es la Biblioteca Nacional
de España, O.A., con domicilio en paseo de Recoletos, número 20-22, 28071 Madrid,
teléfono: +34 91 580 78 00 y también Ambilamp con domicilio en calle Príncipe de
Vergara, 108, planta 11, 28002 Madrid teléfono: +34 91 571 68 14.
De la misma forma, se informa a los interesados de que sus datos podrán ser
tratados por parte de terceras empresas cuya intervención sea necesaria para la
ejecución del presente Convenio. No obstante, los datos personales de los interesados
no serán objeto de transferencia a un tercer país u organización internacional, salvo que
exista una obligación legal impuesta a Ambilamp o a la BNE. Asimismo, la BNE
consiente en que su nombre o denominación social como Centro de Recogida Temporal
(CRT) sean incluidos en la página web de Ambilamp (www.ambilamp.com o en cualquier
otra que la sustituyera), y en sus comunicaciones públicas de los CRT colaboradores.
Las funciones que dicho reglamento otorga al Delegado de Protección de Datos
serán ejercidas por la persona titular de la Subdirección General-Gerencia de la BNE,
con quien podrán contactar también a través del correo electrónico dpd@bne.es y
también por Ambilamp a través del correo rgpd@ambilamp.com
Las partes (o La BNE, en su caso) informan de la posibilidad de ejercitar los
siguientes derechos:
– Acceso a sus datos personales, así como toda la información relacionada con el
tratamiento que se está haciendo de los mismos.
– Rectificación de sus datos personales, así como limitación de su tratamiento.
– Solicitud de su supresión.
– Oposición al tratamiento.
– Solicitud de portabilidad de sus datos personales.
La base legal para el tratamiento de los datos personales en la BNE es cumplir con
sus objetivos y funciones, recogidos en el artículo 3 de la Ley 1/ 2015, de 24 de marzo,
reguladora de la BNE, así como en el artículo 2 de su Estatuto, aprobado por Real
Decreto 640/ 2016, de 9 de diciembre.
La base legal para el tratamiento de los datos personales en Ambilamp es cumplir
con estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en la normativa en materia de
Protección de Datos en vigor.
Novena.
Transparencia.
El presente Convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal de
Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9
de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, el presente Convenio se perfecciona por la prestación
del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días
hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, al que se refiere la disposición
adicional séptima. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado», y tendrá una duración de cuatro años.
En cualquier momento antes de la finalización del plazo anterior, los firmantes del
Convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro
años adicionales o su extinción, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 49.h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2021-10338
Verificable en https://www.boe.es
Décima. Vigencia del Convenio.
Núm. 147
Lunes 21 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75183
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El responsable del tratamiento de datos es la Biblioteca Nacional
de España, O.A., con domicilio en paseo de Recoletos, número 20-22, 28071 Madrid,
teléfono: +34 91 580 78 00 y también Ambilamp con domicilio en calle Príncipe de
Vergara, 108, planta 11, 28002 Madrid teléfono: +34 91 571 68 14.
De la misma forma, se informa a los interesados de que sus datos podrán ser
tratados por parte de terceras empresas cuya intervención sea necesaria para la
ejecución del presente Convenio. No obstante, los datos personales de los interesados
no serán objeto de transferencia a un tercer país u organización internacional, salvo que
exista una obligación legal impuesta a Ambilamp o a la BNE. Asimismo, la BNE
consiente en que su nombre o denominación social como Centro de Recogida Temporal
(CRT) sean incluidos en la página web de Ambilamp (www.ambilamp.com o en cualquier
otra que la sustituyera), y en sus comunicaciones públicas de los CRT colaboradores.
Las funciones que dicho reglamento otorga al Delegado de Protección de Datos
serán ejercidas por la persona titular de la Subdirección General-Gerencia de la BNE,
con quien podrán contactar también a través del correo electrónico dpd@bne.es y
también por Ambilamp a través del correo rgpd@ambilamp.com
Las partes (o La BNE, en su caso) informan de la posibilidad de ejercitar los
siguientes derechos:
– Acceso a sus datos personales, así como toda la información relacionada con el
tratamiento que se está haciendo de los mismos.
– Rectificación de sus datos personales, así como limitación de su tratamiento.
– Solicitud de su supresión.
– Oposición al tratamiento.
– Solicitud de portabilidad de sus datos personales.
La base legal para el tratamiento de los datos personales en la BNE es cumplir con
sus objetivos y funciones, recogidos en el artículo 3 de la Ley 1/ 2015, de 24 de marzo,
reguladora de la BNE, así como en el artículo 2 de su Estatuto, aprobado por Real
Decreto 640/ 2016, de 9 de diciembre.
La base legal para el tratamiento de los datos personales en Ambilamp es cumplir
con estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en la normativa en materia de
Protección de Datos en vigor.
Novena.
Transparencia.
El presente Convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal de
Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9
de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, el presente Convenio se perfecciona por la prestación
del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días
hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, al que se refiere la disposición
adicional séptima. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado», y tendrá una duración de cuatro años.
En cualquier momento antes de la finalización del plazo anterior, los firmantes del
Convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro
años adicionales o su extinción, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 49.h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2021-10338
Verificable en https://www.boe.es
Décima. Vigencia del Convenio.