II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-10238)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Universidad de León, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala de Técnicos de Gestión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 19 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 74580

b) Que algún aspirante que ha superado el proceso selectivo no presente la
documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos
establecidos en la convocatoria.
6.11 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos
no previstos. En todo momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en la
Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que decidan directa o
indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el
procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses
legítimos, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Sr. Rector
Magnífico de la Universidad de León en el plazo de un mes desde el día siguiente a su
notificación o, en su caso, publicación.
7. Calendario y desarrollo de los ejercicios
7.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primer
aspirante cuyo apellido comience por la letra «Q» de conformidad con lo establecido en
Orden PRE/649/2020 de 14 de julio de 2020, por la que se hace público el resultado del
sorteo para determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos
selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos
Autónomos («BOCyL» de 16 de julio de 2020).
7.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para
que acrediten su personalidad.
7.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento,
debiendo ir provistos del DNI o acreditación equivalente. Salvo casos de fuerza mayor,
invocados previamente con la debida justificación y apreciados libremente por el
Tribunal, la no presentación de un aspirante en el momento de ser llamado, determinará
automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en la prueba, quedando
excluido del procedimiento selectivo.
7.4 El primer ejercicio de la Fase de Oposición comenzará a partir del mes
septiembre, publicándose en el «Boletín Oficial de Castilla y León», en la misma
resolución a que se refiere la base 4.2, párrafo segundo, el lugar, fecha y hora de su
celebración. El anuncio de celebración de los siguientes ejercicios no será objeto de
publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», y se efectuará a través del acuerdo
del Tribunal Calificador en el que se haga pública la relación de aprobados del ejercicio
inmediatamente anterior con un plazo mínimo de veinticuatro horas al inicio del mismo.
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo de la siguiente
deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco
días naturales.
7.5 Si alguno de los aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa
de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación estará
condicionada a la finalización de dicha causa y a la superación de las fases que hayan
quedado aplazadas. El Tribunal valorará la duración de esta demora de manera que no
se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso
selectivo ajustada a tiempos razonables; en todo caso, las fases aplazadas deberán
realizarse antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado dicho
proceso.
7.6 Los aspirantes que no puedan realizar las pruebas selectivas debido a estar
enfermos el día de la celebración de la misma por el COVID-19 o por ser contactos
estrechos de un caso confirmado o por otras situaciones reconocidas por la autoridad
sanitaria relacionadas directamente con el COVID-19 que le impidan el acceso a la

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