III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2021-10326)
Resolución de 10 de junio de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la construcción de la nueva terminal ferroviaria de mercancías intermodal en el parque industrial de Expacionavalmoral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Lunes 21 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75073
Asimismo, será necesario redactar sendos proyectos de Instalaciones de Seguridad
y Comunicaciones (ISSC) en las conexiones ferroviarias de las plataformas con la Red
Ferroviaria de Interés General (RFIG).
La Junta de Extremadura ha decidido, por criterios de oportunidad, que sea ADIF el
encargado de llevar la dirección técnica y ejecutar las obras previstas en el proyecto de
la nueva terminal ferroviaria de mercancías intermodal en el parque industrial de
Expacionavalmoral.
En virtud de lo anteriormente expuesto, la Junta de Extremadura y ADIF acuerdan
suscribir el presente Convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto establecer las condiciones de la colaboración
entre los suscribientes para desarrollar las actuaciones necesarias destinadas a la
licitación, construcción, asistencia técnica, control y puesta a disposición de las obras
correspondientes al proyecto de la nueva terminal ferroviaria de mercancías intermodal
en el parque industrial de Expacionavalmoral, titularidad de la Junta de Extremadura.
Obligaciones de las partes.
Por parte de ADIF: Tramitará ADIF, la licitación, adjudicación y ejecución de las obras
de acuerdo con el proyecto, y la puesta a disposición de la nueva terminal ferroviaria de
mercancías intermodal en el parque industrial de Expacionavalmoral; así como, la
licitación, adjudicación y desarrollo de contratos específicos de servicios de asistencias
técnicas para la Redacción de los proyectos de IISSC, Dirección Facultativa de las
Obras, a la Dirección de Obras y control de la calidad de todos las unidades de obra
(incluidas las IISSC y los materiales específicos de vía), las expropiaciones, la
Coordinación de Seguridad y Salud, organismos notificados y evaluadores de seguridad
(en cumplimiento de los requisitos para acceder a la RFIG), y la Dirección
Medioambiental.
Los contratos se licitarán, con plena sujeción a la normativa aplicable en materia de
Contratación del Sector Público, con especial observación al cumplimiento de los
requerimientos de publicidad comunitaria. En la valoración de las ofertas participarán dos
representantes, con cualificación técnica adecuada, de la Junta de Extremadura
designados por ésta.
Una vez finalizados dichos trabajos, ADIF procederá a la entrega de los mismos a la
Junta de Extremadura, mediante acta que será firmada, de una parte, por los técnicos
que correspondan de ADIF y de otra, por los técnicos de la Junta de Extremadura, y se
acompañará de la documentación y certificados, y en general, de la documentación
necesaria para que el activo entregado pueda incorporarse al inventario de la
Administración titular de la misma.
En el caso de que las actuaciones afecten a terrenos que no sean de titularidad de la
Junta de Extremadura, ADIF realizará, de acuerdo con los trámites y procedimientos
establecidos en la Ley y Reglamento de Expropiación Forzosa y demás normativa de
aplicación, todas las actividades de carácter meramente material para la tramitación de
los expedientes expropiatorios necesarios para la obtención de dichos terrenos.
Por parte de la Junta de Extremadura: Los terrenos para la construcción de la
terminal serán puestos a disposición de ADIF por la Junta de Extremadura para poder
llevar a cabo las actuaciones previstas en el presente Convenio. En tanto no se disponga
de la totalidad de los terrenos, no se procederá a la adjudicación de las obras.
En todo caso corresponderá a la Junta de Extremadura, en su condición de
Administración expropiante, dictar los actos administrativos que sean necesarios para la
tramitación de los expedientes expropiatorios.
cve: BOE-A-2021-10326
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 147
Lunes 21 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75073
Asimismo, será necesario redactar sendos proyectos de Instalaciones de Seguridad
y Comunicaciones (ISSC) en las conexiones ferroviarias de las plataformas con la Red
Ferroviaria de Interés General (RFIG).
La Junta de Extremadura ha decidido, por criterios de oportunidad, que sea ADIF el
encargado de llevar la dirección técnica y ejecutar las obras previstas en el proyecto de
la nueva terminal ferroviaria de mercancías intermodal en el parque industrial de
Expacionavalmoral.
En virtud de lo anteriormente expuesto, la Junta de Extremadura y ADIF acuerdan
suscribir el presente Convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto establecer las condiciones de la colaboración
entre los suscribientes para desarrollar las actuaciones necesarias destinadas a la
licitación, construcción, asistencia técnica, control y puesta a disposición de las obras
correspondientes al proyecto de la nueva terminal ferroviaria de mercancías intermodal
en el parque industrial de Expacionavalmoral, titularidad de la Junta de Extremadura.
Obligaciones de las partes.
Por parte de ADIF: Tramitará ADIF, la licitación, adjudicación y ejecución de las obras
de acuerdo con el proyecto, y la puesta a disposición de la nueva terminal ferroviaria de
mercancías intermodal en el parque industrial de Expacionavalmoral; así como, la
licitación, adjudicación y desarrollo de contratos específicos de servicios de asistencias
técnicas para la Redacción de los proyectos de IISSC, Dirección Facultativa de las
Obras, a la Dirección de Obras y control de la calidad de todos las unidades de obra
(incluidas las IISSC y los materiales específicos de vía), las expropiaciones, la
Coordinación de Seguridad y Salud, organismos notificados y evaluadores de seguridad
(en cumplimiento de los requisitos para acceder a la RFIG), y la Dirección
Medioambiental.
Los contratos se licitarán, con plena sujeción a la normativa aplicable en materia de
Contratación del Sector Público, con especial observación al cumplimiento de los
requerimientos de publicidad comunitaria. En la valoración de las ofertas participarán dos
representantes, con cualificación técnica adecuada, de la Junta de Extremadura
designados por ésta.
Una vez finalizados dichos trabajos, ADIF procederá a la entrega de los mismos a la
Junta de Extremadura, mediante acta que será firmada, de una parte, por los técnicos
que correspondan de ADIF y de otra, por los técnicos de la Junta de Extremadura, y se
acompañará de la documentación y certificados, y en general, de la documentación
necesaria para que el activo entregado pueda incorporarse al inventario de la
Administración titular de la misma.
En el caso de que las actuaciones afecten a terrenos que no sean de titularidad de la
Junta de Extremadura, ADIF realizará, de acuerdo con los trámites y procedimientos
establecidos en la Ley y Reglamento de Expropiación Forzosa y demás normativa de
aplicación, todas las actividades de carácter meramente material para la tramitación de
los expedientes expropiatorios necesarios para la obtención de dichos terrenos.
Por parte de la Junta de Extremadura: Los terrenos para la construcción de la
terminal serán puestos a disposición de ADIF por la Junta de Extremadura para poder
llevar a cabo las actuaciones previstas en el presente Convenio. En tanto no se disponga
de la totalidad de los terrenos, no se procederá a la adjudicación de las obras.
En todo caso corresponderá a la Junta de Extremadura, en su condición de
Administración expropiante, dictar los actos administrativos que sean necesarios para la
tramitación de los expedientes expropiatorios.
cve: BOE-A-2021-10326
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.